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inspeccion tecnica de edificios Lapoblación

Artículo Actualizado a: noviembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Lapoblación es una supervisión primordial que se efectúa en Edificios con el objetivo de velar por la protección y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.

En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica es importante, las ventajas, los elementos que hay que analizar y cómo ejecutar una inspección debidamente. ¡Continua leyendo para saber todo referente a este método imprescindible!

La supervisión de la edificación se lleva a cabo por expertos que identifican potenciales defectos y determinarán la oportunidad de efectuar soluciones

La inspección del edificio tiene como propósito evaluar peligros ligados con la seguridad de la construcción, la humedad en el inmueble, la degradación, pero no contempla la identificación de la aparición de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, no obstante, no es lo mismo. Pero quiero explicarte específicamente.

El propósito de la ITE es evaluar la situación del edificio. Y la IEE analiza la accesibilidad así como la optimización energética.

Recientemente, la revisión técnica de un bien inmueble se ha mejorado, incluyendo la evaluación de la propia construcción, junto con la adaptabilidad, junto con el aprovechamiento energético. Así que, en la actualidad se identifica como IEE para incluir todos estas mismas actividades obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Escrito Oficial que constata la calidad del inmueble y su cumplimiento según las directrices de seguridad estructural, habitabilidad urbana, y el ambiente urbano.

Este documento es necesario entregarse en ciertas circunstancias cuando una edificación posee un cierto tiempo desde su construcción, y en ciertos lugares o zonas de España es requisito indispensable.

En diversas localidades de España dicho Certificado ITE debe presentarse incluso cuando se tramita la Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Restauración del edificio.

Un Certificado ITE muestra descripción minuciosa de el Estudio de la Robustez de la Edificación, Equipos de Prevención de Incendios, Dispositivos Eléctricos y Sanitaria

El Certificado desempeña el papel de un Registro de consulta para la futura Inspección y conservación de la Estructura.

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¿Qué ocurre si un vecino no quiere pasar la ITE?

En la mayoría de las comunidades normalmente hay personas que no están conformes con los asuntos que se deben deben, pese a que sean obligatorias.

El entendimiento limitado de cómo se realiza una ITE y sugerir que el costo será elevado, podría ser un motivo para que un vecino se niegue a aprobar una ITE.

La exigencia de pasar la Inspección Técnica de Edificio es dado que te lo exige el Ayuntamiento por la Antigüedad del inmueble y el vecino no debería negarse puesto que se puede perpetrar una penalización.

A menudo, un vecino no quiere pasar la ITE porque su Domicilio no reúne las características adecuadas. En este caso, el Técnico podría declinar el examen sin inspeccionar el Inmueble o desestimar el confeccionar el Informe.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica del Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Inspección Técnica de Edificios puede variar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según las características del Edificio o Vivienda.

En el supuesto de que no desee asumir el Precio de la ITE, exigida por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Costo de una ITE puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a las características del Edificio o Piso.

En el caso de que no se quiera abonar la ITE, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría cometer una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para descubrir si su edificio ha completado una Inspección Técnica, debes verificar los resultados confirmados que se otorgan a continuación de la inspección. Esta declaración apuntará si la construcción ha pasado la inspección y si se han observado irregularidades.

Si no dispone de acceso a la documentación, puede acudir con el organismo público competente, puesto que es la encargada de la realización y anotación de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho anteriormente, es obligatorio la consecución de la ITE y que varía de unas zonas a otras.

Por consiguiente:

La Legislación IEE en navarra define que la ITE debe ser desarrollado cada decenio para las construcciones que cuenten más de 50 años de antigüedad.

En Cataluña debe realizarse cada década para edificaciones superior a cuarenta y cinco años. En la Comunidad de navarra cada decenio, para edificios superior a treinta años, así como en navarra.

¿Qué se comprueba en la ITE?

Se revisa la accesibilidad del edificio, para examinar si es de cómodo tránsito para personas con desplazamiento limitado o incapacidad. En la ITE se analizan la arquitectura, la infraestructura, la cubierta, el exterior y las zonas comunes.

En la Inspección Técnica se analiza la condición de los componentes siguientes de la construcción:

  • Estructura: se evalúa la estabilidad y protección de la arquitectura de la edificación, incluyendo los componentes de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y las columnas.
  • Zonas comunes: se comprueba el estado de conservación de las zonas comunes de la construcción, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
  • Revestimiento y Tejado: se analiza la condición de mantenimiento de la fachada y la cubierta, también del revestimiento, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
  • El Acceso: se evalúa el acceso a la edificación para personas con minusvalía o desplazamiento reducido, evaluando la presencia de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos indispensables.
  • Infraestructuras: se analiza la condición y funcionamiento del equipamiento de la construcción, además de la electricidad, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.

En el caso de que se descubra deficiencias en cualquiera de estos elementos, se preparan fechas para su reparación y se aporta un documento con las ejecuciones fundamentales para garantizar la seguridad y manutención de la construcción.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Los Inmuebles en en Lapoblación están obligados a acatar la pertinente Inspección Técnica antes de los 45 años de antiguedad, la cual se refleja en el propio registro

Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.

Hay algunos Edificios que, según las Leyes Municipales, tienen la obligación de realizar esa Evaluación cada lapso de tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Municipal de la Ciudad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Cuando una vivienda tiene más de 50 años obligan a pasar la ITE de forma inevitable, pero en algunos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden diferir los años de obligatoriedad.

Si necesitas vender una vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a instar que presentes el Certificado ITE, pero si hay un acuerdo entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería negar la compraventa.

En caso de no efectuar la Inspección requerida, puede entrañar unas penalizaciones realmente graves que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar posiblemente entre 5 y 6 mil Euros.