¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Illana es una revisión obligatoria que se realiza en Edificios con la finalidad de velar por la protección y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.
¡Conoce todo referente a este método imprescindible leyendo este artículo! Te mostramos los beneficios, los elementos evaluables y cómo realizar una Inspección debidamente, para que comprendas por qué la ITE es imprescindible.
La revisión de la construcción se ejecuta por técnicos calificados que observan potenciales irregularidades y establecerán si es necesario realizar ajustes
La supervisión de la propiedad tiene como propósito inspeccionar riesgos asociados a la seguridad de la edificación, la humedad del ambiente, la corrosión, aunque no incluye la detección de la manifestación de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se parezcan, no son la misma cosa. Pero quiero aclararte particularmente.
La misión de la ITE es evaluar el estado de conservación de la propiedad. Y la IEE investiga la accesibilidad y la energía consumida.
Recientemente, la supervisión técnica de un inmueble se ha mejorado, incluyendo la inspección de la edificación en cuestión, así como la adaptabilidad, sumado a el aprovechamiento energético. Por tanto, ahora se nombra bajo el nombre de IEE para contemplar todas estas procesos obligatorias.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que corrobora la situación de la construcción y su cumplimiento de acuerdo con los reglamentos de seguridad, habitabilidad de las estancias, y el entorno de la edificación.
Este informe debe mostrarse en algunos casos cuando un edificio posee un número de años desde su construcción, y en determinadas provincias o lugares de España es requisito indispensable.
En algunas localidades de nuestro País el Certificado ITE es necesario presentarlo aún cuando se tramita la Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.
Ese Certificado ITE muestra especificaciones de la Inspección de la Robustez de la Edificación, Sistemas de Prevención de Incendios, Red Eléctrica y de Saneamiento
Este Certificado funciona como un Expediente de consulta para la futura Inspección y conservación de la Construcción.
¿Qué pasa si un vecino no quiere hacer la ITE?
En todas las comunidades regularmente hay vecinos que no están conformes con las cuestiones que se deben efectuar, pese a que sean obligadas.
La ignorancia de lo que se hace en una ITE y sospechar que podría ser un coste sustancial podría ser una de las razones por las que un vecino se niegue a ejecutar la ITE.
El Gobierno Municipal solicita a pasar la Inspección Técnica debido a la Antigüedad de la Construcción, por esta razón el vecino no debería resistirse ya que puede ser penalizado si lo hace.
En ocasiones un vecino no desea pasar la ITE ya que su Casa no está en las circunstancias perfectas. El Técnico, dadas las circunstancias, podría suscribir sin entrar a esa Residencia o negarse a la ejecución del Documento Escrito.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una ITE puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de las características de la Construcción o Vivienda.
En el supuesto de que no se intente tributar la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que se han negado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la condición de la Edificación o Piso.
En el escenario de que no desee asumir el Coste de la Inspección Técnica de Edificios, exigida por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para enterarse si su edificio ha realizado la Inspección Técnica de Edificio, tienes que analizar el informe el cual se proporciona después de que la auditoría. En dicha documentación se definirá si el edificio ha pasado la evaluación y si se han encontrado deficiencias.
Si no dispone del material informativo, puede acudir a la entidad pública responsable, que es la responsable de finalizar y almacenar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Tal como dijimos antes que es obligatorio hacer la inspección de edificios y que su ámbito varía de unos lugares a otros.
En concreto:
La Norma IEE en guadalajara determina que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) tiene que ser realizado cada decenio para las construcciones que posean más de 50 años de antigüedad.
En Catalunya, la inspección tiene que ejecutarse cada decenio para edificaciones con una edad de más de 45 años. Al mismo tiempo que en guadalajara y guadalajara, se necesita una evaluación cada diez años para las construcciones que superen los 30 años.
¿Qué se mira en la ITE?
Se analiza la accesibilidad del edificio, para verificar si es de cómodo tránsito para personas con movilidad reducida o minusvalidez. En la Inspección Técnica se revisan la estructura, la infraestructura, la cubierta, el exterior y los espacios comunes.
En la Inspección Técnica se verifica la condición de los elementos siguientes del edificio:
- Instalaciones: se revisa la condición y funcionamiento del equipamiento del edificio, además de la electricidad, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
- Arquitectura: se revisa la estabilización y protección de la estructura del edificio, incluido los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las viguetas y las columnas.
- Revestimiento y Cubierta: se analiza la condición de preservación de la fachada y la cubierta, incluso del envolvente, las repisas y las tuberías de agua pluvial.
- Zonas comunes: se revisa el estado de preservación de los espacios comunes de la edificación, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
- El Acceso: se analiza la facilidad de acceso al edificio para ciudadanos con minusvalidez o desplazamiento reducido, analizando la existencia de rampas, ascensores, pasamanos y otros componentes requeridos.
En caso de que se localice desperfectos en alguno de esos componentes, se elaboran fechas para su rehabilitación y se suministra un documento con las intervenciones requeridas para proporcionar la seguridad y manutención del edificio.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Cada uno de los Inmuebles en en Illana están obligados a cumplir con la correspondiente Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual se refleja en el mismo catastro
Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no haya problemas.
Hay algunos Edificios que, según las Leyes Municipales, deben realizar esa Evaluación cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, en vista de que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma obligatoria, pero en diversos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden diferir los años de obligatoriedad.
Si quieres traspasar una vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a reclamar que muestres el Certificado ITE, no obstante si posees un trato entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería cancelar la compraventa.
En el supuesto de no llevar a cabo la Inspección imperativa, puede suponer unas multas realmente considerables que van a supeditarse del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5000 y 6000 Euros.