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inspeccion tecnica de edificios Santa Cruz de Bezana

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Santa Cruz de Bezana es un control indispensable que se realiza en Edificios con la meta de asegurar la protección y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.

En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica es imprescindible, las ventajas, las partes que tienes que evaluar y cómo efectuar una inspección debidamente. ¡Sigue leyendo para descubrir todo referente a esta práctica imprescindible!

La supervisión de la edificación se lleva a cabo por personal competente que encuentran posibles problemas y juzgarán la conveniencia de llevar a cabo acondicionamientos

La supervisión de la propiedad tiene como propósito analizar amenazas asociados con la seguridad de las edificaciones, la presencia de humedad ambiental, el deterioro, pero no incluye la detección de la existencia de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aun cuando, no son exactamente iguales. Sin embargo déjame precisarte concretamente.

La finalidad de la ITE es evaluar el estado general de la construcción. Y la IEE observa la accesibilidad así como el uso de la energía.

Desde hace unos cuantos años, la verificación de una construcción se ha perfeccionado, incorporando la evaluación de la estructura del edificio, junto con la accesibilidad, además de la gestión energética. Por consiguiente, en la actualidad se le denomina como IEE para abarcar todos estas mismas revisiones requeridas.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que verifica la condición de la propiedad y su cumplimiento siguiendo la normativa sobre seguridad en la construcción, habitabilidad y confort, y las condiciones urbanas.

Este documento debe mostrarse en algunos casos cuando una edificación cuenta con un cierto tiempo desde su construcción, y en algunas provincias o zonas de España es imperativo.

En algunas localidades de España el Certificado ITE debe presentarse incluso cuando se pide una Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.

Un Certificado ITE contiene información acerca de la Comprobación de la Estabilidad del Edificio, Equipos de Prevención de Incendios, Sistema Eléctrico y Sanitaria

Este Certificado funciona como Escrito de referencia para la Evaluación futura y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué sucede si un vecino no quiere hacer la ITE?

En todos los edificios de comunidades reiteradamente hay vecinos que no están de acuerdo con las cuestiones que se tienen que iniciar, aún cuando sean obligadas.

El desconocimiento total de cómo funciona una Inspección Técnica de Edificio y sugerir que el costo será sustancial, podría ser un motivo para que un vecino no esté de acuerdo a dar el visto bueno a una ITE.

El requisito de ejecutar la Inspección Técnica es debido a que te lo reclama el Gobierno Municipal por la Antigüedad de la Construcción y el vecino no debería renunciar ya que se puede cometer una penalización.

Algunas veces, un propietario no desea autorizar la Inspección Técnica de Edificio puesto a que su Casa no está con las características adecuadas. Por consiguiente, el Perito podría declinar el examen sin acudir al Inmueble o declinar el confeccionar el Reporte Oficial.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Inspección Técnica de Edificios puede variar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más teniendo en cuenta la condición de la Construcción o Piso.

En el supuesto de que no se pretenda liquidar la ITE, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que la han rechazado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una ITE puede variar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a las características de la Construcción o Piso.

En el caso de que no se pretenda pagar la ITE, requerido por el Gobierno Municipal, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que la han rechazado.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?

Para averiguar si el edificio ha completado la Inspección Técnica, tienes que comprobar el informe el cual se proporciona con posterioridad a la supervisión. En dicho expediente se indicará si el edificio ha pasado la inspección y si se han identificado desperfectos.

Si no dispone del material informativo, puede ir a la entidad pública pertinente, que es la responsable de desempeñar y almacenar las ITE. Como hemos mencionado antes que es obligado ejecutar la inspección de edificios y que su alcance varía de unos sitios a otros.

En concreto:

En cantabria, la Ley de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe realizarse el Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de existencia.

En Catalunya debe efectuarse cada década para edificaciones de más de cuarenta y cinco años. En cantabria cada década, para edificios de más de treinta años, al igual que en cantabria.

¿Qué se examina en la ITE?

Se evalúa la accesibilidad del edificio, para revisar si es de fácil tránsito para ciudadanos con desplazamiento reducido o minusvalía. En la Inspección Técnica de Edificio se analizan la estructura, la infraestructura, la cubierta, el exterior y los espacios comunes.

En la ITE se evalúa la condición de los elementos siguientes de la edificación:

  • Infraestructuras: se verifica la situación y desempeño del equipamiento de la construcción, al igual que la corriente eléctrica, el agua, el gas y los sistemas de acondicionamiento del aire.
  • Zonas comunes: se verifica la situación de mantenimiento de las zonas comunes de la edificación, como el portal, el hall, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
  • La facilidad de Acceso: se comprueba la accesibilidad al edificio para usuarios con imposibilidad o desplazamiento limitado, verificando la disponibilidad de rampas, elevadores, pasamanos y otros elementos obligatorios.
  • Revestimiento y Tejado: se verifica el estado de conservación del exterior y el tejado, también del envolvente, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
  • Estructura: se revisa la estabilidad y seguridad de la estructura de la construcción, incluido los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y los pilares.

Si se localizan defectos en determinados de estos puntos, se establecen los tiempos de rehabilitación y se formula una memoria con las operaciones fundamentales para procurar la seguridad y conservación inmueble.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Todos Edificios en en Santa Cruz de Bezana están requeridos a pasar la adecuada Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se encuentra detallada en el propio registro

Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.

Hay algunas edificios que, según las Leyes Municipales tienen la obligación de someterse a la Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años necesita pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en algunos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden diferir los años de requerimiento.

Si aspiras a liquidar una vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a exigir que remitas el Certificado ITE, en cambio si existe un consenso entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería invalidar la compraventa.

En caso de no proceder a esta Inspección obligatoria, puede involucrar unas sanciones realmente considerables que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar probablemente entre 5 y 6 mil Euros.