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inspeccion tecnica de edificios Guadiana

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Guadiana es una evaluación necesaria que se realiza en Edificios con la meta de proteger la integridad y el mantenimiento adecuado de las edificaciones e instalaciones.

¡Descubre todo respecto a este método vital leyendo este post! Te explicamos los beneficios, los elementos medibles y cómo hacer una Evaluación convenientemente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica es imprescindible.

El examen de la propiedad se realiza por inspectores autorizados que observan posibles fallos y concluirán si es necesario realizar soluciones

El análisis de la propiedad tiene como objetivo inspeccionar peligros vinculados con la seguridad de la estructura, la humedad presente, el deterioro, sin embargo no incluye la detección de problemas de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, sin embargo, no son exactamente iguales. No obstante quiero precisarte particularmente.

La misión de la ITE es evaluar el estado general de la vivienda. Y la IEE analiza la accesibilidad para personas con discapacidad así como la eficiencia en el uso de la energía.

Recientemente, la evaluación de un edificio se ha modernizado, englobando la evaluación del edificio en sí mismo, junto con la adaptabilidad, además de el ahorro energético. Así que, en la actualidad se identifica con el nombre de IEE para contemplar todos estas prácticas obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que valida el estado del Edificio y su cumplimiento según las normas de seguridad estructural, habitabilidad de la vivienda, y su entorno.

Este documento tiene que presentarse en determinadas situaciones cuando un inmueble posee cierto tiempo de antigüedad, y en determinadas provincias o lugares de España es exigido por ley.

En varias poblaciones de España dicho Certificado ITE debe presentarse incluso mientras que se pide una Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la construcción.

Un Certificado ITE contiene detalles como la Revisión de la Solidez del Inmueble, Medios de Protección contra Incendios, Red Eléctrica y Sanitaria

El Certificado funciona como un Registro de consulta para la próxima Revisión y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué pasa si un vecino no quiere hacer la ITE?

En todos los edificios hay quienes se niegan a aceptar los asuntos impuestos, aunque sean establecidos de manera ineludible.

El entendimiento limitado de cómo se realiza una ITE y sospechar que el costo será excesivamente alto, podría ser un motivo para que un vecino se niegue a aprobar una ITE.

El requisito de ejecutar la ITE es dado que te lo exige el Gobierno Municipal por los años del Edificio y el propietario no debería oponerse dado que se puede entrañar una sanción.

Algunas veces, un vecino se niega a permitir la Evaluación Técnica de la Edificación debido a que su Domicilio no está con los requisitos adecuados. A este respecto, el Perito podría refutar el examen sin visitar el Inmueble o rehusar a materializar el Reporte Oficial.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Inspección Técnica de Edificios puede variar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la naturaleza de la Construcción o Piso.

En el supuesto de que no se desee liquidar la ITE, requerido por el Gobierno Municipal, se podría cometer una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que se han negado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Titular del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no intente asumir el Importe de la ITE, requerida por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para conocer si el edificio ha pasado la Inspección Técnica de Edificio, debes inspeccionar el expediente que se entrega después de que la supervisión. En dicho informe se apuntará si el edificio ha superado la evaluación y si se han localizado deficiencias.

Si no tiene acceso al expediente, puede hablar con la administración estatal pertinente, dado que es la encargada de la implantación y registro de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Tal como dijimos antes, es requerido la implementación de la inspección técnica de edificios y que varía de unos lugares a otros.

En concreto:

En badajoz, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) establece que debe efectuarse un Examen de Evaluación de Edificios cada década para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.

En Catalunya debe efectuarse cada decenio para construcciones de más de 45 años. En badajoz cada década, para construcciones superior a treinta años, al igual que en badajoz.

¿Qué se comprueba en la ITE?

Se evalúa la accesibilidad del edificio, para evaluar si es de fácil tránsito para ciudadanos con movilidad reducida o imposibilidad. En la ITE se evalúan la estructura, la infraestructura, la cubierta, la fachada y las zonas comunes.

En la Inspección Técnica de Edificio se analiza la situación de los componentes siguientes del edificio:

  • Estructura: se evalúa la estabilización y seguridad de la estructura de la construcción, incluido los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y los pilares.
  • Zonas comunes: se evalúa la condición de conservación de los espacios comunes de la edificación, como la entrada, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
  • Fachada y Cubierta: se evalúa la situación de mantenimiento de la fachada y el tejado, asimismo del recubrimiento, las repisas y las cañerías de agua pluvial.
  • El Acceso: se comprueba la accesibilidad a la edificación para usuarios con imposibilidad o movimiento limitado, verificando la disponibilidad de rampas, ascensores, barandillas y otros elementos fundamentales.
  • Infraestructuras: se revisa la situación y comportamiento de las instalaciones de la construcción, así como la energía eléctrica, el agua, el gas y los dispositivos de calefacción.

Si se encuentran defectos en alguno de estos componentes, se determinan las fechas de reparación y se elabora un escrito con las operaciones obligatorias para proteger la seguridad y conservación inmueble.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Guadiana están obligados a completar la correspondiente Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual está reflejada en el propio catastro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, sería aconsejable volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar con mucho cuidado de que no haya problemas.

Hay algunos edificios que, según las Leyes Municipales tienen la obligación de realizar la Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Ciudad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años necesita pasar la ITE de forma inevitable, pero en algunos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden diferir los años de requerimiento.

Si pretendes traspasar una vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a reclamar que muestres el Certificado ITE, en cambio si hay un consentimiento entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería derogar la compraventa.

En el caso de no llevar a cabo la Inspección imperativa, puede involucrar unas sanciones bastante sustanciales que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar inclusive entre 5000 y 6000 Euros.