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inspeccion tecnica de edificios Dueñas

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Dueñas es una verificación obligatoria que se ejecuta en Edificios con el propósito de velar por la seguridad y la debida conservación de las propiedades e instalaciones.

¡Descubre todo sobre esta práctica imprescindible leyendo este post! Te explicamos las ventajas, las partes medibles y cómo hacer una Evaluación adecuadamente, para que comprendas por qué la Inspección Técnica es imprescindible.

La auditoría del edificio se ejecuta por peritos expertos que identifican eventuales carencias y concluirán la conveniencia de llevar a cabo mejoras

La comprobación del Edificio busca analizar riesgos potenciales relacionados a la seguridad de los edificios, la humedad en la estructura, el desgaste, pero no incluye la detección de problemas de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, a pesar de que, no tienen la misma función. Sin embargo déjame precisarte concretamente.

El alcance de la ITE es evaluar el mantenimiento de la propiedad. Y la IEE considera la accesibilidad y la optimización energética.

Desde hace algunos años, la inspección técnica de un edificio se ha modernizado, englobando la revisión del edificio en sí mismo, además de la adaptabilidad, así como la eficiencia energética. Por eso, en la actualidad se identifica con el nombre de IEE para abarcar todos estas mismas evaluaciones obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Documento que atestigua la condición de la propiedad y su cumplimiento con los requisitos de seguridad, habitabilidad y confort, y el ámbito urbano.

Este Certificado tiene que entregarse en ciertas circunstancias cuando un edificio tiene un cierto tiempo desde su construcción, y en algunas provincias o localidades de España es imperativo.

En algunas localidades de España dicho Certificado ITE debe presentarse aún mientras que se tramita una Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la estructura.

Este Certificado ITE contiene información detallada de la Comprobación de la Integridad Estructural, Medios de Protección contra Incendios, Infraestructura Eléctrica y Sanitaria

El Certificado desempeña el papel de un Expediente de consulta para la Evaluación futura y mantenimiento de un Edificio.

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¿Qué ocurre si un vecino no quiere hacer la ITE?

En todos los edificios hay quienes no están conformes con aceptar los requerimientos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligada.

El entendimiento limitado de cómo funciona una ITE y sospechar que el precio será excesivamente alto, podría ser una razón para que un vecino no esté conforme a dar el visto bueno a una inspección técnica de edificios.

El requisito de pasar la Inspección Técnica es dado que te lo solicita el Ayuntamiento por la Antigüedad del Edificio y el propietario no debería resistirse puesto que se puede cometer una sanción.

A menudo, un vecino no quiere pasar la Inspección debido a que su Casa no está con los requisitos adecuados. En esta situación, el Perito podría oponerse a el examen sin visitar el Inmueble o negarse a materializar el Informe.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no intente asumir el Importe de la ITE, indispensable por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no se pretenda tributar la ITE, indispensable por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que la han rechazado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para enterarse si su edificio ha ejecutado una ITE, tienes que analizar el informe que se proporciona posteriormente a la supervisión. En dicho expediente se precisará si la edificación ha superado la verificación y si se han detectado defectos.

Si no cuenta con el documento informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la que se encarga de desempeñar y conservar las ITE. Como acabamos de decir que es vinculante hacer la inspección de edificios y que su ámbito varía de región a región.

Por ejemplo:

La Legislación IEE en palencia determina que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) tiene que ser desempeñado cada década para los edificios que cuenten más de 50 años de edad.

En Cataluña debe ejecutarse cada diez años para construcciones superior a cuarenta y cinco años. En la Comunidad de palencia cada 10 años, para edificios de más de 30 años, así como en palencia.

¿Qué se analiza en la ITE?

Se analiza la accesibilidad del inmueble, para evaluar si es de fácil tránsito para ciudadanos con movimiento limitado o impedimento. En la Inspección Técnica se verifican la estructura, las instalaciones, la cubierta, la fachada y los espacios comunes.

Fundamentalmente, en la Inspección Técnica de Edificio se evalúa la condición de las siguientes zonas del edificio:

  • Arquitectura: se evalúa la estabilidad y protección de la estructura de la construcción, incluyendo los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las viguetas y los pilares.
  • Instalaciones: se comprueba la condición y comportamiento de las instalaciones del edificio, al igual que la electricidad, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.
  • Fachada y Tejado: se analiza la situación de conservación de la fachada y el tejado, además del envolvente, las repisas y las bajantes de agua de lluvia.
  • Zonas comunes: se comprueba la situación de preservación de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
  • La Accesibilidad: se analiza la facilidad de acceso al edificio para personas con impedimento o desplazamiento reducido, verificando la presencia de rampas, elevadores, barandillas y otros componentes fundamentales.

Si se identifican carencias en determinados de estos elementos, se preparan los plazos de reparación y se emite un escrito con las operaciones indispensables para facilitar la protección y conservación inmueble.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Todos Edificios en en Dueñas están obligados a pasar la correspondiente Revisión Técnica antes de los 45 años de antiguedad, la cual se refleja en el propio catastro

Además, si es una vivienda con más de 45 años, sería recomendable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar con detalle de que no existan problemas.

Hay varios Edificios que, según las Leyes Municipales, deberían someterse a la Inspección cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Municipal de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Si una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma inevitable, pero en determinados Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.

Si quieres vender la vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a requerir que presentes el Certificado ITE, ahora bien si hay un consentimiento entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería derogar la compraventa.

En el caso de no llevar a cabo la Inspección requerida, puede implicar unas sanciones muy importantes que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5000 y 6000 Euros.