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inspeccion tecnica de edificios Oiz

Artículo Actualizado a: agosto 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Oiz es una supervisión primordial que se realiza en Edificios con la finalidad de asegurar la integridad y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.

¡Conoce todo respecto a esta práctica fundamental leyendo este artículo! Te explicamos las ventajas, los componentes medibles y cómo hacer una Inspección correctamente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible.

El examen de la propiedad se realiza por inspectores autorizados que encuentran potenciales irregularidades y juzgarán la conveniencia de llevar a cabo mejoras

La comprobación del Edificio busca inspeccionar amenazas asociados con la seguridad de los edificios, la humedad existente, la descomposición, aunque no contempla la identificación de la aparición de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se parezcan, no son sinónimos. Pero voy a precisarte concretamente.

El fin de la ITE es evaluar el estado general del bien inmueble. Y la IEE considera la accesibilidad para personas con discapacidad y el consumo energético.

Recientemente, la revisión de una edificación se ha perfeccionado, contemplando la inspección de la estructura del edificio, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, incluyendo la eficiencia en el uso de la energía. De esta manera, ahora se refiere como IEE para incluir todos estas procesos requeridas.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que acredita la calidad de la construcción y su cumplimiento siguiendo las disposiciones sobre seguridad estructural, habitabilidad de las estancias, y el ambiente urbano.

Este informe es obligatorio presentarse en algunos casos cuando un inmueble tiene una edad determinada, y en ciertas regiones o localidades de España es obligatorio.

En diversas ciudades de nuestro País dicho Certificado ITE debe presentarse incluso cuando se pide una Licencia de Obra mayor o cuando se piden Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.

Un Certificado ITE tiene características de la Evaluación de la Integridad Estructural, Sistemas de Extinción de Incendios, Infraestructura Eléctrica y de Saneamiento

El Certificado actúa como Escrito de orientación para la próxima Supervisión y conservación de la Estructura.

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¿Qué sucede si un vecino no quiere hacer la ITE?

En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes no están conformes con aceptar los requerimientos impuestos, pese a que sean establecidos de manera obligatoria.

El entendimiento limitado de cómo funciona una Inspección Técnica de Edificio y suponer que el costo será sustancial, podría ser un motivo para que un vecino no esté de acuerdo a dar el visto bueno a una inspección técnica de edificios.

La exigencia de hacer la Inspección Técnica es porque te lo insta el Ayuntamiento por los años del Edificio y el propietario no debería resistirse puesto que se puede entrañar una sanción.

En ocasiones un vecino no quiere ejercer la ITE dado a que su Piso no está en las circunstancias idóneas. El Profesional, en tal caso, podría formalizar el proceso sin pasar a ese Domicilio o declinar la ejecución del Documento Escrito.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no intente asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, exigida por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una ITE puede variar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la condición de la Construcción o Piso.

En el escenario de que no se pretenda abonar la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría cometer una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para conocer si un edificio ha pasado una Inspección Técnica de Edificio, tienes que examinar los resultados documentados que se proveen seguidamente a la inspección. Esta información definirá si la edificación ha superado la inspección y si se han descubierto irregularidades.

Si no posee acceso a la documentación, puede acudir con la administración estatal pertinente, puesto que es la responsable de la puesta en práctica y consignación de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos mencionado antes, es obligado la puesta en práctica de la inspección técnica de edificios y que varía de unos sitios a otros.

Por ejemplo:

En navarra, la Ley de Evaluación de Edificios (IEE) define que debe ejecutarse el Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para edificios con más de cincuenta años de existencia.

En Catalunya tiene que efectuarse cada década para construcciones de más de cuarenta y cinco años. En navarra cada 10 años, para edificios superior a 30 años, al igual que en navarra.

¿Qué se inspecciona en la ITE?

Se analiza el acceso del edificio, para revisar si es de fácil tránsito para personas con desplazamiento reducido o impedimento. En la Inspección Técnica de Edificio se comprueban la estructura, la infraestructura, la cubierta, el exterior y las zonas comunes.

Entre otras cosas, en la Inspección Técnica se verifica la situación de las posteriores zonas de la edificación:

  • Fachada y Cubierta: se revisa la condición de mantenimiento de la fachada y la cubierta, también del recubrimiento, las juntas y las tuberías de agua de lluvia.
  • Arquitectura: se comprueba la estabilidad y protección de la arquitectura del edificio, incluyendo los elementos de carga, los cimientos, los forjados, las vigas y las columnas.
  • Infraestructuras: se analiza la condición y desempeño de las instalaciones del edificio, conjuntamente con la energía eléctrica, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
  • La facilidad de Acceso: se analiza la facilidad de acceso a la construcción para personas con minusvalidez o desplazamiento reducido, comprobando la disponibilidad de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos indispensables.
  • Zonas comunes: se evalúa el estado de conservación de las zonas comunes del edificio, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.

Si se encuentran deficiencias en alguno de estos componentes, se precisan las fechas de regularización y se suministra un documento con las operaciones necesarias para asegurar la protección y conservación inmueble.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Cada uno de los Inmuebles en en Oiz están requeridos a cumplir con la correspondiente Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual se encuentra detallada en el mismo catastro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, deberían volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.

Existen algunos Edificios que, según las Leyes Municipales, deberían realizar la Inspección cada cierto tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.

La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que detenta la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Cuando una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en ciertos Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden diferir los años de obligatoriedad.

Si necesitas liquidar una vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a instar que presentes el Certificado ITE, pero si hay un consenso entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería anular la compraventa.

En el supuesto de no efectuar la Inspección obligatoria, puede entrañar unas penalizaciones realmente elevadas que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5 y 6 mil Euros.