¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Olmeda del Rey es una auditoría necesaria que se lleva a cabo en Edificios con el objetivo de proteger la protección y el mantenimiento adecuado de las edificaciones e instalaciones.
En este post, te mostramos por qué la Inspección Técnica es primordial, las ventajas, los elementos que tienes que valorar y cómo efectuar una inspección debidamente. ¡Continua leyendo para descubrir todo referente a este método fundamental!
La peritación de la construcción se lleva a cabo por personal competente que descubren probables deficiencias y determinarán la conveniencia de llevar a cabo acondicionamientos
La valoración del edificio tiene como propósito evaluar posibles peligros vinculados con la seguridad de las edificaciones, la humedad en la edificación, la erosión, pero no abarca la identificación de problemas de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no son sinónimos. No obstante voy a explicarte específicamente.
La función de la ITE es evaluar el estado de conservación de la propiedad. Y la IEE investiga la accesibilidad y el rendimiento energético.
Recientemente, la revisión técnica de un bien inmueble se ha optimizado, incluyendo la inspección de la propia construcción, sumado a la accesibilidad, además de la eficacia energética. Así que, ahora se llama con el nombre de IEE para abarcar todos estas inspecciones imprescindibles.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que corrobora el estado de la propiedad y su cumplimiento siguiendo las regulaciones de seguridad, habitabilidad, y el ámbito urbano.
Este documento debe ser presentado en determinadas situaciones cuando una edificación posee una edad determinada, y en determinadas o localidades de España es exigido por ley.
En varias localidades de nuestro País el Certificado ITE es necesario presentarlo además mientras que se tramita una Licencia de Obra mayor o cuando se piden Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.
Un Certificado ITE muestra especificaciones de la Revisión de la Estructura del Edificio, Sistemas de Seguridad contra Incendios, Infraestructura Eléctrica y Sanitaria
Este Certificado desempeña el papel de Escrito de consulta para la futura Inspección y cuidado del Inmueble.
¿Cuánto se demora en hacer una ITE?
El lapso de tiempo de la ITE en términos generales fluctúa entre 2 y 4 horas, dependiendo de muchas circunstancias como la magnitud, la antigüedad y la dificultad de la edificación. No obstante, en algunos casos este lapso de tiempo puede incrementarse.
Para llevar a cabo la Inspección Técnica de Edificios (ITE) se requiere disponer del tiempo suficiente para someterse a la totalidad de las comprobaciones necesarias, puesto que se tiene que inspeccionar plenamente la calidad de seguridad y conservación del inmueble.
Para adquirir un análisis más específico de la situación de la propiedad, es posible que en ocasiones se necesiten pruebas complementarias como estudios de materiales o exámenes de humedad, eso podría aumentar la duración de la evaluación.
Posteriormente a la inspección se desarrolla el Documento por el Técnico autorizado, se firma y entrega en el Ayuntamiento, en consecuencia todo el proceso puede extenderse cerca de 3 semanas.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Cada uno de los Edificios en en Olmeda del Rey están obligados a acatar la adecuada Revisión Técnica antes de los 45 años de edad, la cual se halla incorporada en el propio registro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.
Existen unos cuantos edificios que, según la Normativa Municipal deben someterse a esa Evaluación cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, ya que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Municipal de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no pretenda asumir la Tasa de la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.
¿Qué pasa si un vecino no quiere hacer la ITE?
En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes no están conformes con aceptar los asuntos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligada.
El entendimiento limitado de cómo se realiza una ITE y creer que el costo será elevado, podría ser un motivo para que un vecino no esté de acuerdo a aprobar una ITE.
La responsabilidad de proceder a la ITE es porque te lo exige el Ayuntamiento por los años de la Construcción y el propietario no debería oponerse ya que se puede incurrir en una multa.
Otras veces, un vecino no quiere permitir la Inspección Técnica de Edificio debido a que su Piso no reúne las características adecuadas. En cuyo caso, el Técnico podría desestimar el examen sin inspeccionar el Inmueble o desestimar el materializar el Reporte Oficial.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para enterarse si el edificio ha culminado una Inspección Técnica, tienes que evaluar el expediente que se proporciona posteriormente a la auditoría. En dicho expediente se precisará si el edificio ha pasado la revisión y si se han identificado desperfectos.
Si no dispone de acceso al informe, puede acudir con la administración pública pertinente, puesto que es la responsable de la materialización y consignación de las ITE. Tal como dijimos antes, es apremiante la materialización de la ITE y que varía de unas zonas a otras.
Por ejemplo:
La Reglamentación IEE en cuenca determina que la ITE tiene que ser desempeñado cada decenio para las construcciones que posean más de 50 años de antigüedad.
En Catalunya tiene que realizarse cada diez años para edificaciones de más de 45 años. En cuenca cada década, para edificaciones superior a treinta años, tal como en cuenca.
¿Qué se analiza en la ITE?
Se revisa la facilidad de acceso del inmueble, para examinar si es de cómodo tránsito para personas con desplazamiento limitado o incapacidad. En la ITE se evalúan la arquitectura, las instalaciones, la cubierta, la fachada y los espacios comunes.
En la Inspección Técnica de Edificio se revisa la condición de las zonas siguientes de la edificación:
- Arquitectura: se analiza la estabilidad y seguridad de la arquitectura de la edificación, incluido los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las viguetas y las columnas.
- El Acceso: se analiza la accesibilidad al edificio para personas con incapacidad o movimiento limitado, analizando la existencia de pasarelas, elevadores, pasamanos y otros elementos imprescindibles.
- Espacios Comunes: se comprueba la condición de mantenimiento de las zonas comunes de la edificación, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
- Revestimiento y Cubierta: se comprueba el estado de conservación del exterior y el tejado, adicionalmente del revestimiento, las repisas y las cañerías de agua de lluvia.
- Infraestructuras: se revisa la situación y desempeño de las instalaciones del edificio, conjuntamente con la energía eléctrica, el agua, el gas y los sistemas de climatización.
Si se localizan carencias en alguno de estos componentes, se preparan los plazos de regularización y se formula un documento con las operaciones decisivas para proteger la seguridad y mantenimiento inmueble.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en determinados Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden diferir los años de requerimiento.
Si pretendes traspasar una vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a reclamar que proporciones el Certificado ITE, pero si existe un consenso entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería cancelar la compraventa.
En el supuesto de no realizar la Inspección obligatoria, puede suponer unas sanciones realmente importantes que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5000 y 6000 Euros.