escríbenos y te llamamos: info@ITE-EDIFICIOS.ES

inspeccion tecnica de edificios Olván

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Olván es una verificación obligatoria que se efectúa en Edificios con la finalidad de garantizar la seguridad y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.

En este post, te especificamos por qué la ITE es imprescindible, las ventajas, los elementos que hay que valorar y cómo realizar una inspección convenientemente. ¡Sigue leyendo para saber todo referente a esta práctica esencial!

La evaluación técnica del edificio se ejecuta por técnicos calificados que observan posibles anomalías y juzgarán si es necesario realizar arreglo

La supervisión de la propiedad tiene como finalidad revisar posibles peligros ligados a la seguridad de los edificios, la humedad en la estructura, el deterioro, aunque no cubre la detección de la manifestación de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque pueda parecer, no es lo mismo. No obstante quiero explicarte concretamente.

La misión de la ITE es evaluar el mantenimiento de la edificación. Y la IEE revisa la accesibilidad así como la eficiencia en el uso de la energía.

En los últimos tiempos, la revisión de una edificación se ha modernizado, abarcando la revisión de la edificación en cuestión, sumado a la adaptabilidad, sumado a la eficacia energética. En consecuencia, ahora se conoce como IEE para englobar todos estas mismas inspecciones obligatorias.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Escrito Oficial que acredita la situación de la propiedad y su cumplimiento de acuerdo con los requisitos de seguridad en la construcción, condiciones de habitabilidad, y las condiciones urbanas.

Este informe debe entregarse en algunas ocasiones cuando un edificio tiene un número de años desde su construcción, y en algunas comunidades o zonas de España es exigido por ley.

En algunas poblaciones de España dicho Certificado ITE debe presentarse aún cuando se pide la Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.

Un Certificado ITE posee datos sobre la Comprobación de la Consistencia de la Estructura, Dispositivos de Seguridad contra Incendios, Red Eléctrica y de Saneamiento

El Certificado cumple con la finalidad de un Registro de orientación para la Evaluación futura y mantenimiento del Edificio.

Finalidad: Solicitud de Información | Legitimación: Tu consentimiento expreso | Destinatario: Alojados en WordPress | Derechos: Tienes derecho al acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y olvido de tus datos en info(arroba)ite-edificios.es. Los datos que introduzcas en el Formulario serán tratados con confidencialidad y alojados en los Servidores de OVH Hispano S.L. OVH Hispano S.L. cumple con la Normativa Europea de Protección de Datos. También puedes consultar el Aviso Legal y la Política de Privacidad de esta web.

¿Qué ocurre si un vecino no quiere hacer la ITE?

En la mayoría de las Comunidades hay quienes se niegan a aceptar los asuntos impuestos, aunque sean establecidos de manera obligada.

La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una ITE y contar con que podría ser un coste elevado podría ser una de las razones por las que un vecino se niegue a pasar la Inspección Técnica de Edificios.

El Gobierno Municipal exige a pasar la Inspección Técnica de Edificio debido a los años de la Construcción, por consiguiente el vecino no debería oponerse ya que puede ser penalizado si lo hace.

Ocasionalmente un propietario no desea pasar la Inspección ya que su Vivienda no está en las circunstancias perfectas. El Ingeniero, a este respecto, podría firmar sin inspeccionar esa Residencia o negarse a la ejecución del Informe.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más teniendo en cuenta las características de la Edificación o Vivienda.

En el escenario de que no desee asumir el Precio de la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La ITE de un Edificio la abona el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no se quiera abonar la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Gobierno Municipal, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que la han rechazado.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para conocer si un edificio ha culminado la Inspección Técnica de Edificio, tienes que examinar el informe el cual se facilita tras la auditoría. En dicha documentación se precisará si el edificio ha superado la inspección y si se han detectado defectos.

Si no posee acceso al expediente, puede consultar con la administración pública competente, dado que es la encargada de la materialización y consignación de las ITE. Como hemos mencionado antes, es obligado la consecución de la inspección técnica de edificios y que oscila de unas localidades a otras.

De este modo:

La Legislación IEE en Asturias establece que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser desarrollado cada década para las construcciones que tengan más de 50 años de antigüedad.

En Catalunya, la revisión tiene que realizarse cada diez años para construcciones con una edad superior a 45 años. Al mismo tiempo que en barcelona y Valencia, se obliga a un examen cada diez años para aquellos edificios que superen los 30 años.

¿Qué se analiza en la ITE?

Se comprueba la accesibilidad del inmueble, para examinar si es de fácil tránsito para ciudadanos con desplazamiento limitado o impedimento. En la Inspección Técnica de Edificio se evalúan la arquitectura, las instalaciones, la cubierta, el exterior y las zonas comunes.

Concretamente, en la Inspección Técnica se analiza la condición de las posteriores partes de la edificación:

  • Arquitectura: se revisa la estabilidad y seguridad de la estructura del edificio, incluido los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.
  • Instalaciones: se revisa el estado y funcionamiento de las instalaciones de la construcción, así como la energía, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.
  • Fachada y Tejado: se evalúa la situación de conservación del exterior y la cubierta, asimismo del recubrimiento, las juntas y las tuberías de agua pluvial.
  • Espacios Comunes: se revisa la situación de conservación de las zonas comunes del edificio, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
  • El Acceso: se revisa la facilidad de acceso al edificio para usuarios con minusvalidez o desplazamiento reducido, analizando la disponibilidad de rampas, ascensores, pasamanos y otros elementos obligatorios.

Si se detectan deficiencias en determinados de estos puntos, se precisan las fechas de regularización y se formula un informe con las operaciones indispensables para procurar la protección y mantenimiento inmueble.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Cada uno de los Inmuebles en en Olván se encuentran obligados a completar la correspondiente Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual se refleja en el propio catastro

Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no haya problemas.

Hay varios edificios que, según la Normativa Municipal tienen la obligación de someterse a esa Inspección cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años necesita pasar la ITE de forma requerida, pero en diversos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden variar los años de requerimiento.

Si necesitas liquidar la vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a ordenar que proporciones el Certificado ITE, no obstante si hay un consenso entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería negar la compraventa.

En caso de no llevar a cabo esta Inspección obligatoria, puede suponer unas sanciones muy considerables que van a estar sujetas del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar inclusive hasta los 6000 euros.