¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en El Coronil es una revisión obligatoria que se ejecuta en Edificios con el propósito de velar por la protección y el correcto mantenimiento de las edificaciones e instalaciones.
En este artículo, te explicamos por qué la Inspección Técnica de Edificios es esencial, las ventajas, los elementos que hay que comprobar y cómo efectuar una inspección correctamente. ¡Continua leyendo para conocer todo referente a este método imprescindible!
La peritación de la construcción se lleva a cabo por técnicos que detectan probables deficiencias y decidirán la conveniencia de llevar a cabo acondicionamientos
La peritación del edificio persigue examinar riesgos potenciales ligados a la seguridad de las edificaciones, la presencia de humedad ambiental, el deterioro, no obstante no abarca la identificación de la patología de la aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se parezcan, no son exactamente iguales. No obstante déjame explicarte concretamente.
El objetivo de la ITE es evaluar el estado de conservación del edificio. Y la IEE revisa la adaptabilidad así como la gestión energética.
Desde hace algunos años, la revisión técnica de un bien inmueble se ha vuelto más completa, contemplando la revisión de la propia construcción, junto con la adaptabilidad, junto con el consumo energético. Por tanto, ahora se identifica como IEE para englobar todos estas verificaciones imprescindibles.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Documento que certifica la situación del inmueble y su cumplimiento siguiendo las leyes de seguridad estructural, habitabilidad de la vivienda, y el ámbito urbano.
Este informe debe presentarse en algunas ocasiones cuando un edificio posee una antigüedad específica, y en determinadas provincias o zonas de España es imperativo.
En algunas poblaciones de nuestro País el Certificado ITE es necesario presentarlo aún cuando se pide la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.
Este Certificado ITE contiene especificaciones de la Comprobación de la firmeza del Inmueble, Sistemas de Prevención de Incendios, Tendido Eléctrico y de Saneamiento
Este Certificado funciona como Escrito de orientación para la futura Inspección y mantenimiento del Edificio.
¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?
En la amplia mayoría de las comunidades normalmente hay vecinos que no están de acuerdo con las cuestiones que se deben efectuar, a pesar de que sean obligadas.
El entendimiento limitado de cómo se realiza una ITE y sugerir que el desembolso será elevado, podría ser un motivo para que un vecino se niegue a dar el visto bueno a una inspección técnica de edificios.
El Gobierno Municipal demanda a pasar la inspección debido a los años del Edificio, por esta razón el propietario no debería oponerse ya que puede ser sancionado en caso afirmativo.
En contadas ocasiones un propietario no desea ejecutar la ITE ya que su Casa no está en las condiciones idóneas. El Profesional, en esta situación, podría formalizar el proceso sin inspeccionar esa Vivienda o negarse a la ejecución del Documento Escrito.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una ITE puede variar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la naturaleza de la Edificación o Piso.
En el escenario de que no quiera asumir el Precio de la Inspección Técnica de Edificios, exigida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no quiera asumir el Precio de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para conocer si un edificio ha pasado la Inspección Técnica, debes inspeccionar los resultados confirmados que se proveen a continuación de la evaluación. Esta declaración informará si la edificación ha superado la verificación y si se han observado irregularidades.
Si no tiene acceso al informe, puede consultar con la administración estatal competente, ya que es la responsable de la implantación y consignación de las Inspecciones Técnicas. Como hemos dicho anteriormente, es vinculante la ejecución de la Inspección y que difiere de unas localidades a otras.
Por consiguiente:
La Ley IEE en sevilla precisa que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) tiene que ser ejecutado cada decenio para los edificios que cuenten más de 50 años de edad.
En Cataluña, la inspección tiene que realizarse cada diez años para edificaciones con una antigüedad de más de cuarenta y cinco años. Mientras que en sevilla y sevilla, se necesita una evaluación cada década para las construcciones que superen los 30 años.
¿Qué se mira en la ITE?
Se evalúa la accesibilidad del inmueble, para verificar si es de cómodo tránsito para personas con desplazamiento limitado o minusvalidez. En la ITE se analizan la estructura, las instalaciones, el tejado, el exterior y las zonas comunes.
En la ITE se evalúa la condición de los componentes siguientes de la edificación:
- Arquitectura: se revisa la estabilización y protección de la estructura de la construcción, incluyendo los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las viguetas y los pilares.
- Infraestructuras: se verifica la situación y funcionamiento del equipamiento de la construcción, además de la energía, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
- Fachada y Tejado: se verifica el estado de preservación del exterior y la cubierta, asimismo del recubrimiento, las repisas y las bajantes de agua de lluvia.
- Espacios Comunes: se verifica el estado de conservación de los espacios comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
- La Accesibilidad: se verifica el acceso al edificio para ciudadanos con minusvalidez o desplazamiento limitado, examinando la disponibilidad de rampas, ascensores, barandillas y otros elementos indispensables.
Si se identifican defectos en determinados de estos puntos, se establecen los plazos de corrección y se formula un escrito con las operaciones obligatorias para facilitar la seguridad y mantenimiento inmueble.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Todos Inmuebles en en El Coronil se encuentran requeridos a completar la correspondiente Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se encuentra detallada en el mismo catastro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería aconsejable volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar con detalle de que no haya problemas.
Hay algunas edificios que, según la Normativa Municipal tienen la obligación de someterse a esa Evaluación cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
El Deber es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Ciudad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Si una vivienda tiene más de 50 años tiene que pasar la ITE de forma inevitable, pero en ciertos Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden variar los años de requerimiento.
Si deseas liquidar una vivienda y la misma debe pasar la ITE entonces te van a obligar que aportes el Certificado ITE, pero si posees un acuerdo entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería derogar la compraventa.
En el supuesto de no realizar la Inspección obligatoria, puede suponer unas multas bastante considerables que van a supeditarse del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar probablemente entre 5000 y 6000 Euros.