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inspeccion tecnica de edificios Ginestar

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Ginestar es una inspección imprescindible que se ejecuta en Edificios con la finalidad de asegurar la protección y el adecuado cuidado de las edificaciones e instalaciones.

En este artículo, te describimos por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible, las ventajas, los componentes que hay que examinar y cómo realizar una inspección correctamente. ¡Continua leyendo para saber todo sobre esta práctica esencial!

La evaluación técnica del edificio se realiza por técnicos calificados que encuentran posibles debilidades y evaluarán la conveniencia de realizar arreglo

La comprobación del Edificio persigue examinar posibles peligros vinculados con la seguridad de la propiedad, la humedad en el inmueble, la corrosión, sin embargo no incluye la detección de la patología de la aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque suene, no es lo mismo. Sin embargo quiero precisarte particularmente.

El fin de la ITE es evaluar el estado general del bien inmueble. Y la IEE investiga la accesibilidad para personas con discapacidad así como la eficiencia energética.

Desde hace unos cuantos años, la verificación de una construcción se ha modernizado, incluyendo la inspección de la propiedad en sí misma, así como la accesibilidad, así como el rendimiento energético. Así que, actualmente se identifica con el nombre de IEE para contemplar todos estas prácticas obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que atestigua la calidad de la edificación y su cumplimiento según los requisitos de seguridad estructural, condiciones de habitabilidad, y el entorno de la edificación.

Este informe es necesario presentarse en algunas ocasiones cuando una edificación cuenta con un número de años desde su construcción, y en determinadas o localidades de España es de carácter obligatorio.

En varias localidades de España dicho Certificado ITE debe presentarse además mientras que se tramita la Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.

Este Certificado ITE contiene análisis completo de la Comprobación de el estado de Conservación de la Estructura, Dispositivos de Detección de Incendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento

Este Certificado desempeña el papel de una evidencia de referencia para la próxima Revisión y conservación de la Estructura.

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¿Qué sucede si un vecino no quiere hacer la ITE?

En la mayoría de las Comunidades hay quienes no están de acuerdo con aceptar los asuntos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligada.

La ignorancia de lo que se efectúa en una ITE y suponer que podría ser un desembolso sustancial podría ser una de las razones por las que un propietario no esté conforme a ejecutar la ITE.

La obligación de ejecutar la ITE es debido a que te lo reclama el Gobierno Municipal por los años de la Construcción y el propietario no debería oponerse porque se puede cometer una penalización.

En contadas ocasiones, un vecino no quiere pasar la ITE porque su Apartamento no está con los requisitos adecuados. A este respecto, el Perito podría rehusar el examen sin visitar el Inmueble o declinar el materializar el Documento Escrito.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La ITE de un Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no se desee tributar la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a las características del Edificio o Piso.

En el supuesto de que no desee asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, requerida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para averiguar si su edificio ha pasado una Inspección Técnica de Edificio, debes inspeccionar el expediente que se presenta después de que la auditoría. En dicha documentación se informará si la construcción ha superado la revisión y si se han descubierto desperfectos.

Si no cuenta con el documento informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la que se encarga de desempeñar y conservar las Inspecciones Técnicas. Ya hemos mencionado que es obligado ejecutar la evaluación de edificios y que su alcance varía de región a región.

Por ejemplo:

En tarragona, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe ejecutarse el Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.

En Cataluña, la inspección debe realizarse cada década para edificaciones con una edad superior a cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en tarragona y tarragona, se obliga a un examen cada década para las construcciones que superen los 30 años.

¿Qué se comprueba en la ITE?

A lo largo de la ITE se verifican diferentes elementos del edificio, tal como la arquitectura, las instalaciones, el exterior, el tejado y los espacios comunes. También se examina la accesibilidad de la edificación, en pocas palabras, si es fácilmente transitable para ciudadanos con incapacidad o movilidad reducida.

En la ITE se revisa la condición de los componentes siguientes del edificio:

  • Estructura: se verifica la estabilidad y protección de la estructura de la edificación, incluyendo los componentes de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.
  • Zonas comunes: se analiza la situación de preservación de las zonas comunes del edificio, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
  • Revestimiento y Tejado: se evalúa el estado de preservación de la fachada y la cubierta, también del recubrimiento, las repisas y las cañerías de agua pluvial.
  • El Acceso: se revisa la accesibilidad a la construcción para personas con incapacidad o desplazamiento reducido, comprobando la presencia de rampas, ascensores, pasamanos y otros componentes obligatorios.
  • Instalaciones: se revisa el estado y funcionamiento del equipamiento de la construcción, entre otras cosas la electricidad, el agua, el gas y los sistemas de climatización.

En el caso de que se descubra deficiencias en cualquiera de estos componentes, se elaboran fechas para su subsanación y se emite un escrito con las operaciones obligatorias para facilitar la protección y manutención de la construcción.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Cada uno de los Edificios en en Ginestar se encuentran requeridos a acatar la adecuada Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se encuentra detallada en el mismo catastro

Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería aconsejable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar con detalle de que no surjan problemas.

Hay algunas edificios que, según la Normativa Municipal deben pasar la Evaluación cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que dispone de la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años necesita pasar la ITE de forma requerida, pero en determinados Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de requerimiento.

Si pretendes traspasar una vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a obligar que aportes el Certificado ITE, sin embargo si posees un acuerdo entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería negar la compraventa.

En el supuesto de no realizar esta Inspección imperativa, puede entrañar unas sanciones bastante elevadas que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5000 y 6000 Euros.