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inspeccion tecnica de edificios Sorlada

Artículo Actualizado a: agosto 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Sorlada es una comprobación pertinente que se ejecuta en Edificios con la meta de velar por la integridad y el correcto mantenimiento de las edificaciones e instalaciones.

En este post, te explicamos por qué la ITE es fundamental, las ventajas, los componentes que hay que analizar y cómo efectuar una evaluación debidamente. ¡Permanece leyendo para descubrir todo respecto a este método esencial!

La supervisión de la edificación se efectúa por especialistas que descubren posibles fallos y decidirán si es necesario realizar reparaciones

La supervisión de la propiedad persigue analizar peligros relacionados con la seguridad de la estructura, la humedad existente, el desgaste, no obstante no contempla la identificación de los síntomas de la aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque, no son exactamente iguales. Sin embargo quiero precisarte particularmente.

La misión de la ITE es evaluar el mantenimiento del inmueble. Y la IEE verifica la accesibilidad así como la eficiencia en el uso de la energía.

En los últimos años, la inspección técnica de un edificio se ha optimizado, englobando la revisión de la estructura del edificio, junto con la adaptabilidad, así como el aprovechamiento energético. Por consiguiente, actualmente se refiere con el nombre de IEE para contemplar todas estas mismas actividades obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que constata la situación de la construcción y su cumplimiento de acuerdo con los criterios de seguridad estructural, habitabilidad y confort, y su entorno.

Este documento es necesario entregarse en ciertas circunstancias cuando una edificación cuenta con un número de años desde su construcción, y en determinadas o zonas de España es exigido por ley.

En algunas ciudades de España dicho Certificado ITE se exige su presentación además cuando se pide una Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.

Este Certificado ITE tiene datos sobre la Inspección de la Solidez del Inmueble, Sistemas de Seguridad contra Incendios, Instalación Eléctrica y Sanitaria

Este Certificado actúa como un Expediente de consulta para la futura Inspección y mantenimiento de un Edificio.

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¿Qué sucede si un propietario no quiere pasar la ITE?

En todas las comunidades reiteradamente hay vecinos que no están de acuerdo con los asuntos que se tienen que efectuar, a pesar de que sean obligatorias.

El entendimiento limitado de cómo se realiza una Inspección Técnica de Edificio y pensar que el desembolso será elevado, podría ser una razón para que un vecino se resista a aprobar una inspección técnica de edificios.

La exigencia de proceder a la ITE es dado que te lo obliga el Ayuntamiento por la Antigüedad del inmueble y el propietario no debería oponerse dado que se puede perpetrar una multa.

En muchos casos, un vecino no desea permitir la Inspección puesto a que su Vivienda no está con los requisitos adecuados. En esta situación, el Perito podría refutar la inspección sin entrar al Inmueble o rehusar a confeccionar el Documento Escrito.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica del Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no se quiera pagar la Inspección Técnica de Edificios, requerido por el Ayuntamiento, se podría cometer una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una ITE puede variar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la naturaleza de la Edificación o Vivienda.

En el caso de que no se intente pagar la ITE, requerido por el Gobierno Municipal, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para saber si el edificio ha ejecutado la Inspección Técnica de Edificio, tienes que revisar los resultados documentados que se entregan después de la evaluación. Esta documentación definirá si la edificación ha superado la revisión y si se han detectado irregularidades.

Si no cuenta con el documento informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la responsable de desempeñar y almacenar las ITE. Tal como dijimos antes que es obligatorio efectuar la evaluación de edificios y que su ámbito de aplicación varía de unos sitios a otros.

De este modo:

La Ley IEE en navarra precisa que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) tiene que ser efectuado cada decenio para las construcciones que posean más de 50 años de edad.

En Cataluña, la revisión debe realizarse cada diez años para construcciones con una edad de más de cuarenta y cinco años. Mientras que en navarra y navarra, se obliga a una evaluación cada decenio para aquellos edificios que superen los 30 años.

¿Qué se analiza en la ITE?

Durante la Inspección Técnica se analizan muchos elementos del edificio, en particular la arquitectura, las instalaciones, la fachada, el tejado y los espacios comunes. Adicionalmente se examina la facilidad de acceso de la construcción, en consecuencia, si es cómodamente transitable para ciudadanos con incapacidad o desplazamiento limitado.

En la Inspección Técnica de Edificio se comprueba la situación de las zonas siguientes del edificio:

  • Infraestructuras: se analiza la condición y desempeño del equipamiento de la construcción, conjuntamente con la energía, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
  • Estructura: se revisa la estabilidad y protección de la arquitectura de la edificación, incluyendo los componentes de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las viguetas y las columnas.
  • Revestimiento y Tejado: se revisa la situación de mantenimiento de la fachada y la cubierta, incluso de la envoltura, las juntas y las bajantes de agua de lluvia.
  • Espacios Comunes: se revisa el estado de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
  • La Accesibilidad: se verifica el acceso al edificio para ciudadanos con incapacidad o movilidad reducida, examinando la disponibilidad de rampas, ascensores, barandillas y otros componentes indispensables.

Si se encuentran carencias en determinados de estos elementos, se precisan los tiempos de rehabilitación y se elabora un escrito con las intervenciones convenientes para garantizar la seguridad y manutención inmueble.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Edificios en en Sorlada se encuentran requeridos a cumplir con la correspondiente Revisión Técnica antes de los 45 años de antigüedad, la cual está reflejada en el propio registro

Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería aconsejable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar con mucho cuidado de que no surjan problemas.

Hay unos cuantos Edificios que, según las Leyes Municipales, deberían pasar la Inspección cada lapso de tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Cuando una vivienda tiene más de 50 años necesita pasar la ITE de forma inevitable, pero en determinados Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden alterar los años de obligatoriedad.

Si pretendes vender la vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a reclamar que remitas el Certificado ITE, sin embargo si existe un pacto entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería negar la compraventa.

En el caso de no efectuar esta Inspección obligatoria, puede constituir unas multas bastante graves que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar inclusive entre 5 y 6 mil Euros.