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inspeccion tecnica de edificios Navés

Artículo Actualizado a: agosto 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Navés es una verificación obligatoria que se lleva a cabo en Edificios con el propósito de velar por la protección y el mantenimiento adecuado de las propiedades e instalaciones.

¡Descubre todo referente a este método imprescindible leyendo este post! Te especificamos las ventajas, las partes medibles y cómo hacer una Evaluación debidamente, para que comprendas por qué la Inspección Técnica es fundamental.

La auditoría del edificio se realiza por profesionales cualificados que encuentran posibles problemas y concluirán la necesidad de reparaciones

La auditoría de la construcción busca revisar riesgos ligados a la seguridad de las construcciones, la humedad en el edificio, el deterioro, aunque no abarca la identificación de la manifestación de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no tienen la misma función. Pero voy a aclararte concretamente.

El propósito principal de la ITE es evaluar la situación del edificio. Y la IEE inspecciona la accesibilidad para personas con discapacidad y la gestión energética.

Desde hace unos cuantos años, la verificación de una construcción se ha perfeccionado, englobando la evaluación de la estructura del edificio, sumado a la accesibilidad, además de la gestión energética. De este modo, en la actualidad se refiere como IEE para englobar todos estas verificaciones obligatorias.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que verifica el estado del inmueble y su cumplimiento siguiendo los requisitos de seguridad estructural, condiciones de habitabilidad, y su entorno urbano.

Este informe es necesario presentarse en algunos casos cuando una edificación posee una edad determinada, y en ciertas regiones o zonas de España es requisito indispensable.

En varias poblaciones de España dicho Certificado ITE debe presentarse incluso mientras que se pide una Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.

Ese Certificado ITE contiene información acerca de la Comprobación de la Estructura del Edificio, Sistemas de Prevención de Incendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento

El Certificado desempeña el papel de Escrito de orientación para la próxima Revisión y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué sucede si un propietario no quiere pasar la ITE?

En todas las comunidades reiteradamente hay personas que no están conformes con los asuntos que se deben iniciar, a pesar de que sean obligadas.

El desconocimiento total de cómo se realiza una ITE y suponer que el precio será sustancial, podría ser una razón para que un vecino se resista a aprobar una ITE.

El Gobierno Municipal impone a pasar la Inspección Técnica por la Antigüedad de la edificación, por lo tanto el propietario no debería negarse ya que puede ser multado si lo hace.

En ocasiones, un propietario no desea aprobar la Inspección dado que su Domicilio no reúne las características adecuadas. Por consiguiente, el Técnico podría rehusar la inspección sin visitar el Inmueble o rehusar a confeccionar el Reporte Oficial.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no desee asumir la Tasa de la ITE, obligatoria por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no se quiera reembolsar la ITE, imprescindible por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?

Para saber si el edificio ha ejecutado la ITE, debes comprobar el expediente que se entrega tras la inspección. En dicho expediente se apuntará si la edificación ha pasado la verificación y si se han hallado desperfectos.

Si no tiene acceso al expediente, puede averiguar con el organismo público pertinente, ya que es la encargada de la realización y consignación de las ITE. Como acabamos de decir, es apremiante la consecución de la ITE y que oscila de unos sitios a otros.

Por consiguiente:

En lleida, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe efectuarse un Examen de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de existencia.

En Catalunya tiene que efectuarse cada decenio para edificaciones superior a 45 años. En la Comunidad de lleida cada decenio, para edificios de más de treinta años, así como en lleida.

¿Qué se analiza en la ITE?

Durante la Inspección Técnica de Edificio se evalúan diferentes aspectos del edificio, tal como la estructura, las instalaciones, la fachada, el tejado y las zonas comunes. Incluso se evalúa la accesibilidad de la construcción, en definitiva, si es fácilmente transitable para ciudadanos con impedimento o desplazamiento limitado.

En la Inspección Técnica se evalúa el estado de las partes siguientes de la construcción:

  • Revestimiento y Tejado: se verifica el estado de mantenimiento del exterior y la cubierta, asimismo de la envoltura, las juntas y las cañerías de agua pluvial.
  • Arquitectura: se analiza la estabilidad y protección de la estructura de la edificación, incluido los elementos de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y las columnas.
  • Infraestructuras: se evalúa el estado y funcionamiento del equipamiento de la construcción, así como la energía eléctrica, el agua, el gas y los sistemas de climatización.
  • La facilidad de Acceso: se revisa el acceso a la edificación para usuarios con minusvalidez o desplazamiento limitado, examinando la presencia de pasarelas, elevadores, pasamanos y otros elementos fundamentales.
  • Zonas comunes: se verifica el estado de conservación de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los ascensores.

Si se encuentran defectos en determinados de estos componentes, se preparan las fechas de regularización y se emite una memoria con las ejecuciones decisivas para proteger la seguridad y conservación inmueble.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Cada uno de los Inmuebles en en Navés están requeridos a acatar la correspondiente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de edad, la cual se encuentra detallada en el mismo registro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.

Existen varios Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían realizar esa Inspección cada lapso de tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, en vista de que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Comarca la que posee la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años hay que pasar la ITE de forma obligatoria, pero en diversos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden aumentar los años de obligatoriedad.

Si aspiras a vender la vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a instar que aportes el Certificado ITE, ahora bien si posees un pacto entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería invalidar la compraventa.

En el supuesto de no ejecutar esta Inspección obligatoria, puede constituir unas multas bastante elevadas que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar probablemente entre 5 y 6 mil Euros.