¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Aldealices es una prueba fundamental que se realiza en Edificios con la finalidad de velar por la protección y la debida conservación de las propiedades e instalaciones.
¡Descubre todo referente a este método imprescindible leyendo este post! Te describimos las ventajas, las partes medibles y cómo realizar una Inspección debidamente, para que comprendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es esencial.
La evaluación técnica del edificio se efectúa por expertos que encuentran posibles anomalías y concluirán la oportunidad de efectuar correcciones
La inspección del edificio busca examinar riesgos potenciales vinculados con la seguridad de la estructura, la humedad en el edificio, el deterioro, aunque no abarca la identificación de la manifestación de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque, no son exactamente iguales. Pero quiero explicarte particularmente.
El alcance de la ITE es evaluar la situación del inmueble en cuestión. Y la IEE evalúa la adaptabilidad así como la eficiencia en el uso de la energía.
En los últimos tiempos, la revisión técnica de un bien inmueble se ha vuelto más completa, contemplando la evaluación de la estructura del edificio, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, además de la eficacia energética. De este modo, actualmente se llama como IEE para contemplar todas estas evaluaciones requeridas.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que comprueba la condición de la propiedad y su cumplimiento de acuerdo con los reglamentos de seguridad en la construcción, habitabilidad, y el entorno de la edificación.
Este informe debe mostrarse en ciertas circunstancias cuando una edificación tiene una edad determinada, y en determinadas provincias o zonas de España es obligatorio.
En diversas localidades de España el Certificado ITE es necesario presentarlo incluso mientras que se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.
Ese Certificado ITE contiene características de la Comprobación de la Integridad Estructural, Equipos de Prevención de Incendios, Infraestructura Eléctrica y de Saneamiento
El Certificado desempeña el papel de una prueba de referencia para la próxima Revisión y mantenimiento de un Edificio.
¿Qué ocurre si un vecino no quiere pasar la ITE?
En todas las comunidades hay quienes no están conformes con aceptar los requerimientos impuestos, a pesar de que sean establecidos de manera obligada.
El desconocimiento de lo que se lleva a cabo en una ITE y suponer que podría ser un coste considerable podría ser una de las causas por las que un propietario no esté de acuerdo a pasar la Inspección Técnica de Edificios.
El requisito de proceder a la Inspección Técnica de Edificio es debido a que te lo demanda el Gobierno Municipal por los años del Edificio y el vecino no debería negarse porque se puede perpetrar una multa.
En contadas ocasiones, un propietario no desea aprobar la Inspección Técnica dado que su Casa no reúne los requisitos adecuados. En este caso, el Perito podría desechar la inspección sin pasar al Inmueble o desechar el materializar el Informe.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no se desee abonar la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, se podría cometer una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no pretenda asumir la Tasa de la ITE, indispensable por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para averiguar si un edificio ha ejecutado una Inspección Técnica de Edificio, debes inspeccionar los resultados fundamentados que se entregan con posterioridad a la evaluación. Esta documentación indicará si el edificio ha superado la evaluación y si se han identificado irregularidades.
Si no tiene acceso al informe, puede consultar con la administración estatal pertinente, ya que es la encargada de la implantación y anotación de las Inspecciones Técnicas. Como acabamos de decir, es obligatorio la ejecución de la ITE y que varía de unas zonas a otras.
Por consiguiente:
La Normativa IEE en soria define que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) tiene que ser realizado cada diez años para las construcciones que posean más de 50 años de antigüedad.
En Catalunya debe ejecutarse cada diez años para edificios de más de cuarenta y cinco años. En soria cada 10 años, para construcciones superior a treinta años, al igual que en soria.
¿Qué se comprueba en la ITE?
Se verifica la facilidad de acceso del edificio, para revisar si es de fácil tránsito para ciudadanos con movimiento limitado o impedimento. En la ITE se analizan la estructura, las instalaciones, la cubierta, la fachada y los espacios comunes.
En la Inspección Técnica de Edificio se comprueba la condición de las zonas siguientes del edificio:
- Arquitectura: se evalúa la estabilidad y seguridad de la arquitectura de la edificación, incluyendo los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las viguetas y los pilares.
- La Accesibilidad: se verifica la facilidad de acceso al edificio para ciudadanos con minusvalidez o desplazamiento limitado, examinando la disponibilidad de rampas, ascensores, barandillas y otros componentes imprescindibles.
- Espacios Comunes: se revisa el estado de preservación de los espacios comunes de la construcción, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
- Fachada y Tejado: se verifica la condición de conservación de la fachada y la cubierta, adicionalmente de la envoltura, las juntas y las tuberías de agua de lluvia.
- Infraestructuras: se comprueba la situación y desempeño del equipamiento del edificio, además de la energía, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
Si se detectan carencias en alguno de estos puntos, se preparan los tiempos de rehabilitación y se formula un informe con las ejecuciones requeridas para proteger la protección y mantenimiento inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Todos Edificios en en Aldealices están obligados a cumplir con la pertinente Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual se refleja en el propio registro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.
Hay unos cuantos Edificios que, según las Leyes Municipales, tienen la obligación de someterse a esa Evaluación cada cierto tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, ya que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma inevitable, pero en determinados Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden diferir los años de requerimiento.
Si deseas vender una vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a ordenar que muestres el Certificado ITE, ahora bien si existe un pacto entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería negar la compraventa.
En el caso de no proceder a la Inspección imperativa, puede entrañar unas sanciones muy considerables que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar posiblemente entre 5000 y 6000 Euros.