¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Canredondo es una verificación obligatoria que se efectúa en Edificios con el propósito de proteger la seguridad y el mantenimiento adecuado de las propiedades e instalaciones.
En este artículo, te describimos por qué la ITE es esencial, las ventajas, los elementos que hay que analizar y cómo ejecutar una inspección debidamente. ¡Sigue leyendo para descubrir todo respecto a esta práctica fundamental!
La peritación de la construcción se ejecuta por profesionales del ramo que observan eventuales carencias y juzgarán si es necesario realizar arreglos
La inspección del edificio busca inspeccionar riesgos asociados a la seguridad de la construcción, la humedad presente, la corrosión, pero no incluye la detección de la detección de aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque pueda parecer, no son la misma cosa. Pero voy a aclararte concretamente.
La función de la ITE es evaluar la situación del inmueble en cuestión. Y la IEE investiga la adaptabilidad y la optimización energética.
Recientemente, la revisión técnica de un bien inmueble se ha vuelto más completa, abarcando la inspección de la propia construcción, sumado a la accesibilidad, incluyendo el aprovechamiento energético. De esta manera, ahora se conoce bajo el nombre de IEE para contemplar todos estas mismas evaluaciones indispensables.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Documento que garantiza la condición de la edificación y su cumplimiento de acuerdo con la normativa sobre seguridad estructural, habitabilidad, y las condiciones urbanas.
Este informe debe entregarse en algunas ocasiones cuando un edificio cuenta con un número de años desde su construcción, y en determinadas provincias o zonas de España es exigido por ley.
En varias poblaciones de España el Certificado ITE debe presentarse además cuando se solicita una Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.
Ese Certificado ITE presenta información acerca de el Estudio de la Estabilidad del Edificio, Medios de Protección contra Incendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento
El Certificado actúa como un Registro de referencia para la próxima Revisión y cuidado del Inmueble.
¿Qué pasa si un vecino no quiere pasar la ITE?
En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes se niegan a aceptar los requerimientos impuestos, pese a que sean establecidos de manera obligatoria.
La ignorancia de lo que se ejecuta en una Inspección Técnica de Edificios e idear que podría ser un costo elevado podría ser una de los argumentos por las que un propietario no esté conforme a ejecutar la Inspección Técnica de Edificios.
El Gobierno Municipal insta a pasar la Inspección Técnica de Edificio debido a la Antigüedad del inmueble, por consiguiente el vecino no debería rechazarla ya que puede ser penalizado en caso afirmativo.
Ocasionalmente un vecino no desea pasar la Inspección Técnica del Edificio dado a que su Piso no está en las circunstancias perfectas. El Ingeniero, dadas las circunstancias, podría suscribir sin inspeccionar esa Residencia o declinar la materialización del Informe.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no se pretenda abonar la ITE, requerido por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que se han negado.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica del Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Costo de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la naturaleza de la Construcción o Vivienda.
En el escenario de que no intente asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, exigida por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para saber si el edificio ha efectuado una ITE, tienes que evaluar el expediente el cual se facilita tras la inspección. En dicha documentación se definirá si el edificio ha pasado la revisión y si se han detectado defectos.
Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública responsable, que es la que se encarga de completar y conservar las ITE. Tal como dijimos antes que es obligado ejecutar la inspección de edificios y que su alcance varía de unos sitios a otros.
Por ejemplo:
La Legislación IEE en guadalajara determina que la ITE tiene que ser efectuado cada decenio para las construcciones que cuenten más de 50 años de edad.
En Cataluña tiene que efectuarse cada decenio para construcciones superior a 45 años. En guadalajara cada diez años, para edificaciones de más de treinta años, tal como en guadalajara.
¿Qué se mira en la ITE?
Durante la ITE se comprueban distintos elementos del edificio, como la estructura, la infraestructura, la fachada, la cubierta y las zonas comunes. Adicionalmente se evalúa la facilidad de acceso de la edificación, en pocas palabras, si es cómodamente transitable para personas con impedimento o desplazamiento limitado.
En la ITE se analiza la situación de las partes siguientes de la construcción:
- Infraestructuras: se comprueba el estado y comportamiento de las instalaciones del edificio, al igual que la electricidad, el agua, el gas y los dispositivos de acondicionamiento del aire.
- Zonas comunes: se analiza la condición de conservación de las zonas comunes de la edificación, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
- La Accesibilidad: se revisa la facilidad de acceso a la construcción para ciudadanos con incapacidad o desplazamiento limitado, comprobando la existencia de rampas, elevadores, pasamanos y otros elementos indispensables.
- Fachada y Tejado: se revisa la situación de conservación de la fachada y la cubierta, asimismo del envolvente, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
- Estructura: se comprueba la estabilización y protección de la arquitectura de la construcción, incluyendo los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y las columnas.
Si se encuentran defectos en alguno de estos componentes, se determinan los plazos de regularización y se emite un informe con las operaciones obligatorias para procurar la protección y mantenimiento inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Los Inmuebles en en Canredondo están obligados a completar la correspondiente Revisión Técnica antes de los 45 años de antigüedad, la cual se encuentra detallada en el propio registro
Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.
Existen algunas edificios que, según la Normativa Municipal deberían pasar la Evaluación cada cierto tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Municipal de la Ciudad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años hay que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en ciertos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden diferir los años de requerimiento.
Si aspiras a traspasar una vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a solicitar que remitas el Certificado ITE, sin embargo si posees un trato entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería invalidar la compraventa.
En el supuesto de no realizar la Inspección imperativa, puede implicar unas multas bastante graves que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar inclusive entre 5000 y 6000 Euros.