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inspeccion tecnica de edificios San Román de los Montes

Artículo Actualizado a: noviembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en San Román de los Montes es una supervisión primordial que se realiza en Edificios con el propósito de velar por la seguridad y el correcto mantenimiento de las construcciones e instalaciones.

¡Conoce todo referente a este método vital leyendo este post! Te explicamos las ventajas, los componentes medibles y cómo hacer una Inspección adecuadamente, para que comprendas por qué la Inspección Técnica es imprescindible.

La comprobación del inmueble se lleva a cabo por inspectores capacitados que detectan eventuales carencias y evaluarán si es necesario realizar soluciones

La comprobación del Edificio busca revisar riesgos potenciales asociados con la seguridad de la propiedad, la humedad en el inmueble, la descomposición, pero no incluye la detección de la presencia de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se pueda pensar, no son exactamente iguales. Pero déjame precisarte concretamente.

La misión de la ITE es evaluar el estado de conservación de la edificación. Y la IEE estudia la adaptabilidad y la optimización energética.

Desde hace unos cuantos años, la evaluación de un edificio se ha modernizado, abarcando la evaluación de la edificación en cuestión, junto con la accesibilidad, incluyendo el rendimiento energético. De este modo, actualmente se llama como IEE para incluir todos estas mismas verificaciones imprescindibles.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que garantiza la condición de la construcción y su cumplimiento de acuerdo con los reglamentos de seguridad estructural, habitabilidad de las estancias, y el medio ambiente urbano.

Este Certificado debe mostrarse en algunos casos cuando una edificación tiene cierto tiempo de antigüedad, y en determinadas o zonas de España es exigido por ley.

En algunas ciudades de España dicho Certificado ITE es necesario presentarlo además mientras que se pide la Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración del edificio.

Este Certificado ITE presenta datos sobre la Inspección de la Estabilidad del Edificio, Sistemas de Control de Incendios, Dispositivos Eléctricos y de Saneamiento

Este Certificado actúa como una prueba de orientación para la Evaluación futura y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué sucede si un propietario no quiere hacer la ITE?

En la mayoría de las comunidades normalmente hay vecinos que no están en consonancia con las cuestiones que se tienen que deben, a pesar de que sean obligadas.

La ignorancia de lo que se efectúa en una Inspección Técnica de Edificios y contar con que podría ser un desembolso sustancial podría ser una de los argumentos por las que un propietario se niegue a pasar la ITE.

El Gobierno Municipal reclama a pasar la Inspección Técnica por los años del inmueble, por lo cual el vecino no debería oponerse ya que puede ser penalizado en caso afirmativo.

En contadas ocasiones, un vecino no quiere pasar la Inspección ya que su Vivienda no está con las características adecuadas. En cuyo caso, el Perito podría rehusar la inspección sin visitar el Inmueble o desechar el materializar el Documento Escrito.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una ITE puede variar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la condición del Edificio o Piso.

En el escenario de que no se desee liquidar la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría cometer una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Costo de una ITE puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la naturaleza de la Edificación o Piso.

En el supuesto de que no se quiera abonar la ITE, imprescindible por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?

Para conocer si un edificio ha culminado una Inspección Técnica de Edificio, debes revisar los resultados establecidos que se ofrecen después de la inspección. Esta documentación indicará si la construcción ha pasado la evaluación y si se han identificado irregularidades.

Si no tiene acceso a la documentación, puede acudir con la administración pública competente, dado que es la encargada de la puesta en práctica y consignación de las Inspecciones Técnicas. Como hemos dicho con anterioridad, es obligatorio la realización de la inspección técnica de edificios y que oscila de unos lugares a otros.

Por consiguiente:

En toledo, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) establece que debe realizarse el Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de existencia.

En Cataluña tiene que realizarse cada década para construcciones de más de 45 años. En la Comunidad de toledo cada decenio, para edificaciones superior a treinta años, así como en toledo.

¿Qué se examina en la ITE?

Se revisa el acceso del inmueble, para revisar si es de cómodo tránsito para personas con movimiento limitado o minusvalía. En la Inspección Técnica se verifican la arquitectura, las instalaciones, el tejado, el exterior y las zonas comunes.

En la ITE se analiza la situación de los elementos siguientes del edificio:

  • El Acceso: se revisa el acceso a la edificación para usuarios con minusvalía o desplazamiento reducido, analizando la presencia de rampas, elevadores, pasamanos y otros componentes imprescindibles.
  • Revestimiento y Tejado: se revisa la condición de mantenimiento del exterior y el tejado, además del revestimiento, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
  • Infraestructuras: se comprueba el estado y funcionamiento de las instalaciones de la construcción, además de la electrificación, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
  • Estructura: se evalúa la estabilización y protección de la estructura del edificio, incluyendo los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las vigas y las columnas.
  • Zonas comunes: se evalúa la situación de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como la entrada, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.

Si se detectan defectos en determinados de estos elementos, se determinan los tiempos de subsanación y se formula una memoria con las operaciones decisivas para facilitar la seguridad y mantenimiento inmueble.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Cada uno de los Edificios en en San Román de los Montes están obligados a completar la correspondiente Revisión Técnica antes de los 45 años de edad, la cual se refleja en el mismo registro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no surjan problemas.

Existen varios Edificios que, según las Leyes Municipales, deben someterse a la Evaluación cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, ya que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Comarca la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años obligan a pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en ciertos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden variar los años de requerimiento.

Si deseas vender la vivienda y la misma le hace falta pasar la ITE entonces te van a exigir que remitas el Certificado ITE, en cambio si posees un consenso entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería derogar la compraventa.

En caso de no realizar la Inspección imperativa, puede suponer unas sanciones realmente importantes que van a supeditarse del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar probablemente hasta los 6000 euros.