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inspeccion tecnica de edificios Escobosa de Almazán

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Escobosa de Almazán es una verificación obligatoria que se efectúa en Edificios con el objetivo de velar por la seguridad y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.

¡Descubre todo respecto a este método fundamental leyendo este post! Te describimos los beneficios, los elementos medibles y cómo realizar una Inspección adecuadamente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica es fundamental.

La evaluación técnica del edificio se lleva a cabo por personal competente que detectan potenciales irregularidades y evaluarán la oportunidad de efectuar arreglo

La revisión técnica del inmueble persigue analizar riesgos asociados con la seguridad de las edificaciones, la humedad existente, el deterioro, sin embargo no incluye la detección del diagnóstico de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, no obstante, no son sinónimos. Pero quiero aclararte específicamente.

La misión de la ITE es evaluar la conservación de la vivienda. Y la IEE examina la accesibilidad así como la energía consumida.

Desde hace unos cuantos años, la inspección técnica de un edificio se ha optimizado, abarcando la revisión de la propiedad en sí misma, además de la accesibilidad para personas con discapacidad, sumado a la eficiencia energética. Por consiguiente, actualmente se llama con el nombre de IEE para incluir todas estas mismas inspecciones necesarias.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que atestigua la situación de la estructura y su cumplimiento siguiendo los estándares de seguridad en la construcción, condiciones de habitabilidad, y las condiciones urbanas.

Este informe es obligatorio ser presentado en algunos casos cuando un inmueble tiene un número de años desde su construcción, y en ciertos lugares o lugares de España es de carácter obligatorio.

En diversas ciudades de nuestro País el Certificado ITE debe presentarse incluso cuando se pide la Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la construcción.

Un Certificado ITE posee datos sobre la Comprobación de la Estabilidad del Edificio, Dispositivos de Seguridad contra Incendios, Infraestructura Eléctrica y de Saneamiento

Este Certificado actúa como Escrito de orientación para la Evaluación futura y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?

En la amplia mayoría de las comunidades normalmente hay personas que no están de acuerdo con las cuestiones que se deben ejecutar, a pesar de que sean obligatorias.

El entendimiento limitado de cómo se realiza una Inspección Técnica de Edificio y pensar que el precio será excesivamente alto, podría ser un motivo para que un vecino no esté de acuerdo a aprobar una ITE.

La obligación de pasar la Inspección Técnica es dado que te lo solicita el Gobierno Municipal por los años del Edificio y el vecino no debería resistirse puesto que se puede cometer una multa.

En muchos casos un propietario no quiere pasar la Inspección Técnica del Edificio puesto que su Apartamento no está en las condiciones oportunas. El Ingeniero, en tal caso, podría firmar sin entrar a esa Vivienda o desestimar la ejecución del Reporte Oficial.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no se pretenda pagar la Inspección Técnica de Edificios, exigido por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que se han negado.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no se quiera tributar la ITE, imprescindible por el Gobierno Municipal, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para enterarse si el edificio ha completado la Inspección Técnica, tienes que comprobar los resultados fundamentados que se ofrecen después de la evaluación. Esta documentación informará si la construcción ha superado la inspección y si se han hallado irregularidades.

Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública responsable, que es la que se encarga de desempeñar y conservar las ITE. Como acabamos de decir que es obligatorio hacer la revisión técnica de edificios y que su ámbito varía de unos sitios a otros.

Por consiguiente:

La Ley IEE en soria precisa que la ITE tiene que ser desarrollado cada decenio para las edificaciones que posean más de 50 años de edad.

En Cataluña, la revisión tiene que efectuarse cada diez años para edificaciones con una edad superior a cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en soria y soria, se requiere una evaluación cada década para aquellos edificios que superen los 30 años.

¿Qué se examina en la ITE?

Durante la Inspección Técnica de Edificio se analizan varios componentes de la construcción, como la estructura, las instalaciones, la fachada, el tejado y las zonas comunes. Incluso se examina la accesibilidad del edificio, concretamente, si es cómodamente transitable para ciudadanos con minusvalidez o desplazamiento reducido.

En particular, en la ITE se verifica la situación de las posteriores partes de la edificación:

  • Instalaciones: se verifica el estado y comportamiento de las instalaciones de la construcción, entre otras cosas la electrificación, el agua, el gas y los sistemas de climatización.
  • Espacios Comunes: se verifica la condición de mantenimiento de los espacios comunes de la edificación, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
  • La Accesibilidad: se verifica la accesibilidad a la edificación para usuarios con discapacidad o desplazamiento limitado, verificando la disponibilidad de pasarelas, elevadores, pasamanos y otros componentes fundamentales.
  • Revestimiento y Tejado: se comprueba la situación de mantenimiento de la fachada y el tejado, también del recubrimiento, las juntas y las cañerías de agua pluvial.
  • Estructura: se evalúa la estabilidad y seguridad de la estructura de la construcción, inclusive los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y los pilares.

Si se encuentran defectos en determinados de estos puntos, se precisan los tiempos de corrección y se formula un escrito con las ejecuciones indispensables para proporcionar la protección y manutención inmueble.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Todos Edificios en en Escobosa de Almazán están requeridos a completar la pertinente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual está reflejada en el mismo registro

Además, si es una vivienda con más de 45 años, sería conveniente volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no existan problemas.

Existen algunos Edificios que, según las Leyes Municipales, deben realizar la Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Ciudad la que cuenta con la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Cuando una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en determinados Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden variar los años de requerimiento.

Si aspiras a vender la vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a requerir que entregues el Certificado ITE, ahora bien si hay un trato entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería derogar la compraventa.

En caso de no efectuar la Inspección requerida, puede constituir unas penalizaciones realmente considerables que van a supeditarse del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar particularmente hasta 6 mil Euros.