¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Montemayor del Río es una comprobación pertinente que se realiza en Edificios con el propósito de proteger la integridad y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.
En este artículo, te describimos por qué la Inspección Técnica de Edificios es primordial, las ventajas, las partes que hay que valorar y cómo hacer una evaluación adecuadamente. ¡Sigue leyendo para saber todo respecto a este método fundamental!
La inspección del inmueble se ejecuta por inspectores autorizados que detectan potenciales defectos y evaluarán si es necesario realizar soluciones
La comprobación del Edificio tiene como finalidad analizar posibles peligros vinculados con la seguridad de los edificios, la humedad en el edificio, la corrosión, aunque no cubre la detección de la presencia de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque suene, no son la misma cosa. No obstante voy a explicarte particularmente.
El alcance de la ITE es evaluar la conservación de la edificación. Y la IEE analiza la accesibilidad para personas con discapacidad y la eficiencia energética.
Desde hace algunos años, la revisión de una edificación se ha mejorado, incluyendo la inspección del edificio en sí mismo, sumado a la adaptabilidad, así como la optimización energética. Por eso, en la actualidad se llama con el nombre de IEE para incluir todos estas mismas tareas indispensables.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que comprueba el estado de la propiedad y su cumplimiento con los requisitos de seguridad estructural, habitabilidad de la vivienda, y las condiciones urbanas.
Este documento tiene que ser presentado en determinadas situaciones cuando un edificio tiene un cierto tiempo desde su construcción, y en ciertas regiones o zonas de España es imperativo.
En varias localidades de nuestro País el Certificado ITE se exige su presentación además cuando se pide una Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.
Un Certificado ITE muestra descripción minuciosa de la Comprobación de la Consistencia de la Estructura, Sistemas de Prevención de Incendios, Sistema Eléctrico y de Saneamiento
El Certificado cumple con la finalidad de una evidencia de consulta para la Inspección siguiente y mantenimiento del Edificio.
¿Qué sucede si un vecino no quiere pasar la ITE?
En todos los edificios hay quienes no están conformes con aceptar los asuntos impuestos, pese a que sean establecidos de manera ineludible.
La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una Inspección Técnica de Edificios y suponer que podría ser un gasto elevado podría ser una de las razones por las que un propietario no esté de acuerdo a realizar la ITE.
El Gobierno Municipal exige a pasar la ITE por los años del inmueble, por lo cual el vecino no debería rechazarla ya que puede ser sancionado si lo hace.
Otras veces, un vecino no desea pasar la Inspección ya que su Vivienda no está con los requisitos adecuados. Por consiguiente, el Técnico podría negarse a la inspección sin acudir al Inmueble o declinar el materializar el Reporte Oficial.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta ITE de un Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no se quiera abonar la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Gobierno Municipal, se podría cometer una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no se intente liquidar la ITE, requerido por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para enterarse si su edificio ha completado una ITE, tienes que analizar los resultados confirmados que se otorgan después de la evaluación. Esta declaración precisará si la construcción ha pasado la revisión y si se han identificado irregularidades.
Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública encargada, que es la responsable de completar y almacenar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho con anterioridad que es apremiante hacer la revisión técnica de edificios y que su ámbito de aplicación varía de unas ciudades a otras.
Por ejemplo:
En salamanca, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe efectuarse un Examen de Evaluación de Edificios cada década para edificios con más de cincuenta años de existencia.
En Cataluña, la inspección debe efectuarse cada década para edificios con una antigüedad de más de 45 años. Mientras que en salamanca y salamanca, se obliga a un examen cada diez años para aquellos edificios que superen los 30 años.
¿Qué se analiza en la ITE?
Se analiza la accesibilidad del edificio, para revisar si es de fácil tránsito para personas con desplazamiento reducido o discapacidad. En la Inspección Técnica de Edificio se evalúan la estructura, las instalaciones, la cubierta, la fachada y las zonas comunes.
En la ITE se analiza el estado de los componentes siguientes de la edificación:
- Instalaciones: se evalúa la condición y funcionamiento de las instalaciones del edificio, así como la energía eléctrica, el agua, el gas y los sistemas de acondicionamiento del aire.
- Zonas comunes: se evalúa la condición de conservación de los espacios comunes del edificio, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
- La Accesibilidad: se verifica la accesibilidad a la construcción para usuarios con imposibilidad o movilidad reducida, analizando la existencia de rampas, elevadores, pasamanos y otros elementos obligatorios.
- Revestimiento y Cubierta: se analiza el estado de conservación de la fachada y el tejado, incluso del recubrimiento, las juntas y las cañerías de agua pluvial.
- Estructura: se revisa la estabilización y protección de la estructura de la construcción, incluyendo los componentes de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y las columnas.
En el supuesto de que se descubra defectos en cualquiera de esos elementos, se establecen fechas para su subsanación y se formula un informe con las intervenciones fundamentales para proteger la protección y conservación del edificio.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Los Edificios en en Montemayor del Río están requeridos a completar la correspondiente Revisión Técnica antes de los 45 años de edad, la cual se encuentra detallada en el mismo registro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería recomendable volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no surjan problemas.
Hay unos cuantos Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían realizar la Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.
El Deber es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma obligatoria, pero en algunos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden aumentar los años de obligatoriedad.
Si pretendes traspasar la vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a requerir que presentes el Certificado ITE, no obstante si existe un pacto entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería invalidar la compraventa.
En el caso de no realizar la Inspección requerida, puede entrañar unas penalizaciones realmente graves que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5 y 6 mil Euros.