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inspeccion tecnica de edificios Aldeaseca de la Frontera

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Aldeaseca de la Frontera es un control indispensable que se efectúa en Edificios con la finalidad de proteger la integridad y el mantenimiento adecuado de las propiedades e instalaciones.

En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica es esencial, los beneficios, los componentes que tienes que analizar y cómo realizar una inspección debidamente. ¡Continua leyendo para saber todo sobre esta práctica imprescindible!

La auditoría del edificio se lleva a cabo por profesionales del ramo que identifican potenciales irregularidades y concluirán la necesidad de acondicionamientos

La evaluación técnica del inmueble persigue analizar amenazas ligados con la seguridad de las construcciones, la humedad presente, el deterioro, aunque no contempla la identificación de la presencia de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, sin embargo, no son exactamente iguales. No obstante quiero explicarte específicamente.

La misión de la ITE es evaluar la conservación de la construcción. Y la IEE inspecciona la adaptabilidad así como la eficiencia energética.

Desde hace unos cuantos años, la verificación de una construcción se ha vuelto más completa, abarcando la inspección de la propia construcción, además de la accesibilidad para personas con discapacidad, así como la optimización energética. Así que, en la actualidad se refiere como IEE para englobar todas estas mismas tareas indispensables.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que confirma la condición del inmueble y su cumplimiento siguiendo las directrices de seguridad, habitabilidad urbana, y el medio ambiente urbano.

Este documento tiene que presentarse en ciertas circunstancias cuando un inmueble cuenta con una antigüedad específica, y en ciertas regiones o localidades de España es exigido por ley.

En algunas poblaciones de España dicho Certificado ITE debe presentarse incluso mientras que se tramita una Licencia de Obra mayor o cuando se piden Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la construcción.

Este Certificado ITE presenta información acerca de la Inspección de la Integridad Estructural, Sistemas de Control de Incendios, Instalación Eléctrica y Sanitaria

El Certificado funciona como una prueba de orientación para la próxima Supervisión y mantenimiento de un Edificio.

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¿Qué sucede si un propietario no quiere pasar la ITE?

En la mayoría de las Comunidades hay quienes no están de acuerdo con aceptar los asuntos impuestos, aunque sean establecidos de manera ineludible.

La ignorancia de lo que se efectúa en una Inspección Técnica de Edificios y suponer que podría ser un coste elevado podría ser una de las razones por las que un vecino no esté de acuerdo a pasar la Inspección Técnica de Edificios.

El Ayuntamiento demanda a pasar la Inspección Técnica debido a la Antigüedad de la Construcción, por esta razón el vecino no debería resistirse ya que puede ser sancionado en caso afirmativo.

En contadas ocasiones un propietario no quiere pasar la Inspección Técnica del Edificio ya que su Casa no está en las circunstancias idóneas. El Perito, a este respecto, podría firmar sin inspeccionar esa Vivienda o oponerse a la ejecución del Documento Escrito.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no se pretenda costear la Inspección Técnica de Edificios, exigido por el Gobierno Municipal, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la condición de la Construcción o Vivienda.

En el supuesto de que no quiera asumir el Precio de la Inspección Técnica de Edificios, requerida por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?

Para averiguar si el edificio ha efectuado una ITE, tienes que inspeccionar los resultados establecidos que se entregan con posterioridad a la evaluación. Esta declaración definirá si la construcción ha pasado la revisión y si se han localizado irregularidades.

Si no dispone del material informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la responsable de finalizar y archivar las Inspecciones Técnicas. Como hemos dicho anteriormente que es obligado efectuar la inspección de edificios y que su ámbito varía de unos lugares a otros.

Por ejemplo:

La Normativa IEE en salamanca determina que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) tiene que ser llevado a cabo cada década para las edificaciones que cuenten más de 50 años de antigüedad.

En Catalunya debe ejecutarse cada decenio para edificaciones superior a cuarenta y cinco años. En salamanca cada diez años, para edificaciones de más de treinta años, tal como en salamanca.

¿Qué se examina en la ITE?

Se revisa el acceso del inmueble, para analizar si es de fácil tránsito para ciudadanos con desplazamiento limitado o incapacidad. En la Inspección Técnica de Edificio se revisan la arquitectura, las instalaciones, el tejado, el exterior y los espacios comunes.

Fundamentalmente, en la Inspección Técnica de Edificio se analiza la condición de las posteriores partes de la construcción:

  • Instalaciones: se revisa la condición y funcionamiento del equipamiento del edificio, entre otras cosas la electrificación, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
  • Arquitectura: se revisa la estabilidad y seguridad de la estructura de la edificación, incluyendo los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y los pilares.
  • Fachada y Tejado: se verifica la situación de preservación del exterior y la cubierta, asimismo del recubrimiento, las repisas y las cañerías de agua de lluvia.
  • Zonas comunes: se comprueba el estado de preservación de las zonas comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
  • La Accesibilidad: se comprueba la facilidad de acceso a la construcción para usuarios con minusvalía o desplazamiento limitado, comprobando la existencia de rampas, elevadores, barandillas y otros elementos imprescindibles.

En el supuesto de que se encuentre desperfectos en alguno de esos puntos, se precisan fechas para su reparación y se formula un documento con las actuaciones decisivas para asegurar la seguridad y conservación del edificio.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Edificios en en Aldeaseca de la Frontera se encuentran obligados a acatar la adecuada Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual se halla incorporada en el mismo catastro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería aconsejable volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar a fondo de que no surjan problemas.

Existen unos cuantos edificios que, según las Leyes Municipales deberían someterse a la Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en algunos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.

Si deseas traspasar la vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a ordenar que proporciones el Certificado ITE, sin embargo si hay un consentimiento entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería invalidar la compraventa.

En el caso de no ejecutar la Inspección imperativa, puede suponer unas sanciones realmente elevadas que van a supeditarse del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar incluso hasta 6 mil Euros.