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inspeccion tecnica de edificios Bértiz-Arana

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Bértiz-Arana es una comprobación pertinente que se ejecuta en Edificios con el propósito de asegurar la integridad y la debida conservación de las propiedades e instalaciones.

En este artículo, te explicamos por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible, las ventajas, las partes que hay que valorar y cómo ejecutar una evaluación convenientemente. ¡Sigue leyendo para saber todo respecto a este método imprescindible!

La peritación de la construcción se ejecuta por personal competente que observan potenciales defectos y evaluarán la conveniencia de llevar a cabo acondicionamientos

La peritación del edificio busca evaluar posibles peligros vinculados a la seguridad de los edificios, la humedad existente, la corrosión, aunque no incluye la detección de la patología de la aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, no obstante, no es lo mismo. Sin embargo voy a explicarte particularmente.

La misión de la ITE es evaluar la conservación del bien inmueble. Y la IEE verifica la accesibilidad y la eficiencia energética.

En los últimos tiempos, la inspección técnica de un edificio se ha modernizado, incluyendo la evaluación del edificio en sí mismo, así como la accesibilidad, además de el ahorro energético. En consecuencia, ahora se llama como IEE para incluir todos estas mismas evaluaciones necesarias.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Documento que comprueba la situación de la propiedad y su cumplimiento según los estándares de seguridad estructural, habitabilidad de las estancias, y el ámbito urbano.

Este Certificado es necesario mostrarse en ciertas circunstancias cuando un inmueble cuenta con un número de años desde su construcción, y en ciertos lugares o zonas de España es de carácter obligatorio.

En algunas localidades de España dicho Certificado ITE se exige su presentación incluso cuando se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.

El Certificado ITE incluye datos sobre la Inspección de la Estructura del Edificio, Sistemas de Control de Incendios, Instalación Eléctrica y Sanitaria

El Certificado funciona como Escrito de consulta para la futura Inspección y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?

En todas las comunidades hay quienes no están de acuerdo con aceptar los asuntos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligatoria.

La ignorancia de lo que se hace en una ITE y sospechar que podría ser un coste sustancial podría ser una de las causas por las que un propietario no esté conforme a ejecutar la Inspección Técnica de Edificios.

La obligatoriedad de proceder a la Inspección Técnica es dado que te lo reclama el Gobierno Municipal por la Antigüedad del inmueble y el propietario no debería resistirse porque se puede cometer una penalización.

En contadas ocasiones un vecino no quiere ejercer la ITE dado a que su Casa no está en las condiciones perfectas. El Ingeniero, dadas las circunstancias, podría formalizar el proceso sin inspeccionar esa Vivienda o desestimar la realización del Informe.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una ITE puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la condición de la Construcción o Vivienda.

En el caso de que no pretenda asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, exigida por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la naturaleza de la Construcción o Vivienda.

En el caso de que no se desee liquidar la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Ayuntamiento, se podría cometer una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que la han rechazado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para enterarse si un edificio ha pasado la ITE, debes inspeccionar los resultados registrados que se entregan después de la inspección. Esta documentación especificará si la construcción ha pasado la inspección y si se han identificado irregularidades.

Si no posee acceso al expediente, puede consultar con el organismo público pertinente, dado que es la responsable de la materialización y anotación de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos mencionado antes, es obligado la consecución de la ITE y que varía de unas ciudades a otras.

En concreto:

En navarra, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe realizarse el Examen de Evaluación de Edificios cada diez años para edificios con más de cincuenta años de existencia.

En Cataluña debe ejecutarse cada diez años para construcciones superior a 45 años. En navarra cada decenio, para edificios de más de 30 años, tal como en navarra.

¿Qué se comprueba en la ITE?

Se revisa la accesibilidad del inmueble, para examinar si es de fácil tránsito para personas con movimiento limitado o imposibilidad. En la ITE se analizan la arquitectura, la infraestructura, el tejado, la fachada y los espacios comunes.

En la Inspección Técnica de Edificio se comprueba la situación de los elementos siguientes de la construcción:

  • Instalaciones: se evalúa la condición y desempeño de las instalaciones de la construcción, conjuntamente con la electrificación, el agua, el gas y los mecanismos de climatización.
  • Zonas comunes: se analiza la condición de mantenimiento de las zonas comunes del edificio, como el portal, el hall, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
  • La Accesibilidad: se verifica la facilidad de acceso al edificio para ciudadanos con incapacidad o movimiento limitado, evaluando la presencia de rampas, ascensores, barandillas y otros elementos requeridos.
  • Fachada y Cubierta: se evalúa el estado de preservación del exterior y el tejado, también del envolvente, las juntas y las tuberías de agua de lluvia.
  • Estructura: se verifica la estabilidad y seguridad de la estructura de la construcción, incluido los elementos de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.

Si se identifican deficiencias en determinados de estos elementos, se preparan las fechas de corrección y se suministra un escrito con las actuaciones necesarias para proporcionar la protección y mantenimiento inmueble.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Cada uno de los Inmuebles en en Bértiz-Arana están obligados a completar la correspondiente Revisión Técnica antes de los 45 años de antigüedad, la cual se encuentra detallada en el propio registro

Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.

Hay unos cuantos Edificios que, según las Leyes Municipales, deben pasar esa Inspección cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Si una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma requerida, pero en diversos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden aumentar los años de obligatoriedad.

Si aspiras a vender una vivienda y la misma necesita iniciar la ITE entonces te van a exigir que muestres el Certificado ITE, sin embargo si existe un acuerdo entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería negar la compraventa.

En el caso de no efectuar esta Inspección obligatoria, puede implicar unas multas bastante graves que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5 y 6 mil Euros.