¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Caminreal es una supervisión primordial que se realiza en Edificios con el propósito de garantizar la seguridad y el correcto mantenimiento de las edificaciones e instalaciones.
En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica es primordial, las ventajas, las partes que hay que examinar y cómo ejecutar una inspección debidamente. ¡Continua leyendo para conocer todo respecto a esta práctica fundamental!
La comprobación del inmueble se efectúa por inspectores autorizados que identifican probables deficiencias y concluirán la conveniencia de llevar a cabo mejoras
La supervisión de la propiedad busca revisar peligros asociados con la seguridad de la edificación, la humedad en el inmueble, la descomposición, sin embargo no contempla la identificación de la patología de la aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, no obstante, no tienen la misma función. Pero quiero aclararte específicamente.
La ITE evalúa el estado de conservación de la vivienda. Y la IEE verifica la adaptabilidad así como la eficiencia en el uso de la energía.
Desde hace unos cuantos años, la evaluación de un edificio se ha perfeccionado, abarcando la evaluación del edificio en sí mismo, además de la accesibilidad, además de el aprovechamiento energético. En consecuencia, actualmente se le denomina bajo el nombre de IEE para abarcar todas estas mismas inspecciones necesarias.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Documento que comprueba la situación de la propiedad y su cumplimiento según los criterios de seguridad estructural, habitabilidad urbana, y el medio ambiente urbano.
Este Certificado tiene que ser presentado en algunos casos cuando un edificio tiene un cierto tiempo desde su construcción, y en determinadas o localidades de España es de carácter obligatorio.
En algunas ciudades de nuestro País el Certificado ITE debe presentarse además cuando se tramita una Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.
Ese Certificado ITE posee especificaciones de la Comprobación de la Integridad Estructural, Sistemas de Prevención de Incendios, Infraestructura Eléctrica y Sanitaria
El Certificado cumple con la finalidad de un Expediente de referencia para la próxima Revisión y conservación de la Estructura.
¿Qué ocurre si un propietario no quiere hacer la ITE?
En la amplia mayoría de las comunidades frecuentemente hay personas que no están de acuerdo con las cosas que se tienen que ejercer, pese a que sean obligadas.
El desconocimiento de lo que se ejecuta en una ITE y suponer que podría ser un coste sustancial podría ser una de los argumentos por las que un vecino se niegue a realizar la ITE.
El Gobierno Municipal solicita a pasar la ITE por los años de la edificación, por consiguiente el vecino no debería resistirse ya que puede ser penalizado en caso afirmativo.
En contadas ocasiones, un vecino no quiere permitir la Inspección Técnica de Edificio dado que su Domicilio no está con los requisitos adecuados. Por consiguiente, el Técnico podría declinar el examen sin entrar al Inmueble o rehusar a confeccionar el Reporte Oficial.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La ITE de un Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no quiera asumir el Coste de la ITE, obligatoria por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta ITE de un Edificio la paga el Titular del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no se quiera pagar la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Ayuntamiento, se podría cometer una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para descubrir si el edificio ha efectuado una ITE, debes revisar los resultados confirmados que se otorgan luego de la inspección. Esta documentación informará si el edificio ha superado la revisión y si se han identificado irregularidades.
Si no dispone del documento informativo, puede ir a la entidad pública pertinente, que es la responsable de completar y almacenar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho con anterioridad que es vinculante ejecutar la inspección de edificios y que su cobertura varía de unas localidades a otras.
De este modo:
En teruel, la Ley de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe ejecutarse el Informe de Evaluación de Edificios cada década para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.
En Catalunya debe realizarse cada decenio para edificaciones superior a 45 años. En teruel cada decenio, para edificaciones de más de 30 años, lo mismo que en teruel.
¿Qué se mira en la ITE?
A lo largo de la ITE se evalúan diferentes elementos de la edificación, en particular la estructura, las instalaciones, el exterior, el tejado y los espacios comunes. Adicionalmente se evalúa la accesibilidad de la edificación, por consiguiente, si es cómodamente transitable para personas con impedimento o movimiento limitado.
En la Inspección Técnica se verifica la situación de los componentes siguientes del edificio:
- Instalaciones: se analiza la situación y funcionamiento del equipamiento del edificio, conjuntamente con la energía eléctrica, el agua, el gas y los sistemas de climatización.
- Estructura: se verifica la estabilidad y protección de la estructura de la construcción, incluido los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y las columnas.
- Revestimiento y Tejado: se comprueba la condición de conservación de la fachada y la cubierta, también del envolvente, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
- Espacios Comunes: se analiza la condición de conservación de las zonas comunes de la edificación, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
- El Acceso: se comprueba la facilidad de acceso al edificio para ciudadanos con imposibilidad o movimiento limitado, verificando la presencia de rampas, ascensores, pasamanos y otros elementos indispensables.
En el caso de que se identifique defectos en cualquiera de esos puntos, se determinan plazos de tiempo para su rehabilitación y se suministra un documento con las intervenciones obligatorias para asegurar la seguridad y manutención de la construcción.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Los Edificios en en Caminreal están obligados a cumplir con la adecuada Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se refleja en el mismo registro
Además, si es una vivienda con más de 45 años, deberían volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no aparezcan problemas.
Hay algunas edificios que, según la Normativa Municipal deben realizar la Evaluación cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en determinados Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden alterar los años de requerimiento.
Si aspiras a liquidar la vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a ordenar que presentes el Certificado ITE, ahora bien si hay un consenso entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería revocar la compraventa.
En caso de no proceder a la Inspección requerida, puede suponer unas multas realmente graves que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar posiblemente entre 5000 y 6000 Euros.