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inspeccion tecnica de edificios Rágama

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Rágama es una prueba fundamental que se realiza en Edificios con el propósito de proteger la seguridad y la debida conservación de las construcciones e instalaciones.

¡Conoce todo referente a este método fundamental leyendo este post! Te explicamos las ventajas, los elementos evaluables y cómo hacer una Inspección adecuadamente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible.

La peritación de la construcción se efectúa por técnicos calificados que detectan potenciales irregularidades y establecerán la conveniencia de realizar ajustes

El análisis de la propiedad busca inspeccionar peligros asociados con la seguridad de la construcción, la humedad existente, la descomposición, aunque no abarca la identificación de la existencia de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, sin embargo, no son exactamente iguales. Pero déjame precisarte particularmente.

El propósito principal de la ITE es evaluar la situación del bien inmueble. Y la IEE analiza la accesibilidad para personas con discapacidad así como la eficiencia en el uso de la energía.

En los últimos tiempos, la verificación de una construcción se ha actualizado, abarcando la evaluación de la propia construcción, además de la adaptabilidad, sumado a la eficiencia energética. Así que, actualmente se llama como IEE para englobar todos estas procesos obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que garantiza la calidad del Edificio y su cumplimiento según las regulaciones de seguridad, habitabilidad de la vivienda, y su entorno.

Este Certificado debe presentarse en algunas ocasiones cuando una edificación cuenta con un número de años desde su construcción, y en ciertas regiones o zonas de España es de carácter obligatorio.

En algunas poblaciones de España el Certificado ITE debe presentarse aún mientras que se tramita la Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.

El Certificado ITE incluye información detallada de la Revisión de la Integridad Estructural, Medios de Protección contra Incendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento

Este Certificado funciona como una prueba de orientación para la futura Inspección y mantenimiento de un Edificio.

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¿Qué ocurre si un propietario no quiere hacer la ITE?

En la amplia mayoría de las comunidades frecuentemente hay vecinos que no están en consonancia con las cuestiones que se deben efectuar, por más que sean obligadas.

La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una ITE e idear que podría ser un desembolso considerable podría ser una de las causas por las que un propietario se niegue a realizar la Inspección Técnica de Edificios.

El Gobierno Municipal exige a pasar la inspección por la Antigüedad del inmueble, por lo tanto el vecino no debería oponerse ya que puede ser penalizado si lo hace.

Muchas veces un vecino no desea pasar la Inspección dado a que su Apartamento no está en las circunstancias correctas. El Profesional, a este respecto, podría formalizar el proceso sin inspeccionar ese Domicilio o desestimar la realización del Documento Escrito.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no quiera asumir el Coste de la ITE, requerida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a las características del Edificio o Piso.

En el supuesto de que no pretenda asumir el Coste de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para saber si su edificio ha efectuado una ITE, tienes que evaluar los resultados confirmados que se ofrecen luego de la evaluación. Esta información precisará si el edificio ha superado la revisión y si se han detectado irregularidades.

Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública responsable, que es la responsable de finalizar y conservar las Inspecciones Técnicas. Tal como dijimos antes que es apremiante efectuar la revisión técnica de edificios y que su ámbito de aplicación varía de región a región.

Por ejemplo:

La Regulación IEE en salamanca define que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) tiene que ser ejecutado cada diez años para las construcciones que acumulen más de 50 años de antigüedad.

En Cataluña, la revisión debe realizarse cada diez años para edificios con una antigüedad superior a 45 años. Al mismo tiempo que en salamanca y salamanca, se obliga a un examen cada diez años para las construcciones que superen los 30 años.

¿Qué se examina en la ITE?

A lo largo de la Inspección Técnica de Edificio se verifican diferentes componentes de la construcción, tal como la estructura, la infraestructura, el exterior, la cubierta y las zonas comunes. Adicionalmente se analiza la facilidad de acceso del edificio, así pues, si es fácilmente transitable para personas con minusvalía o desplazamiento limitado.

Particularmente, en la Inspección Técnica de Edificio se verifica la situación de las siguientes partes del edificio:

  • Instalaciones: se evalúa la condición y funcionamiento del equipamiento del edificio, entre otras cosas la energía eléctrica, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
  • Zonas comunes: se analiza la condición de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
  • El Acceso: se revisa la facilidad de acceso a la construcción para personas con imposibilidad o movimiento limitado, evaluando la existencia de rampas, elevadores, pasamanos y otros elementos imprescindibles.
  • Fachada y Tejado: se verifica la condición de mantenimiento de la fachada y el tejado, además del envolvente, las repisas y las bajantes de agua de lluvia.
  • Arquitectura: se revisa la estabilización y protección de la arquitectura de la edificación, inclusive los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y las columnas.

En el supuesto de que se descubra desperfectos en cualquiera de esos aspectos, se establecen plazos de tiempo para su rehabilitación y se aporta un escrito con las operaciones decisivas para asegurar la protección y mantenimiento de la edificación.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Rágama están requeridos a pasar la correspondiente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual se refleja en el mismo registro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería recomendable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar con mucho cuidado de que no se detectan problemas.

Existen varios edificios que, según la Normativa Municipal deben pasar esa Evaluación cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Comarca la que mantiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años debe pasar la ITE de forma obligatoria, pero en diversos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden diferir los años de obligatoriedad.

Si aspiras a liquidar una vivienda y la misma le hace falta pasar la ITE entonces te van a requerir que muestres el Certificado ITE, sin embargo si posees un consenso entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería negar la compraventa.

En el caso de no llevar a cabo esta Inspección requerida, puede suponer unas penalizaciones realmente elevadas que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5000 y 6000 Euros.