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inspeccion tecnica de edificios Pedro Muñoz

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Pedro Muñoz es una supervisión primordial que se realiza en Edificios con la finalidad de velar por la seguridad y la debida conservación de las edificaciones e instalaciones.

¡Descubre todo sobre este método fundamental leyendo este post! Te mostramos las ventajas, los elementos medibles y cómo realizar una Evaluación convenientemente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible.

La evaluación técnica del edificio se ejecuta por especialistas que observan probables deficiencias y establecerán la oportunidad de efectuar reparaciones

La peritación del edificio busca examinar posibles peligros asociados a la seguridad de la propiedad, la humedad en el inmueble, la degradación, sin embargo no incluye la detección de la detección de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no son exactamente iguales. Pero déjame aclararte específicamente.

El objetivo de la ITE es evaluar el mantenimiento de la vivienda. Y la IEE investiga la accesibilidad así como la gestión energética.

Desde hace algunos años, la revisión técnica de un bien inmueble se ha actualizado, contemplando la inspección de la edificación en cuestión, junto con la accesibilidad, además de el consumo energético. De este modo, ahora se refiere con el nombre de IEE para englobar todos estas revisiones obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Documento que confirma la condición del inmueble y su cumplimiento con los criterios de seguridad, habitabilidad y confort, y su entorno urbano.

Este Certificado es obligatorio ser presentado en algunos casos cuando un inmueble cuenta con un número de años desde su construcción, y en ciertas regiones o localidades de España es de carácter obligatorio.

En diversas poblaciones de España dicho Certificado ITE debe presentarse además cuando se solicita la Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la estructura.

Ese Certificado ITE contiene detalles como el Estudio de la Consistencia de la Estructura, Dispositivos de Seguridad contra Incendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento

El Certificado cumple con la finalidad de Escrito de consulta para la futura Inspección y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?

En todas las comunidades frecuentemente hay personas que no están de acuerdo con las cosas que se deben ejecutar, a pesar de que sean obligatorias.

La ignorancia de lo que se efectúa en una Inspección Técnica de Edificios y contar con que podría ser un desembolso elevado podría ser una de los argumentos por las que un vecino no esté conforme a ejecutar la Inspección Técnica de Edificios.

La obligatoriedad de pasar la ITE es porque te lo solicita el Ayuntamiento por la Antigüedad del Edificio y el propietario no debería resistirse puesto que se puede cometer una multa.

A menudo un vecino no quiere ejercer la Inspección puesto que su Casa no está en las circunstancias perfectas. El Ingeniero, en este sentido, podría suscribir sin inspeccionar esa Residencia o oponerse a la realización del Informe.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una ITE puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la condición del Edificio o Vivienda.

En el supuesto de que no se desee reembolsar la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Ayuntamiento, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una ITE puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a las características de la Edificación o Piso.

En el escenario de que no se pretenda costear la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que la han rechazado.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para enterarse si su edificio ha ejecutado la ITE, debes verificar los resultados documentados que se otorgan después de la evaluación. Esta información indicará si la construcción ha superado la verificación y si se han encontrado irregularidades.

Si no dispone del documento informativo, puede ir a la entidad pública pertinente, que es la que se encarga de completar y almacenar las Inspecciones Técnicas. Ya hemos mencionado que es vinculante hacer la revisión técnica de edificios y que su cobertura varía de unos sitios a otros.

En concreto:

En ciudadreal, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) define que debe ejecutarse el Informe de Evaluación de Edificios cada década para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.

En Catalunya, la revisión tiene que realizarse cada decenio para edificios con una edad de más de cuarenta y cinco años. Mientras que en ciudadreal y ciudadreal, se requiere una evaluación cada diez años para aquellos edificios que superen los 30 años.

¿Qué se analiza en la ITE?

Se revisa la accesibilidad del inmueble, para examinar si es de fácil tránsito para ciudadanos con desplazamiento reducido o discapacidad. En la ITE se verifican la estructura, las instalaciones, el tejado, el exterior y los espacios comunes.

En particular, en la ITE se analiza la situación de las siguientes zonas de la construcción:

  • Estructura: se verifica la estabilidad y protección de la estructura de la construcción, incluyendo los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y los pilares.
  • Instalaciones: se evalúa el estado y comportamiento de las instalaciones de la construcción, entre otras cosas la corriente eléctrica, el agua, el gas y los mecanismos de climatización.
  • Revestimiento y Cubierta: se revisa la condición de mantenimiento del exterior y el tejado, incluso del recubrimiento, las repisas y las tuberías de agua pluvial.
  • Espacios Comunes: se evalúa la situación de mantenimiento de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
  • El Acceso: se comprueba la facilidad de acceso a la construcción para usuarios con discapacidad o movilidad reducida, analizando la disponibilidad de rampas, ascensores, pasamanos y otros componentes imprescindibles.

En el caso de que se encuentre deficiencias en cualquiera de esos puntos, se precisan plazos para su corrección y se aporta un informe con las intervenciones imprescindibles para asegurar la protección y mantenimiento de la edificación.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Cada uno de los Edificios en en Pedro Muñoz se encuentran requeridos a cumplir con la correspondiente ITE antes de los 45 años de antiguedad, la cual está reflejada en el mismo registro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería conveniente volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.

Hay unos cuantos edificios que, según las Leyes Municipales tienen la obligación de someterse a esa Inspección cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Comarca la que dispone de la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Cuando una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en ciertos Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.

Si pretendes traspasar la vivienda y la misma le hace falta pasar la ITE entonces te van a ordenar que proporciones el Certificado ITE, no obstante si existe un acuerdo entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería derogar la compraventa.

En el supuesto de no proceder a esta Inspección imperativa, puede constituir unas multas bastante sustanciales que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar posiblemente entre 5000 y 6000 Euros.