¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Morales del Rey es un control indispensable que se ejecuta en Edificios con la meta de proteger la protección y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.
En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible, los beneficios, los componentes que tienes que valorar y cómo realizar una evaluación convenientemente. ¡Continua leyendo para descubrir todo respecto a este método esencial!
El análisis de la edificación se lleva a cabo por técnicos calificados que identifican posibles anomalías y determinarán si es necesario realizar reparaciones
La revisión técnica del inmueble tiene como propósito revisar peligros asociados a la seguridad de la edificación, la humedad en la estructura, la corrosión, aunque no cubre la detección del diagnóstico de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, no obstante, no son exactamente iguales. No obstante quiero precisarte concretamente.
La finalidad de la ITE es evaluar la conservación de la estructura. Y la IEE observa la adaptabilidad así como la optimización energética.
Desde hace algunos años, la revisión de una edificación se ha actualizado, incorporando la evaluación del edificio en sí mismo, junto con la adaptabilidad, así como la eficacia energética. Por consiguiente, actualmente se nombra con el nombre de IEE para abarcar todas estas mismas procesos necesarias.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que constata la condición de la propiedad y su cumplimiento según las leyes de seguridad estructural, habitabilidad de la vivienda, y el entorno de la edificación.
Este informe es necesario entregarse en ciertas circunstancias cuando un inmueble cuenta con un cierto tiempo desde su construcción, y en determinadas o zonas de España es de carácter obligatorio.
En algunas localidades de España el Certificado ITE se exige su presentación incluso cuando se tramita una Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la construcción.
Ese Certificado ITE tiene análisis completo de la Comprobación de la Estabilidad del Edificio, Equipos de Prevención de Incendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento
Este Certificado actúa como un Expediente de consulta para la futura Inspección y cuidado del Inmueble.
¿Qué pasa si un vecino no quiere hacer la ITE?
En la amplia mayoría de las comunidades normalmente hay vecinos que no están de acuerdo con los asuntos que se deben ejercer, aunque sean obligadas.
La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una ITE y suponer que podría ser un costo considerable podría ser una de las causas por las que un propietario se niegue a realizar la Inspección Técnica de Edificios.
El Ayuntamiento exige a pasar la Inspección Técnica de Edificio debido a la Antigüedad del Edificio, por lo cual el vecino no debería oponerse ya que puede ser sancionado si lo hace.
En muchos casos, un vecino se niega a pasar la Inspección Técnica de Edificio porque su Domicilio no reúne los requisitos adecuados. En cuyo caso, el Técnico podría oponerse a el examen sin inspeccionar el Inmueble o negarse a confeccionar el Informe.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una ITE puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la naturaleza de la Edificación o Piso.
En el caso de que no se desee pagar la ITE, exigido por el Gobierno Municipal, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no desee asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?
Para averiguar si su edificio ha pasado la Inspección Técnica, debes verificar los resultados establecidos que se otorgan después de la evaluación. Esta declaración informará si la edificación ha superado la evaluación y si se han hallado irregularidades.
Si no dispone del documento informativo, puede acudir a la entidad pública encargada, que es la que se encarga de desempeñar y archivar las Inspecciones Técnicas. Como hemos dicho anteriormente que es requerido ejecutar la revisión técnica de edificios y que su ámbito de aplicación varía de unas localidades a otras.
Por consiguiente:
En zamora, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe realizarse un Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de existencia.
En Cataluña debe ejecutarse cada diez años para edificios de más de 45 años. En la Comunidad de zamora cada década, para construcciones superior a treinta años, al igual que en zamora.
¿Qué se examina en la ITE?
Se evalúa el acceso del edificio, para evaluar si es de cómodo tránsito para personas con desplazamiento reducido o minusvalidez. En la Inspección Técnica de Edificio se revisan la arquitectura, la infraestructura, el tejado, la fachada y los espacios comunes.
Concretamente, en la Inspección Técnica se revisa la condición de las siguientes partes del edificio:
- Revestimiento y Tejado: se analiza la condición de conservación de la fachada y la cubierta, además de la envoltura, las repisas y las bajantes de agua de lluvia.
- Infraestructuras: se evalúa la situación y funcionamiento de las instalaciones de la construcción, conjuntamente con la electricidad, el agua, el gas y los dispositivos de calefacción.
- Arquitectura: se revisa la estabilización y protección de la arquitectura de la edificación, incluido los componentes de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las viguetas y las columnas.
- El Acceso: se revisa el acceso a la construcción para usuarios con minusvalidez o desplazamiento limitado, evaluando la presencia de pasarelas, elevadores, pasamanos y otros elementos obligatorios.
- Zonas comunes: se comprueba el estado de preservación de las zonas comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
En el supuesto de que se identifique defectos en alguno de esos puntos, se establecen plazos de tiempo para su subsanación y se formula un informe con las operaciones necesarias para preservar la protección y mantenimiento de la construcción.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Los Inmuebles en en Morales del Rey están requeridos a pasar la pertinente Revisión Técnica antes de los 45 años de edad, la cual se halla incorporada en el mismo registro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.
Hay unos cuantos edificios que, según la Normativa Municipal deberían pasar la Evaluación cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
El Deber es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años necesita pasar la ITE de forma requerida, pero en diversos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden alterar los años de obligatoriedad.
Si pretendes liquidar la vivienda y la misma necesita pasar la ITE entonces te van a requerir que aportes el Certificado ITE, no obstante si posees un consenso entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería cancelar la compraventa.
En el caso de no realizar la Inspección imperativa, puede entrañar unas multas bastante graves que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar probablemente hasta los 6000 euros.