¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Guimerá es un examen indispensable que se realiza en Edificios con la meta de asegurar la protección y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.
En este post, te especificamos por qué la ITE es importante, las ventajas, las partes que tienes que valorar y cómo realizar una inspección convenientemente. ¡Continua leyendo para descubrir todo referente a este método fundamental!
La supervisión de la edificación se efectúa por inspectores capacitados que observan posibles fallos y juzgarán si es necesario realizar reparaciones
La inspección del edificio tiene como objetivo examinar riesgos relacionados con la seguridad de la propiedad, la humedad en el edificio, la descomposición, aunque no abarca la identificación de la aparición de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque, no tienen la misma función. No obstante voy a explicarte concretamente.
La función de la ITE es evaluar la conservación de la propiedad. Y la IEE observa la adaptabilidad y el uso de la energía.
En los últimos tiempos, la inspección técnica de un edificio se ha optimizado, englobando la inspección de la estructura del edificio, junto con la accesibilidad, junto con la gestión energética. En consecuencia, actualmente se le denomina como IEE para incluir todas estas mismas revisiones indispensables.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que garantiza la condición de la propiedad y su cumplimiento según los requisitos de seguridad, habitabilidad, y su entorno urbano.
Este documento es necesario entregarse en algunos casos cuando un edificio tiene una edad determinada, y en algunas provincias o zonas de España es obligatorio.
En diversas ciudades de España el Certificado ITE se exige su presentación además cuando se tramita una Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.
El Certificado ITE contiene descripción minuciosa de la Revisión de la Resistencia de la Construcción, Sistemas de Control de Incendios, Sistema Eléctrico y de Saneamiento
El Certificado actúa como un Expediente de consulta para la Inspección siguiente y mantenimiento de un Edificio.
¿Qué ocurre si un propietario no quiere pasar la ITE?
En la amplia mayoría de las comunidades constantemente hay vecinos que no están conformes con las cuestiones que se tienen que efectuar, pese a que sean obligatorias.
El desconocimiento de lo que se ejecuta en una ITE y contar con que podría ser un costo considerable podría ser una de las causas por las que un vecino no esté conforme a ejecutar la Inspección Técnica de Edificios.
El requerimiento de hacer la Inspección Técnica es porque te lo insta el Gobierno Municipal por los años de la Construcción y el propietario no debería renunciar puesto que se puede incurrir en una penalización.
Esporádicamente, un vecino se niega a permitir la Evaluación Técnica de la Edificación debido a que su Vivienda no está con las características adecuadas. En cuyo caso, el Perito podría declinar el examen sin entrar al Inmueble o oponerse a confeccionar el Reporte Oficial.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La ITE de un Edificio la paga el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no intente asumir el Coste de la ITE, imprescindible por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta ITE de un Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la naturaleza del Edificio o Piso.
En el caso de que no desee asumir el Importe de la ITE, requerida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?
Para averiguar si el edificio ha realizado la Inspección Técnica, tienes que examinar el expediente el cual se facilita después de la auditoría. En dicho expediente se especificará si el edificio ha pasado la evaluación y si se han detectado defectos.
Si no posee acceso al expediente, puede consultar con la administración pública correspondiente, dado que es la responsable de la ejecución y consignación de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Como hemos dicho con anterioridad, es vinculante la consecución de la ITE y que oscila de unas ciudades a otras.
De este modo:
La Reglamentación IEE en lleida establece que la ITE debe ser llevado a cabo cada decenio para las construcciones que posean más de 50 años de antigüedad.
En Cataluña debe realizarse cada diez años para edificios de más de 45 años. En la Comunidad de lleida cada decenio, para edificaciones de más de 30 años, al igual que en lleida.
¿Qué se mira en la ITE?
Durante la ITE se comprueban muchos elementos de la construcción, entre ellos la estructura, las instalaciones, la fachada, la cubierta y los espacios comunes. Además se verifica la accesibilidad del edificio, en pocas palabras, si es correctamente transitable para personas con discapacidad o desplazamiento limitado.
En la Inspección Técnica se analiza el estado de las partes siguientes de la construcción:
- Fachada y Tejado: se evalúa la condición de mantenimiento de la fachada y el tejado, incluso del envolvente, las repisas y las cañerías de agua pluvial.
- Instalaciones: se verifica el estado y desempeño de las instalaciones del edificio, así como la energía, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.
- Arquitectura: se analiza la estabilidad y seguridad de la estructura de la construcción, incluyendo los elementos de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las viguetas y los pilares.
- El Acceso: se verifica la facilidad de acceso a la edificación para usuarios con minusvalidez o desplazamiento limitado, examinando la presencia de pasarelas, ascensores, pasamanos y otros componentes obligatorios.
- Zonas comunes: se verifica la situación de preservación de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
En caso de que se localice deficiencias en cualquiera de estos aspectos, se establecen plazos para su regularización y se formula un informe con las ejecuciones imprescindibles para facilitar la seguridad y conservación de la construcción.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Los Inmuebles en en Guimerá están obligados a cumplir con la correspondiente Revisión Técnica antes de los 45 años de edad, la cual se refleja en el propio registro
Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.
Existen algunos edificios que, según la Normativa Municipal deberían pasar esa Evaluación cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
La Obligación es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Comarca la que cuenta con la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Si una vivienda tiene por encima de 50 años debe pasar la ITE de forma obligatoria, pero en diversos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden aumentar los años de obligatoriedad.
Si aspiras a traspasar una vivienda y la misma necesita pasar la ITE entonces te van a requerir que entregues el Certificado ITE, no obstante si existe un consenso entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería negar la compraventa.
En el caso de no proceder a la Inspección obligatoria, puede involucrar unas penalizaciones bastante graves que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar probablemente entre 5 y 6 mil Euros.