¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Vindel es una inspección imprescindible que se ejecuta en Edificios con la meta de proteger la integridad y el correcto mantenimiento de las construcciones e instalaciones.
En este artículo, te describimos por qué la ITE es fundamental, los beneficios, los componentes que tienes que valorar y cómo hacer una inspección correctamente. ¡Sigue leyendo para conocer todo respecto a este método fundamental!
El examen de la propiedad se realiza por inspectores capacitados que descubren eventuales imperfecciones y decidirán la conveniencia de realizar arreglos
La comprobación del Edificio persigue revisar posibles peligros asociados a la seguridad de las construcciones, la presencia de humedad ambiental, la corrosión, aunque no contempla la identificación del diagnóstico de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, a pesar de que, no son exactamente iguales. Pero quiero aclararte concretamente.
La finalidad de la ITE es evaluar el estado de conservación del bien inmueble. Y la IEE revisa la accesibilidad así como la optimización energética.
En los últimos años, la revisión de una edificación se ha vuelto más completa, contemplando la evaluación de la propia construcción, sumado a la adaptabilidad, así como el aprovechamiento energético. De esta manera, actualmente se nombra como IEE para abarcar todos estas mismas evaluaciones obligatorias.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que corrobora el estado del Edificio y su cumplimiento siguiendo las disposiciones sobre seguridad, habitabilidad de las estancias, y el paisaje urbano.
Este informe es necesario ser presentado en ciertas circunstancias cuando un edificio posee cierto tiempo de antigüedad, y en ciertas regiones o localidades de España es obligatorio.
En diversas localidades de España el Certificado ITE se exige su presentación incluso cuando se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.
El Certificado ITE incluye especificaciones de la Evaluación de el estado de Conservación de la Estructura, Sistemas de Control de Incendios, Tendido Eléctrico y Sanitaria
El Certificado actúa como un Expediente de consulta para la próxima Supervisión y mantenimiento del Edificio.
¿Qué sucede si un vecino no quiere hacer la ITE?
En la mayoría de las comunidades habitualmente hay personas que no están conformes con las cuestiones que se deben llevar a cabo, aún cuando sean obligatorias.
El desconocimiento de lo que se efectúa en una Inspección Técnica de Edificios y suponer que podría ser un gasto elevado podría ser una de las razones por las que un vecino se niegue a ejecutar la ITE.
El Gobierno Municipal solicita a pasar la ITE por la Antigüedad de la edificación, por lo tanto el propietario no debería negarse ya que puede ser multado en caso afirmativo.
Ocasionalmente, un vecino no desea autorizar la Inspección Técnica de Edificio porque su Casa no está con las características adecuadas. En cuyo caso, el Perito podría declinar la inspección sin inspeccionar el Inmueble o negarse a confeccionar el Reporte Oficial.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una ITE puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la naturaleza de la Construcción o Piso.
En el escenario de que no quiera asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, requerida por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en función de la condición de la Construcción o Piso.
En el escenario de que no se pretenda pagar la ITE, indispensable por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para descubrir si el edificio ha completado una Inspección Técnica, tienes que analizar el informe el cual se proporciona tras la auditoría. En dicho informe se precisará si el edificio ha superado la revisión y si se han observado desperfectos.
Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública responsable, que es la responsable de completar y almacenar las ITE. Como acabamos de decir que es requerido efectuar la revisión técnica de edificios y que su alcance varía de región a región.
Por ejemplo:
En cuenca, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) precisa que debe efectuarse un Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de existencia.
En Catalunya, la revisión debe efectuarse cada diez años para construcciones con una antigüedad superior a cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en cuenca y cuenca, se obliga a una supervisión cada diez años para aquellos edificios que superen los 30 años.
¿Qué se examina en la ITE?
Se comprueba la facilidad de acceso del edificio, para verificar si es de cómodo tránsito para ciudadanos con desplazamiento reducido o minusvalía. En la ITE se revisan la arquitectura, la infraestructura, la cubierta, el exterior y los espacios comunes.
En la ITE se verifica la situación de las zonas siguientes de la construcción:
- Arquitectura: se evalúa la estabilidad y protección de la arquitectura del edificio, incluido los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las viguetas y los pilares.
- La facilidad de Acceso: se revisa la accesibilidad a la construcción para personas con minusvalidez o desplazamiento reducido, evaluando la disponibilidad de rampas, elevadores, pasamanos y otros elementos indispensables.
- Zonas comunes: se revisa la situación de preservación de los espacios comunes del edificio, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
- Fachada y Cubierta: se comprueba la situación de preservación de la fachada y la cubierta, asimismo del envolvente, las repisas y las bajantes de agua pluvial.
- Instalaciones: se verifica el estado y desempeño de las instalaciones del edificio, así como la energía, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
En el caso de que se encuentre desperfectos en cualquiera de esos elementos, se precisan fechas para su corrección y se suministra un escrito con las operaciones requeridas para facilitar la protección y manutención de la edificación.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Los Edificios en en Vindel están requeridos a acatar la pertinente ITE inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se refleja en el mismo registro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería aconsejable volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no surjan problemas.
Existen algunas edificios que, según la Normativa Municipal deben someterse a la Inspección cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
La Obligación es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en diversos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden variar los años de requerimiento.
Si aspiras a liquidar la vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a requerir que aportes el Certificado ITE, no obstante si existe un acuerdo entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería derogar la compraventa.
En caso de no ejecutar la Inspección obligatoria, puede constituir unas sanciones realmente sustanciales que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5 y 6 mil Euros.