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inspeccion tecnica de edificios Puebla de San Medel

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Puebla de San Medel es una revisión obligatoria que se lleva a cabo en Edificios con la meta de proteger la seguridad y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.

¡Conoce todo referente a este método vital leyendo este artículo! Te especificamos las ventajas, los componentes medibles y cómo realizar una Evaluación correctamente, para que comprendas por qué la ITE es imprescindible.

La valoración de la propiedad se realiza por especialistas que observan eventuales carencias y concluirán la necesidad de acondicionamientos

La peritación del edificio busca evaluar peligros vinculados a la seguridad de las edificaciones, la humedad en el edificio, la erosión, pero no abarca la identificación de la aparición de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aun cuando, no tienen la misma función. Sin embargo déjame aclararte particularmente.

La misión de la ITE es evaluar el estado general del inmueble. Y la IEE verifica la adaptabilidad así como el uso de la energía.

Desde hace algunos años, la verificación de una construcción se ha mejorado, abarcando la inspección del edificio en sí mismo, junto con la adaptabilidad, incluyendo la eficiencia energética. Por consiguiente, actualmente se conoce con el nombre de IEE para englobar todos estas mismas procesos obligatorias.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que valida la condición de la estructura y su cumplimiento con los criterios de seguridad estructural, habitabilidad de las estancias, y el paisaje urbano.

Este documento es obligatorio ser presentado en ciertas circunstancias cuando una edificación cuenta con un número de años desde su construcción, y en determinadas o lugares de España es requisito indispensable.

En diversas poblaciones de España dicho Certificado ITE se exige su presentación incluso mientras que se tramita la Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la estructura.

Ese Certificado ITE contiene detalles como la Inspección de la Estabilidad del Edificio, Medios de Protección contra Incendios, Dispositivos Eléctricos y de Saneamiento

El Certificado funciona como un Registro de consulta para la próxima Supervisión y cuidado del Inmueble.

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¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?

En todas las comunidades hay quienes no están conformes con aceptar los asuntos impuestos, aunque sean establecidos de manera ineludible.

El entendimiento limitado de cómo funciona una ITE y sugerir que el costo será elevado, podría ser una razón para que un vecino no esté de acuerdo a dar el visto bueno a una inspección técnica de edificios.

La obligatoriedad de pasar la ITE es porque te lo reclama el Gobierno Municipal por los años de la Construcción y el propietario no debería resistirse dado que se puede entrañar una penalización.

En contadas ocasiones, un vecino se niega a autorizar la Inspección porque su Domicilio no está con las características adecuadas. A este respecto, el Técnico podría rehusar la inspección sin entrar al Inmueble o desechar el confeccionar el Documento Escrito.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una ITE puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la naturaleza de la Construcción o Piso.

En el supuesto de que no desee asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no intente asumir el Precio de la Inspección Técnica de Edificios, requerida por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para saber si su edificio ha ejecutado la Inspección Técnica de Edificio, tienes que analizar los resultados fundamentados que se otorgan luego de la inspección. Esta declaración informará si la edificación ha superado la inspección y si se han detectado irregularidades.

Si no posee acceso al informe, puede hablar con el organismo público pertinente, ya que es la encargada de la puesta en práctica y registro de las ITE. Como acabamos de decir, es apremiante la implementación de la ITE y que varía de unos lugares a otros.

En concreto:

La Reglamentación IEE en salamanca establece que la ITE debe ser ejecutado cada diez años para las edificaciones que tengan más de 50 años de antigüedad.

En Catalunya tiene que efectuarse cada diez años para edificaciones superior a cuarenta y cinco años. En la Comunidad de salamanca cada decenio, para construcciones superior a treinta años, lo mismo que en salamanca.

¿Qué se inspecciona en la ITE?

Se revisa el acceso del edificio, para examinar si es de cómodo tránsito para personas con desplazamiento limitado o discapacidad. En la Inspección Técnica se revisan la estructura, la infraestructura, la cubierta, la fachada y las zonas comunes.

Entre otras cosas, en la Inspección Técnica se analiza la condición de las posteriores zonas de la construcción:

  • Fachada y Tejado: se analiza la condición de preservación del exterior y el tejado, incluso de la envoltura, las repisas y las cañerías de agua pluvial.
  • Arquitectura: se revisa la estabilización y seguridad de la estructura de la edificación, inclusive los componentes de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las vigas y las columnas.
  • Instalaciones: se evalúa el estado y desempeño de las instalaciones del edificio, así como la electrificación, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
  • La Accesibilidad: se analiza la facilidad de acceso a la edificación para usuarios con minusvalidez o desplazamiento reducido, evaluando la presencia de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos indispensables.
  • Espacios Comunes: se revisa el estado de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los rellanos y los elevadores.

En el caso de que se encuentre defectos en cualquiera de estos componentes, se establecen plazos de tiempo para su reparación y se suministra un escrito con las operaciones indispensables para asegurar la protección y manutención de la construcción.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Los Edificios en en Puebla de San Medel están requeridos a cumplir con la correspondiente ITE antes de los 45 años de antigüedad, la cual se refleja en el mismo registro

Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar a fondo de que no se detectan problemas.

Hay algunos edificios que, según las Leyes Municipales deben someterse a esa Evaluación cada cierto tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que detenta la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años hay que pasar la ITE de forma obligatoria, pero en determinados Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.

Si necesitas vender la vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a obligar que aportes el Certificado ITE, en cambio si posees un acuerdo entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería invalidar la compraventa.

En caso de no proceder a esta Inspección requerida, puede entrañar unas multas muy importantes que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar inclusive entre 5 y 6 mil Euros.