¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Orrios es una evaluación necesaria que se efectúa en Edificios con la finalidad de velar por la seguridad y el adecuado cuidado de las construcciones e instalaciones.
En este post, te mostramos por qué la Inspección Técnica es fundamental, los beneficios, las partes que tienes que comprobar y cómo realizar una evaluación debidamente. ¡Continua leyendo para conocer todo sobre esta práctica esencial!
El examen de la propiedad se ejecuta por peritos expertos que descubren eventuales imperfecciones y determinarán si es necesario realizar ajustes
El análisis de la propiedad tiene como propósito analizar peligros ligados con la seguridad de la construcción, la humedad en el inmueble, el deterioro, pero no cubre la detección de la patología de la aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque pueda parecer, no son exactamente iguales. No obstante voy a precisarte particularmente.
La función de la ITE es evaluar el mantenimiento de la vivienda. Y la IEE analiza la adaptabilidad y la energía consumida.
Desde hace unos cuantos años, la revisión de una edificación se ha optimizado, incluyendo la evaluación de la propia construcción, junto con la adaptabilidad, incluyendo el ahorro energético. Por tanto, en la actualidad se llama como IEE para contemplar todas estas mismas inspecciones requeridas.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que certifica la calidad de la construcción y su cumplimiento siguiendo las leyes de seguridad en la construcción, habitabilidad y confort, y el medio ambiente urbano.
Este Certificado es obligatorio entregarse en algunos casos cuando un edificio tiene cierto tiempo de antigüedad, y en algunas comunidades o zonas de España es de carácter obligatorio.
En diversas poblaciones de nuestro País el Certificado ITE es necesario presentarlo incluso cuando se pide la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.
Un Certificado ITE incluye análisis completo de el Estudio de la Estructura del Edificio, Dispositivos de Seguridad contra Incendios, Instalación Eléctrica y Sanitaria
El Certificado cumple con la finalidad de una prueba de referencia para la próxima Revisión y conservación de la Estructura.
¿Qué sucede si un propietario no quiere hacer la ITE?
En todas las comunidades hay quienes no están conformes con aceptar los requerimientos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligada.
El desconocimiento total de cómo funciona una ITE y suponer que el precio será elevado, podría ser una razón para que un vecino no esté conforme a aprobar una ITE.
El Gobierno Municipal demanda a pasar la inspección debido a la Antigüedad del Edificio, por esta razón el propietario no debería rechazarla ya que puede ser multado en caso afirmativo.
De vez en cuando un propietario no quiere pasar la Inspección porque su Vivienda no está en las circunstancias idóneas. El Ingeniero, en tal caso, podría formalizar el proceso sin visitar ese Domicilio o rehusar la materialización del Informe.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a la naturaleza de la Edificación o Vivienda.
En el caso de que no pretenda asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, exigida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la condición del Edificio o Piso.
En el escenario de que no se desee reembolsar la Inspección Técnica de Edificios, exigido por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?
Para descubrir si el edificio ha efectuado una Inspección Técnica de Edificio, tienes que evaluar el informe el cual se proporciona al cabo de la supervisión. En dicho expediente se indicará si la edificación ha pasado la evaluación y si se han observado defectos.
Si no dispone del documento informativo, puede ir a la entidad pública encargada, que es la responsable de desempeñar y conservar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como acabamos de decir que es obligatorio hacer la inspección de edificios y que su cobertura varía de unos lugares a otros.
De este modo:
La Ley IEE en teruel determina que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) tiene que ser realizado cada decenio para las edificaciones que acumulen más de 50 años de antigüedad.
En Catalunya debe ejecutarse cada decenio para edificios superior a 45 años. En teruel cada década, para edificaciones superior a treinta años, así como en teruel.
¿Qué se analiza en la ITE?
Durante la Inspección Técnica de Edificio se verifican numerosos componentes del edificio, como la arquitectura, las instalaciones, la fachada, el tejado y los espacios comunes. Además se examina la accesibilidad del edificio, en consecuencia, si es fácilmente transitable para personas con imposibilidad o movimiento limitado.
Concretamente, en la Inspección Técnica de Edificio se verifica la condición de las posteriores partes del edificio:
- Instalaciones: se verifica la condición y comportamiento del equipamiento del edificio, al igual que la electrificación, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
- Arquitectura: se verifica la estabilización y protección de la arquitectura del edificio, incluyendo los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y los pilares.
- Espacios Comunes: se revisa la condición de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
- Fachada y Cubierta: se comprueba el estado de mantenimiento del exterior y el tejado, también del envolvente, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
- La Accesibilidad: se verifica la facilidad de acceso a la edificación para personas con minusvalía o movimiento limitado, analizando la presencia de rampas, elevadores, barandillas y otros componentes imprescindibles.
En el supuesto de que se identifique defectos en cualquiera de estos puntos, se preparan plazos para su subsanación y se emite un escrito con las actuaciones necesarias para garantizar la protección y manutención de la construcción.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Los Edificios en en Orrios se encuentran obligados a cumplir con la pertinente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual está reflejada en el propio registro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería recomendable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar con detalle de que no existan problemas.
Hay unos cuantos Edificios que, según la Normativa Municipal, deben someterse a la Evaluación cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
La Obligación es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Municipal de la Ciudad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Si una vivienda tiene por encima de 50 años necesita pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en determinados Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.
Si pretendes liquidar la vivienda y la misma necesita pasar la ITE entonces te van a requerir que remitas el Certificado ITE, en cambio si hay un trato entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería negar la compraventa.
En el caso de no proceder a esta Inspección obligatoria, puede entrañar unas sanciones realmente considerables que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5 y 6 mil Euros.