¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Cretas es una prueba fundamental que se efectúa en Edificios con la meta de velar por la seguridad y el adecuado cuidado de las edificaciones e instalaciones.
¡Conoce todo respecto a este método fundamental leyendo este artículo! Te explicamos las ventajas, las partes evaluables y cómo realizar una Inspección convenientemente, para que comprendas por qué la ITE es fundamental.
La revisión de la construcción se lleva a cabo por profesionales cualificados que detectan eventuales carencias y decidirán la conveniencia de llevar a cabo correcciones
La evaluación técnica del inmueble tiene como objetivo analizar riesgos potenciales vinculados a la seguridad de la estructura, la humedad del ambiente, el desgaste, sin embargo no cubre la detección de la patología de la aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se pueda pensar, no tienen la misma función. Sin embargo déjame explicarte particularmente.
El alcance de la ITE es evaluar la situación del inmueble en cuestión. Y la IEE analiza la accesibilidad y la eficacia energética.
En los últimos años, la inspección técnica de un edificio se ha perfeccionado, englobando la revisión de la propia construcción, así como la accesibilidad para personas con discapacidad, así como el uso eficiente de la energía. De ahí que, actualmente se conoce como IEE para incluir todas estas revisiones requeridas.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que verifica la calidad de la edificación y su cumplimiento siguiendo la normativa sobre seguridad estructural, condiciones de habitabilidad, y su entorno urbano.
Este Certificado es obligatorio mostrarse en algunas ocasiones cuando un inmueble tiene un cierto tiempo desde su construcción, y en ciertas regiones o localidades de España es obligatorio.
En algunas ciudades de nuestro País dicho Certificado ITE se exige su presentación incluso cuando se solicita la Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.
El Certificado ITE presenta descripción minuciosa de la Revisión de la Solidez del Inmueble, Equipos de Prevención de Incendios, Red de Suministro Eléctrico y de Saneamiento
El Certificado desempeña el papel de Escrito de consulta para la futura Inspección y conservación de la Construcción.
¿Qué ocurre si un propietario no quiere pasar la ITE?
En la amplia mayoría de las comunidades con frecuencia hay vecinos que no están en consonancia con las cosas que se deben deben, por más que sean obligatorias.
El entendimiento limitado de cómo se realiza una ITE y pensar que el precio será sustancial, podría ser una razón para que un vecino no esté de acuerdo a aprobar una ITE.
El Gobierno Municipal insta a pasar la inspección por los años del Edificio, por consiguiente el vecino no debería negarse ya que puede ser penalizado en caso afirmativo.
Algunas veces, un vecino no quiere autorizar la Inspección Técnica de Edificio puesto a que su Casa no está con las características adecuadas. En este caso, el Perito podría desestimar la inspección sin acudir al Inmueble o negarse a confeccionar el Reporte Oficial.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no desee asumir el Coste de la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La ITE de un Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a la condición del Edificio o Vivienda.
En el caso de que no se pretenda tributar la ITE, requerido por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para enterarse si un edificio ha realizado una ITE, tienes que analizar el informe que se entrega tras la supervisión. En dicha documentación se definirá si el edificio ha superado la verificación y si se han observado deficiencias.
Si no dispone de acceso al informe, puede consultar con la administración pública competente, dado que es la encargada de la realización y registro de las ITE. Como acabamos de decir, es apremiante la realización de la inspección técnica de edificios y que difiere de unas ciudades a otras.
En concreto:
En teruel, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) establece que debe realizarse el Examen de Evaluación de Edificios cada década para construcciones con más de cincuenta años de antigüedad.
En Catalunya debe ejecutarse cada diez años para edificaciones de más de 45 años. En la Comunidad de teruel cada década, para construcciones superior a 30 años, al igual que en teruel.
¿Qué se examina en la ITE?
Se comprueba la facilidad de acceso del inmueble, para examinar si es de fácil tránsito para ciudadanos con movilidad reducida o incapacidad. En la Inspección Técnica se evalúan la estructura, la infraestructura, el tejado, el exterior y las zonas comunes.
Específicamente, en la Inspección Técnica de Edificio se verifica el estado de las posteriores partes de la edificación:
- Revestimiento y Tejado: se revisa la situación de mantenimiento de la fachada y la cubierta, incluso de la envoltura, las repisas y las tuberías de agua pluvial.
- Instalaciones: se comprueba la situación y funcionamiento de las instalaciones del edificio, entre otras cosas la electrificación, el agua, el gas y los sistemas de acondicionamiento del aire.
- Arquitectura: se revisa la estabilidad y protección de la estructura de la edificación, incluido los elementos de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las viguetas y los pilares.
- La facilidad de Acceso: se evalúa el acceso a la construcción para ciudadanos con minusvalidez o movimiento limitado, comprobando la disponibilidad de pasarelas, ascensores, barandillas y otros elementos fundamentales.
- Espacios Comunes: se comprueba la situación de preservación de los espacios comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
En el caso de que se identifique desperfectos en alguno de estos aspectos, se precisan plazos para su subsanación y se suministra un escrito con las ejecuciones convenientes para asegurar la protección y mantenimiento de la construcción.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Cada uno de los Inmuebles en en Cretas están obligados a acatar la pertinente ITE antes de los 45 años de antigüedad, la cual se refleja en el mismo catastro
Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.
Existen algunas edificios que, según las Leyes Municipales deberían someterse a la Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años hay que pasar la ITE de forma requerida, pero en diversos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.
Si aspiras a traspasar una vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a exigir que entregues el Certificado ITE, pero si hay un trato entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería derogar la compraventa.
En caso de no llevar a cabo la Inspección imperativa, puede implicar unas penalizaciones realmente graves que van a estar sujetas del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar posiblemente entre 5000 y 6000 Euros.