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inspeccion tecnica de edificios Allueva

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Allueva es una revisión obligatoria que se efectúa en Edificios con la meta de velar por la seguridad y el mantenimiento adecuado de las edificaciones e instalaciones.

¡Descubre todo sobre esta práctica imprescindible leyendo este artículo! Te describimos las ventajas, los elementos evaluables y cómo hacer una Evaluación convenientemente, para que comprendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible.

El examen de la propiedad se lleva a cabo por peritos expertos que descubren eventuales carencias y concluirán la necesidad de acondicionamientos

La supervisión de la propiedad tiene como finalidad examinar peligros vinculados a la seguridad de los edificios, la humedad en la estructura, la descomposición, sin embargo no contempla la identificación de los síntomas de la aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no es lo mismo. Sin embargo voy a precisarte particularmente.

El objetivo de la ITE es evaluar el estado general del inmueble en cuestión. Y la IEE observa la adaptabilidad así como el rendimiento energético.

En los últimos tiempos, la revisión de una edificación se ha modernizado, incluyendo la revisión de la propia construcción, junto con la accesibilidad, además de la eficiencia en el uso de la energía. Así que, en la actualidad se le denomina como IEE para englobar todas estas mismas procesos necesarias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Documento que garantiza la condición de la estructura y su cumplimiento de acuerdo con los estándares de seguridad estructural, habitabilidad, y las condiciones urbanas.

Este Certificado es necesario entregarse en algunas ocasiones cuando un inmueble tiene un cierto tiempo desde su construcción, y en determinadas provincias o zonas de España es obligatorio.

En algunas localidades de nuestro País el Certificado ITE se exige su presentación incluso mientras que se tramita una Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la construcción.

Ese Certificado ITE contiene características de la Inspección de la Consistencia de la Estructura, Medios de Protección contra Incendios, Sistema Eléctrico y de Saneamiento

El Certificado funciona como una prueba de consulta para la próxima Supervisión y conservación de la Estructura.

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¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?

En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes no están conformes con aceptar los requerimientos impuestos, aunque sean establecidos de manera obligada.

La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una Inspección Técnica de Edificios e idear que podría ser un costo importante podría ser una de las causas por las que un propietario se niegue a ejecutar la ITE.

El Ayuntamiento obliga a pasar la Inspección Técnica debido a la Antigüedad de la Construcción, en consecuencia el propietario no debería oponerse ya que puede ser multado si lo hace.

A menudo un propietario no quiere ejercer la ITE dado a que su Piso no está en las condiciones perfectas. El Perito, en cuyo caso, podría suscribir sin entrar a esa Residencia o desechar la realización del Reporte Oficial.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más teniendo en cuenta la condición de la Edificación o Vivienda.

En el supuesto de que no pretenda asumir el Precio de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Costo de una ITE puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la naturaleza de la Construcción o Piso.

En el supuesto de que no intente asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para conocer si el edificio ha ejecutado una Inspección Técnica, debes evaluar los resultados registrados que se proveen después de la evaluación. Esta declaración especificará si la construcción ha pasado la verificación y si se han localizado irregularidades.

Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública encargada, que es la responsable de desempeñar y almacenar las ITE. Tal como dijimos antes que es obligado efectuar la inspección de edificios y que su cobertura varía de unas zonas a otras.

Por ejemplo:

La Ley IEE en teruel define que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser llevado a cabo cada diez años para los edificios que posean más de 50 años de antigüedad.

En Catalunya debe efectuarse cada década para edificaciones de más de 45 años. En la Comunidad de teruel cada diez años, para construcciones superior a 30 años, al igual que en teruel.

¿Qué se comprueba en la ITE?

Durante la Inspección Técnica se revisan diversos componentes del edificio, entre ellos la arquitectura, las instalaciones, la fachada, el tejado y los espacios comunes. Asimismo se revisa el acceso de la construcción, en definitiva, si es correctamente transitable para personas con discapacidad o movimiento limitado.

Entre otras cosas, en la Inspección Técnica de Edificio se comprueba la condición de las posteriores partes de la edificación:

  • Instalaciones: se analiza la condición y comportamiento de las instalaciones de la construcción, además de la electrificación, el agua, el gas y los dispositivos de acondicionamiento del aire.
  • Arquitectura: se revisa la estabilización y seguridad de la arquitectura de la edificación, incluyendo los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las viguetas y las columnas.
  • Revestimiento y Cubierta: se analiza la condición de preservación de la fachada y la cubierta, asimismo de la envoltura, las juntas y las cañerías de agua de lluvia.
  • Zonas comunes: se revisa la condición de conservación de los espacios comunes de la edificación, como el portal, el hall, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
  • La Accesibilidad: se revisa el acceso al edificio para ciudadanos con incapacidad o movimiento limitado, comprobando la existencia de rampas, elevadores, barandillas y otros componentes indispensables.

En el caso de que se descubra desperfectos en alguno de estos puntos, se precisan plazos para su regularización y se aporta un informe con las operaciones imprescindibles para proporcionar la seguridad y conservación de la construcción.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Allueva están requeridos a cumplir con la pertinente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se halla incorporada en el mismo catastro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería recomendable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar a fondo de que no se detectan problemas.

Hay unos cuantos Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían someterse a la Evaluación cada cierto tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Comarca la que dispone de la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma obligatoria, pero en algunos Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden variar los años de requerimiento.

Si quieres traspasar una vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a instar que aportes el Certificado ITE, ahora bien si existe un consentimiento entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería negar la compraventa.

En el caso de no efectuar la Inspección imperativa, puede involucrar unas penalizaciones realmente importantes que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5 y 6 mil Euros.