¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Cobeta es un examen indispensable que se lleva a cabo en Edificios con la finalidad de asegurar la integridad y la debida conservación de las construcciones e instalaciones.
¡Descubre todo respecto a este método imprescindible leyendo este artículo! Te describimos los beneficios, las partes evaluables y cómo hacer una Evaluación adecuadamente, para que comprendas por qué la ITE es fundamental.
La comprobación del inmueble se realiza por personal competente que identifican posibles debilidades y concluirán la necesidad de mejoras
El análisis de la propiedad tiene como finalidad revisar riesgos asociados a la seguridad de las construcciones, la humedad en el edificio, la degradación, aunque no cubre la detección de la manifestación de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no son la misma cosa. Pero quiero aclararte específicamente.
El cometido de la ITE es evaluar el estado de conservación de la vivienda. Y la IEE estudia la accesibilidad para personas con discapacidad y el ahorro energético.
En los últimos años, la supervisión técnica de un inmueble se ha perfeccionado, contemplando la evaluación de la edificación en cuestión, junto con la accesibilidad para personas con discapacidad, sumado a la optimización energética. De este modo, ahora se conoce bajo el nombre de IEE para abarcar todas estas revisiones necesarias.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Escrito Oficial que comprueba la condición de la estructura y su cumplimiento de acuerdo con los requisitos de seguridad, habitabilidad de la vivienda, y el ámbito urbano.
Este Certificado tiene que ser presentado en ciertas circunstancias cuando una edificación posee un cierto tiempo desde su construcción, y en algunas comunidades o zonas de España es obligatorio.
En algunas ciudades de nuestro País dicho Certificado ITE debe presentarse incluso cuando se pide una Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la construcción.
Ese Certificado ITE contiene especificaciones de el Estudio de la Resistencia de la Construcción, Dispositivos Antiincendios, Red Eléctrica y de Saneamiento
Este Certificado cumple con la finalidad de una evidencia de consulta para la próxima Revisión y conservación de la Estructura.
¿Qué sucede si un vecino no quiere pasar la ITE?
En la amplia mayoría de las comunidades frecuentemente hay personas que no están en consonancia con las cosas que se tienen que ejecutar, pese a que sean obligatorias.
El entendimiento limitado de cómo funciona una Inspección Técnica de Edificio y creer que el precio será sustancial, podría ser un motivo para que un vecino se niegue a aprobar una ITE.
El Gobierno Municipal exige a pasar la inspección por los años de la edificación, por lo cual el vecino no debería resistirse ya que puede ser sancionado en caso afirmativo.
Ocasionalmente un propietario no quiere ejercer la ITE ya que su Casa no está en las circunstancias correctas. El Perito, en este caso, podría suscribir sin inspeccionar ese Domicilio o negarse a la ejecución del Informe.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Inspección Técnica de Edificios puede variar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a las características de la Edificación o Piso.
En el supuesto de que no pretenda asumir el Coste de la ITE, indispensable por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no se quiera reembolsar la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para averiguar si el edificio ha ejecutado la Inspección Técnica, tienes que comprobar los resultados registrados que se ofrecen a continuación de la evaluación. Esta declaración indicará si la construcción ha pasado la verificación y si se han descubierto irregularidades.
Si no cuenta con el material informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la responsable de completar y archivar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho con anterioridad que es requerido hacer la evaluación de edificios y que su ámbito varía de unas zonas a otras.
De este modo:
La Regulación IEE en guadalajara define que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) tiene que ser ejecutado cada decenio para las construcciones que tengan más de 50 años de edad.
En Cataluña, la revisión debe efectuarse cada diez años para construcciones con una edad de más de 45 años. Mientras que en guadalajara y guadalajara, se necesita un examen cada diez años para las construcciones que superen los 30 años.
¿Qué se analiza en la ITE?
Se comprueba la accesibilidad del edificio, para evaluar si es de cómodo tránsito para personas con movilidad reducida o imposibilidad. En la Inspección Técnica se analizan la estructura, las instalaciones, el tejado, la fachada y las zonas comunes.
En la Inspección Técnica se analiza la situación de las partes siguientes de la edificación:
- Instalaciones: se verifica el estado y comportamiento de las instalaciones del edificio, al igual que la electrificación, el agua, el gas y los mecanismos de climatización.
- Arquitectura: se revisa la estabilización y seguridad de la arquitectura de la construcción, incluido los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las viguetas y las columnas.
- Espacios Comunes: se evalúa el estado de preservación de las zonas comunes del edificio, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
- Fachada y Cubierta: se evalúa la situación de preservación del exterior y el tejado, también de la envoltura, las juntas y las tuberías de agua pluvial.
- La facilidad de Acceso: se evalúa el acceso a la edificación para personas con discapacidad o movimiento limitado, examinando la disponibilidad de rampas, elevadores, barandillas y otros elementos necesarios.
En el caso de que se detecte desperfectos en alguno de estos elementos, se preparan plazos para su regularización y se suministra un escrito con las ejecuciones obligatorias para preservar la seguridad y mantenimiento de la construcción.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Cada uno de los Inmuebles en en Cobeta se encuentran obligados a completar la adecuada ITE inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se encuentra detallada en el mismo catastro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, deberían volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.
Hay varios Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían pasar la Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.
La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que detenta la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años obligan a pasar la ITE de forma obligatoria, pero en algunos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden variar los años de requerimiento.
Si pretendes vender la vivienda y la misma le hace falta pasar la ITE entonces te van a pedir que presentes el Certificado ITE, no obstante si hay un consentimiento entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería negar la compraventa.
En el caso de no proceder a la Inspección obligatoria, puede involucrar unas multas realmente sustanciales que van a supeditarse del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar inclusive hasta los 6000 euros.