¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Atapuerca es un examen indispensable que se lleva a cabo en Edificios con el objetivo de velar por la seguridad y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.
En este artículo, te describimos por qué la ITE es primordial, las ventajas, los componentes que hay que valorar y cómo realizar una inspección correctamente. ¡Permanece leyendo para conocer todo respecto a este método esencial!
La peritación de la construcción se lleva a cabo por peritos expertos que identifican eventuales carencias y evaluarán la conveniencia de realizar mejoras
La peritación del edificio tiene como propósito examinar peligros relacionados con la seguridad de la construcción, la presencia de humedad, la descomposición, aunque no cubre la detección de los síntomas de la aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque suene, no son la misma cosa. No obstante quiero aclararte específicamente.
La finalidad de la ITE es evaluar la situación de la estructura. Y la IEE analiza la accesibilidad y el uso de la energía.
En los últimos tiempos, la evaluación de un edificio se ha mejorado, incluyendo la inspección de la edificación en cuestión, sumado a la accesibilidad, incluyendo el ahorro energético. De esta manera, ahora se refiere como IEE para englobar todos estas actividades indispensables.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que atestigua la condición de la estructura y su cumplimiento de acuerdo con la normativa sobre seguridad, habitabilidad urbana, y las condiciones urbanas.
Este informe es obligatorio presentarse en ciertas circunstancias cuando un inmueble posee un cierto tiempo desde su construcción, y en determinadas provincias o zonas de España es obligatorio.
En algunas ciudades de nuestro País dicho Certificado ITE es necesario presentarlo además mientras que se tramita una Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la construcción.
El Certificado ITE posee detalles como la Comprobación de la Resistencia de la Construcción, Sistemas de Control de Incendios, Red de Suministro Eléctrico y de Saneamiento
El Certificado cumple con la finalidad de una prueba de orientación para la futura Inspección y conservación de la Estructura.
¿Qué ocurre si un propietario no quiere pasar la ITE?
En todas las comunidades hay quienes se niegan a aceptar los requerimientos impuestos, a pesar de que sean establecidos de manera obligatoria.
La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una Inspección Técnica de Edificios y creer que podría ser un desembolso considerable podría ser una de las causas por las que un vecino no esté de acuerdo a ejecutar la Inspección Técnica de Edificios.
El Ayuntamiento exige a pasar la Inspección Técnica de Edificio por los años de la Construcción, por consiguiente el vecino no debería resistirse ya que puede ser penalizado si lo hace.
En muchos casos, un propietario no quiere permitir la Evaluación Técnica de la Edificación puesto a que su Apartamento no está con los requisitos adecuados. A este respecto, el Perito podría declinar el examen sin entrar al Inmueble o rehusar a confeccionar el Informe.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta ITE de un Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Costo de una ITE puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la condición del Edificio o Vivienda.
En el caso de que no intente asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, exigida por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no se pretenda reembolsar la ITE, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría cometer una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que se han negado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?
Para saber si el edificio ha completado la Inspección Técnica, debes comprobar los resultados documentados que se otorgan después de la inspección. Esta documentación definirá si el edificio ha superado la revisión y si se han localizado irregularidades.
Si no cuenta con el documento informativo, puede ir a la entidad pública encargada, que es la que se encarga de desempeñar y conservar las ITE. Como hemos dicho anteriormente que es obligado ejecutar la revisión técnica de edificios y que su cobertura varía de unos sitios a otros.
Por ejemplo:
En burgos, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe efectuarse un Informe de Evaluación de Edificios cada década para construcciones con más de cincuenta años de existencia.
En Cataluña debe efectuarse cada década para construcciones de más de 45 años. En burgos cada década, para edificaciones de más de 30 años, así como en burgos.
¿Qué se examina en la ITE?
A lo largo de la Inspección Técnica de Edificio se comprueban varios aspectos de la edificación, en particular la arquitectura, las instalaciones, la fachada, el tejado y las zonas comunes. Además se examina la facilidad de acceso del edificio, en concreto, si es cómodamente transitable para personas con impedimento o desplazamiento limitado.
En la Inspección Técnica de Edificio se evalúa el estado de los componentes siguientes de la construcción:
- La Accesibilidad: se comprueba la facilidad de acceso al edificio para ciudadanos con minusvalidez o movimiento limitado, analizando la disponibilidad de rampas, ascensores, pasamanos y otros componentes requeridos.
- Fachada y Tejado: se evalúa el estado de preservación de la fachada y la cubierta, asimismo de la envoltura, las juntas y las bajantes de agua de lluvia.
- Instalaciones: se verifica el estado y funcionamiento del equipamiento de la construcción, al igual que la electricidad, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
- Estructura: se revisa la estabilización y seguridad de la arquitectura de la construcción, incluyendo los componentes de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.
- Espacios Comunes: se revisa el estado de conservación de los espacios comunes del edificio, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
En el caso de que se encuentre deficiencias en alguno de esos aspectos, se establecen plazos de tiempo para su corrección y se formula un escrito con las ejecuciones convenientes para proteger la seguridad y conservación del edificio.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Cada uno de los Edificios en en Atapuerca están requeridos a acatar la pertinente Inspección Técnica antes de los 45 años de antigüedad, la cual está reflejada en el mismo registro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.
Hay varios Edificios que, según la Normativa Municipal, tienen la obligación de someterse a la Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.
La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que posee la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma obligatoria, pero en ciertos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de requerimiento.
Si quieres traspasar la vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a obligar que muestres el Certificado ITE, en cambio si posees un consenso entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería derogar la compraventa.
En caso de no proceder a la Inspección requerida, puede involucrar unas sanciones bastante elevadas que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso hasta los 6000 euros.