¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Chillarón del Rey es una comprobación pertinente que se ejecuta en Edificios con el objetivo de asegurar la integridad y el correcto mantenimiento de las propiedades e instalaciones.
¡Conoce todo referente a esta práctica fundamental leyendo este post! Te explicamos los beneficios, los componentes medibles y cómo hacer una Inspección debidamente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica es imprescindible.
La auditoría del edificio se realiza por profesionales cualificados que identifican posibles fallos y determinarán la conveniencia de realizar arreglos
La peritación del edificio busca examinar riesgos asociados con la seguridad de la propiedad, la humedad existente, la erosión, aunque no abarca la identificación de la aparición de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se pueda pensar, no son sinónimos. Pero déjame aclararte específicamente.
La ITE evalúa el mantenimiento del inmueble en cuestión. Y la IEE verifica la accesibilidad para personas con discapacidad y el ahorro energético.
En los últimos tiempos, la verificación de una construcción se ha modernizado, contemplando la revisión de la propia construcción, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, así como la eficiencia energética. Así que, actualmente se llama con el nombre de IEE para incluir todas estas tareas requeridas.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que valida la condición del inmueble y su cumplimiento de acuerdo con los requisitos de seguridad, habitabilidad, y el paisaje urbano.
Este informe es necesario entregarse en algunas ocasiones cuando una edificación tiene una antigüedad específica, y en ciertas regiones o lugares de España es obligatorio.
En algunas localidades de España dicho Certificado ITE debe presentarse incluso cuando se solicita la Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.
El Certificado ITE presenta información detallada de la Inspección de la Robustez de la Edificación, Sistemas de Prevención de Incendios, Infraestructura Eléctrica y de Saneamiento
Este Certificado funciona como un Registro de consulta para la Inspección siguiente y cuidado del Inmueble.
¿Qué ocurre si un vecino no quiere pasar la ITE?
En la amplia mayoría de las comunidades habitualmente hay personas que no están en consonancia con las cuestiones que se deben ejecutar, pese a que sean obligatorias.
La ignorancia de lo que se efectúa en una Inspección Técnica de Edificios e idear que podría ser un desembolso considerable podría ser una de los argumentos por las que un propietario no esté conforme a ejecutar la Inspección Técnica de Edificios.
La obligación de hacer la Inspección Técnica es dado que te lo obliga el Gobierno Municipal por los años de la Construcción y el vecino no debería negarse porque se puede incurrir en una sanción.
En algunos casos, un propietario no quiere autorizar la Inspección Técnica dado que su Domicilio no reúne las características adecuadas. En tal caso, el Técnico podría oponerse a el examen sin acudir al Inmueble o desechar el confeccionar el Reporte Oficial.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Costo de una ITE puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más teniendo en cuenta la naturaleza del Edificio o Vivienda.
En el supuesto de que no se pretenda abonar la ITE, indispensable por el Ayuntamiento, se podría cometer una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una ITE puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en función de la naturaleza del Edificio o Piso.
En el caso de que no desee asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para saber si su edificio ha efectuado la Inspección Técnica de Edificio, debes examinar el informe que se presenta después de que la auditoría. En dicho expediente se apuntará si el edificio ha pasado la inspección y si se han localizado desperfectos.
Si no dispone del documento informativo, puede ir a la entidad pública pertinente, que es la que se encarga de completar y conservar las Inspecciones Técnicas. Ya hemos mencionado que es obligado ejecutar la revisión técnica de edificios y que su cobertura varía de unas ciudades a otras.
En concreto:
La Reglamentación IEE en guadalajara precisa que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) debe ser desempeñado cada decenio para las construcciones que cuenten más de 50 años de edad.
En Cataluña tiene que efectuarse cada década para construcciones de más de cuarenta y cinco años. En guadalajara cada 10 años, para edificaciones superior a treinta años, lo mismo que en guadalajara.
¿Qué se comprueba en la ITE?
Durante la ITE se analizan diversos aspectos de la construcción, tal como la arquitectura, la infraestructura, el exterior, el tejado y las zonas comunes. Asimismo se examina el acceso de la construcción, en definitiva, si es fácilmente transitable para ciudadanos con minusvalidez o desplazamiento reducido.
En la Inspección Técnica de Edificio se revisa la situación de los componentes siguientes de la edificación:
- Arquitectura: se revisa la estabilidad y seguridad de la arquitectura del edificio, inclusive los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las viguetas y los pilares.
- La Accesibilidad: se verifica la accesibilidad al edificio para ciudadanos con impedimento o movimiento limitado, examinando la disponibilidad de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos obligatorios.
- Zonas comunes: se comprueba la situación de preservación de las zonas comunes de la edificación, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
- Revestimiento y Tejado: se revisa la situación de mantenimiento del exterior y el tejado, asimismo del envolvente, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
- Instalaciones: se verifica la situación y comportamiento de las instalaciones del edificio, además de la electrificación, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
Si se descubren carencias en determinados de estos puntos, se preparan las fechas de corrección y se formula un documento con las ejecuciones necesarias para asegurar la seguridad y mantenimiento inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Todos Inmuebles en en Chillarón del Rey se encuentran obligados a cumplir con la adecuada Revisión Técnica antes de los 45 años de antiguedad, la cual está reflejada en el propio registro
Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.
Hay algunos Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían realizar esa Inspección cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.
El Deber es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Si una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma obligatoria, pero en diversos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.
Si quieres traspasar una vivienda y la misma necesita iniciar la ITE entonces te van a instar que entregues el Certificado ITE, ahora bien si existe un acuerdo entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería revocar la compraventa.
En el caso de no efectuar la Inspección obligatoria, puede implicar unas multas muy sustanciales que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar particularmente hasta los 6000 euros.