¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Castrocontrigo es una supervisión primordial que se ejecuta en Edificios con el objetivo de velar por la integridad y la debida conservación de las construcciones e instalaciones.
En este post, te explicamos por qué la ITE es importante, las ventajas, los componentes que tienes que evaluar y cómo ejecutar una inspección convenientemente. ¡Continua leyendo para conocer todo sobre esta práctica fundamental!
El análisis de la edificación se lleva a cabo por profesionales del ramo que observan posibles fallos y evaluarán la necesidad de mejoras
La auditoría de la construcción busca analizar posibles peligros asociados a la seguridad de la edificación, la humedad presente, la degradación, aunque no incluye la detección de la manifestación de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aun cuando, no es lo mismo. Pero quiero precisarte particularmente.
El objetivo de la ITE es evaluar el estado general de la estructura. Y la IEE estudia la adaptabilidad así como la eficiencia en el uso de la energía.
En los últimos años, la evaluación de un edificio se ha perfeccionado, abarcando la revisión de la propiedad en sí misma, junto con la accesibilidad, además de la eficacia energética. De este modo, en la actualidad se llama con el nombre de IEE para abarcar todas estas evaluaciones imprescindibles.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que corrobora el estado del inmueble y su cumplimiento siguiendo las disposiciones sobre seguridad, habitabilidad urbana, y su entorno urbano.
Este Certificado es necesario entregarse en algunas ocasiones cuando un edificio posee un número de años desde su construcción, y en determinadas o localidades de España es imperativo.
En algunas poblaciones de España el Certificado ITE es necesario presentarlo además mientras que se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.
Un Certificado ITE posee descripción minuciosa de el Estudio de la Estabilidad del Edificio, Dispositivos Antiincendios, Tendido Eléctrico y Sanitaria
El Certificado desempeña el papel de una evidencia de consulta para la Evaluación futura y cuidado del Inmueble.
¿Qué pasa si un propietario no quiere pasar la ITE?
En la mayoría de las comunidades constantemente hay personas que no están en consonancia con las cosas que se tienen que deben, a pesar de que sean obligatorias.
La ignorancia de lo que se ejecuta en una Inspección Técnica de Edificios y contar con que podría ser un desembolso considerable podría ser una de las causas por las que un propietario no esté de acuerdo a pasar la ITE.
El Gobierno Municipal obliga a pasar la ITE debido a los años de la Construcción, por ese motivo el propietario no debería negarse ya que puede ser multado si lo hace.
En algunos casos un vecino no desea ejecutar la Inspección Técnica del Edificio porque su Vivienda no está en las circunstancias oportunas. El Técnico, en esta situación, podría formalizar el proceso sin pasar a esa Vivienda o oponerse a la realización del Reporte Oficial.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La ITE de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Costo de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en función de la condición del Edificio o Piso.
En el supuesto de que no se pretenda reembolsar la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta ITE de un Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Costo de una Inspección Técnica de Edificios puede oscilar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la naturaleza del Edificio o Piso.
En el caso de que no quiera asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para descubrir si el edificio ha realizado la Inspección Técnica, tienes que verificar los resultados documentados que se otorgan a continuación de la evaluación. Esta información precisará si la edificación ha pasado la evaluación y si se han descubierto irregularidades.
Si no posee acceso al informe, puede consultar con la administración estatal competente, puesto que es la responsable de la ejecución y registro de las Inspecciones Técnicas. Como acabamos de decir, es obligatorio la puesta en práctica de la ITE y que varía de unos lugares a otros.
Por consiguiente:
La Ley IEE en leon define que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) tiene que ser realizado cada decenio para los edificios que cuenten más de 50 años de edad.
En Cataluña, la revisión tiene que realizarse cada década para construcciones con una antigüedad de más de 45 años. Al mismo tiempo que en leon y leon, se obliga a una evaluación cada decenio para las construcciones que superen los 30 años.
¿Qué se mira en la ITE?
Se comprueba la accesibilidad del edificio, para analizar si es de cómodo tránsito para personas con desplazamiento limitado o incapacidad. En la ITE se analizan la estructura, las instalaciones, la cubierta, la fachada y los espacios comunes.
En la Inspección Técnica se comprueba el estado de las zonas siguientes de la construcción:
- Instalaciones: se analiza el estado y comportamiento del equipamiento de la construcción, conjuntamente con la energía eléctrica, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
- Estructura: se analiza la estabilización y seguridad de la estructura de la edificación, incluido los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y las columnas.
- Revestimiento y Cubierta: se analiza la situación de preservación de la fachada y el tejado, asimismo del envolvente, las repisas y las cañerías de agua pluvial.
- Zonas comunes: se comprueba la condición de preservación de los espacios comunes de la edificación, como el portal, el hall, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
- La Accesibilidad: se analiza el acceso a la edificación para ciudadanos con discapacidad o desplazamiento reducido, comprobando la disponibilidad de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos indispensables.
Si se descubren deficiencias en determinados de estos elementos, se preparan las fechas de reparación y se formula un escrito con las operaciones imprescindibles para proporcionar la seguridad y conservación inmueble.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Cada uno de los Inmuebles en en Castrocontrigo están requeridos a acatar la adecuada Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual está reflejada en el propio catastro
Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.
Existen algunos Edificios que, según la Normativa Municipal, tienen la obligación de someterse a la Evaluación cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.
La Obligación es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Comarca la que cuenta con la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Si una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en determinados Ayuntamientos hay varias normativas que pueden diferir los años de requerimiento.
Si deseas liquidar una vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a requerir que proporciones el Certificado ITE, sin embargo si existe un trato entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería revocar la compraventa.
En caso de no ejecutar la Inspección imperativa, puede suponer unas sanciones bastante elevadas que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar probablemente hasta los 6000 euros.