¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Baraona es una auditoría necesaria que se lleva a cabo en Edificios con el propósito de velar por la integridad y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.
¡Descubre todo respecto a este método imprescindible leyendo este post! Te explicamos los beneficios, los elementos medibles y cómo realizar una Evaluación convenientemente, para que entiendas por qué la ITE es esencial.
La revisión de la construcción se lleva a cabo por técnicos que encuentran potenciales irregularidades y evaluarán la necesidad de arreglos
La revisión técnica del inmueble tiene como objetivo revisar riesgos asociados a la seguridad de las edificaciones, la humedad presente, la degradación, sin embargo no incluye la detección de los síntomas de la aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no tienen la misma función. Sin embargo déjame explicarte específicamente.
El objetivo de la ITE es evaluar la condición del edificio. Y la IEE examina la accesibilidad así como el rendimiento energético.
Desde hace algunos años, la supervisión técnica de un inmueble se ha perfeccionado, abarcando la evaluación de la estructura del edificio, así como la adaptabilidad, sumado a la eficiencia energética. De ahí que, ahora se refiere como IEE para incluir todas estas prácticas requeridas.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe que verifica la situación de la construcción y su cumplimiento de acuerdo con los reglamentos de seguridad en la construcción, habitabilidad y confort, y el entorno de la edificación.
Este documento es necesario ser presentado en determinadas situaciones cuando un inmueble posee un cierto tiempo desde su construcción, y en algunas comunidades o localidades de España es obligatorio.
En varias localidades de España el Certificado ITE debe presentarse incluso mientras que se pide una Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la construcción.
Ese Certificado ITE posee información detallada de la Comprobación de la Consistencia de la Estructura, Sistemas de Extinción de Incendios, Infraestructura Eléctrica y Sanitaria
Este Certificado funciona como Escrito de referencia para la Inspección siguiente y conservación de la Estructura.
¿Qué pasa si un vecino no quiere pasar la ITE?
En la mayoría de las comunidades constantemente hay personas que no están de acuerdo con las cuestiones que se tienen que deben, pese a que sean obligatorias.
El desconocimiento total de cómo se realiza una ITE y pensar que el costo será sustancial, podría ser un motivo para que un vecino no esté de acuerdo a aprobar una inspección técnica de edificios.
El requisito de ejecutar la Inspección Técnica de Edificio es debido a que te lo demanda el Gobierno Municipal por la Antigüedad del Edificio y el vecino no debería negarse dado que se puede incurrir en una sanción.
Esporádicamente un propietario no desea pasar la Inspección Técnica porque su Vivienda no está en las condiciones apropiadas. El Perito, a este respecto, podría firmar sin entrar a esa Vivienda o desechar la ejecución del Documento Escrito.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La ITE de un Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no se pretenda abonar la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría perpetrar una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en la medida en que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.
En el supuesto de que no se desee reembolsar la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, se podría cometer una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?
Para enterarse si su edificio ha pasado la ITE, tienes que examinar los resultados confirmados que se otorgan luego de la evaluación. Esta documentación precisará si la construcción ha pasado la verificación y si se han localizado irregularidades.
Si no posee acceso al informe, puede acudir con la administración pública correspondiente, puesto que es la encargada de la realización y anotación de las Inspecciones Técnicas. Tal como dijimos antes, es requerido la consecución de la ITE y que difiere de unas ciudades a otras.
En concreto:
La Legislación IEE en soria establece que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) debe ser desarrollado cada decenio para las edificaciones que acumulen más de 50 años de antigüedad.
En Cataluña tiene que ejecutarse cada década para edificaciones superior a cuarenta y cinco años. En soria cada decenio, para edificios superior a treinta años, lo mismo que en soria.
¿Qué se analiza en la ITE?
Se evalúa la facilidad de acceso del edificio, para revisar si es de cómodo tránsito para personas con movimiento limitado o imposibilidad. En la Inspección Técnica de Edificio se comprueban la arquitectura, las instalaciones, la cubierta, la fachada y los espacios comunes.
En la Inspección Técnica de Edificio se verifica la situación de los componentes siguientes de la construcción:
- Revestimiento y Cubierta: se verifica la condición de conservación del exterior y la cubierta, adicionalmente de la envoltura, las juntas y las cañerías de agua pluvial.
- Instalaciones: se revisa el estado y funcionamiento del equipamiento del edificio, además de la energía, el agua, el gas y los dispositivos de acondicionamiento del aire.
- Estructura: se comprueba la estabilización y protección de la estructura del edificio, incluyendo los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las viguetas y las columnas.
- La facilidad de Acceso: se verifica la accesibilidad al edificio para ciudadanos con incapacidad o movimiento limitado, comprobando la presencia de rampas, ascensores, pasamanos y otros elementos imprescindibles.
- Espacios Comunes: se verifica la condición de conservación de los espacios comunes del edificio, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
Si se descubren defectos en determinados de estos componentes, se determinan las fechas de subsanación y se emite un informe con las actuaciones indispensables para procurar la seguridad y mantenimiento inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Todos Edificios en en Baraona se encuentran requeridos a acatar la correspondiente Inspección Técnica antes de los 45 años de antigüedad, la cual se refleja en el mismo registro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería recomendable volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar con mucho cuidado de que no surjan problemas.
Existen varios Edificios que, según las Leyes Municipales, deberían pasar la Evaluación cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.
La Obligación es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Comarca la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Si una vivienda tiene por encima de 50 años debe pasar la ITE de forma inevitable, pero en algunos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden cambiar los años de obligatoriedad.
Si pretendes liquidar una vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a ordenar que aportes el Certificado ITE, no obstante si hay un acuerdo entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería negar la compraventa.
En el caso de no efectuar la Inspección obligatoria, puede constituir unas multas bastante elevadas que van a supeditarse del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar posiblemente hasta los 6000 euros.