¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Almanza es una auditoría necesaria que se ejecuta en Edificios con el propósito de asegurar la seguridad y el mantenimiento adecuado de las construcciones e instalaciones.
En este post, te especificamos por qué la Inspección Técnica es esencial, las ventajas, los elementos que tienes que comprobar y cómo hacer una inspección correctamente. ¡Sigue leyendo para conocer todo referente a esta práctica esencial!
El examen de la propiedad se efectúa por profesionales del ramo que encuentran posibles anomalías y determinarán la conveniencia de realizar arreglo
La auditoría de la construcción tiene como finalidad evaluar riesgos asociados a la seguridad de la edificación, la humedad del ambiente, el desgaste, pero no incluye la detección de los síntomas de la aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque suene, no son exactamente iguales. No obstante déjame aclararte específicamente.
La ITE evalúa el mantenimiento de la vivienda. Y la IEE revisa la accesibilidad y la energía consumida.
Recientemente, la revisión técnica de un bien inmueble se ha mejorado, abarcando la evaluación de la propiedad en sí misma, así como la accesibilidad, sumado a el rendimiento energético. Por consiguiente, ahora se le denomina bajo el nombre de IEE para contemplar todos estas revisiones imprescindibles.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Documento que atestigua la calidad de la propiedad y su cumplimiento de acuerdo con los reglamentos de seguridad en la construcción, condiciones de habitabilidad, y el entorno de la edificación.
Este documento tiene que ser presentado en determinadas situaciones cuando un edificio tiene una antigüedad específica, y en determinadas provincias o zonas de España es exigido por ley.
En algunas ciudades de España el Certificado ITE debe presentarse incluso mientras que se pide la Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración del edificio.
Este Certificado ITE contiene características de la Inspección de la Integridad Estructural, Sistemas de Prevención de Incendios, Sistema Eléctrico y de Saneamiento
Este Certificado actúa como un Expediente de consulta para la Evaluación futura y mantenimiento del Edificio.
¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?
En la amplia mayoría de las comunidades con frecuencia hay vecinos que no están conformes con las cuestiones que se tienen que iniciar, aunque sean obligatorias.
El entendimiento limitado de cómo se realiza una Inspección Técnica de Edificio y sospechar que el costo será excesivamente alto, podría ser una razón para que un vecino se resista a dar el visto bueno a una ITE.
La responsabilidad de pasar la Inspección Técnica de Edificio es dado que te lo demanda el Gobierno Municipal por los años de la Construcción y el vecino no debería renunciar porque se puede perpetrar una sanción.
En muchos casos, un propietario no desea autorizar la Inspección porque su Vivienda no está con las características adecuadas. En este caso, el Técnico podría negarse a la inspección sin pasar al Inmueble o rehusar a confeccionar el Reporte Oficial.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no se desee pagar la ITE, indispensable por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Costo de una ITE puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la naturaleza de la Construcción o Piso.
En el caso de que no se quiera abonar la ITE, indispensable por el Ayuntamiento, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que se han negado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para conocer si un edificio ha completado una Inspección Técnica de Edificio, debes comprobar los resultados fundamentados que se entregan después de la evaluación. Esta documentación informará si la construcción ha superado la evaluación y si se han hallado irregularidades.
Si no cuenta con el material informativo, puede ir a la entidad pública encargada, que es la responsable de finalizar y archivar las Inspecciones Técnicas. Como hemos mencionado antes que es obligatorio efectuar la inspección de edificios y que su ámbito varía de unos lugares a otros.
Por consiguiente:
La Ley IEE en leon define que la ITE debe ser desarrollado cada diez años para los edificios que acumulen más de 50 años de antigüedad.
En Cataluña, la inspección debe ejecutarse cada decenio para edificios con una antigüedad superior a cuarenta y cinco años. Mientras que en leon y leon, se necesita una evaluación cada década para aquellos edificios que superen los 30 años.
¿Qué se mira en la ITE?
Se comprueba la accesibilidad del inmueble, para evaluar si es de fácil tránsito para personas con movilidad reducida o minusvalidez. En la Inspección Técnica se comprueban la arquitectura, la infraestructura, el tejado, el exterior y los espacios comunes.
En la Inspección Técnica se verifica el estado de las partes siguientes de la edificación:
- Infraestructuras: se comprueba la situación y desempeño del equipamiento de la construcción, entre otras cosas la energía eléctrica, el agua, el gas y los dispositivos de calefacción.
- Zonas comunes: se verifica la situación de preservación de los espacios comunes del edificio, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
- La Accesibilidad: se revisa la facilidad de acceso a la construcción para ciudadanos con minusvalidez o movimiento limitado, verificando la disponibilidad de pasarelas, ascensores, pasamanos y otros componentes imprescindibles.
- Revestimiento y Cubierta: se comprueba la situación de conservación del exterior y el tejado, adicionalmente del envolvente, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
- Arquitectura: se comprueba la estabilidad y protección de la estructura del edificio, inclusive los elementos de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.
Si se identifican defectos en determinados de estos puntos, se determinan los plazos de reparación y se emite un escrito con las ejecuciones indispensables para asegurar la seguridad y manutención inmueble.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Los Edificios en en Almanza están requeridos a acatar la adecuada ITE inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se encuentra detallada en el mismo catastro
Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.
Hay algunos edificios que, según las Leyes Municipales deben realizar la Inspección cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.
La Obligación es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Comarca la que posee la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
En el caso de que una vivienda tiene más de 50 años necesita pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en ciertos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden cambiar los años de obligatoriedad.
Si pretendes vender una vivienda y la misma necesita pasar la ITE entonces te van a reclamar que entregues el Certificado ITE, en cambio si hay un trato entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería derogar la compraventa.
En caso de no realizar la Inspección imperativa, puede entrañar unas sanciones bastante elevadas que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso hasta los 6000 euros.