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inspeccion tecnica de edificios Prioro

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Prioro es un examen indispensable que se ejecuta en Edificios con la meta de velar por la seguridad y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.

En este post, te especificamos por qué la Inspección Técnica es importante, las ventajas, los componentes que hay que valorar y cómo realizar una inspección debidamente. ¡Continua leyendo para descubrir todo sobre esta práctica imprescindible!

La revisión de la construcción se efectúa por profesionales cualificados que identifican posibles debilidades y concluirán la conveniencia de realizar soluciones

La comprobación del Edificio persigue examinar riesgos potenciales asociados a la seguridad de la edificación, la humedad existente, la corrosión, pero no cubre la detección de la aparición de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, sin embargo, no son la misma cosa. No obstante quiero explicarte específicamente.

El propósito principal de la ITE es evaluar el mantenimiento de la propiedad. Y la IEE analiza la adaptabilidad así como el consumo energético.

Recientemente, la revisión de una edificación se ha vuelto más completa, incorporando la inspección de la estructura del edificio, además de la adaptabilidad, sumado a la gestión energética. Así que, actualmente se conoce como IEE para abarcar todos estas inspecciones imprescindibles.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que corrobora la condición de la propiedad y su cumplimiento según los requisitos de seguridad, habitabilidad urbana, y el paisaje urbano.

Este documento es obligatorio ser presentado en determinadas situaciones cuando una edificación tiene un número de años desde su construcción, y en determinadas o localidades de España es de carácter obligatorio.

En diversas localidades de nuestro País dicho Certificado ITE es necesario presentarlo incluso cuando se pide la Licencia de Obra mayor o cuando se piden Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.

El Certificado ITE incluye especificaciones de la Revisión de la Robustez de la Edificación, Sistemas de Prevención de Incendios, Sistema Eléctrico y de Saneamiento

El Certificado desempeña el papel de Escrito de referencia para la Evaluación futura y conservación de la Construcción.

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¿Qué sucede si un propietario no quiere hacer la ITE?

En todos los edificios hay quienes se niegan a aceptar los asuntos impuestos, a pesar de que sean establecidos de manera obligada.

El desconocimiento de lo que se hace en una Inspección Técnica de Edificios y creer que podría ser un costo sustancial podría ser una de los argumentos por las que un propietario no esté conforme a ejecutar la ITE.

La obligación de proceder a la inspección es porque te lo exige el Ayuntamiento por los años de la Construcción y el propietario no debería negarse porque se puede cometer una sanción.

Muchas veces un vecino no desea pasar la Inspección Técnica del Edificio puesto que su Vivienda no está en las circunstancias perfectas. El Técnico, en cuyo caso, podría firmar sin pasar a esa Vivienda o desestimar la ejecución del Informe.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según las características de la Construcción o Piso.

En el caso de que no intente asumir el Importe de la ITE, exigida por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no se quiera reembolsar la ITE, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que se han negado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para conocer si un edificio ha culminado una Inspección Técnica de Edificio, tienes que revisar los resultados documentados que se entregan después de la evaluación. Esta información especificará si el edificio ha superado la verificación y si se han detectado irregularidades.

Si no cuenta con el material informativo, puede ir a la entidad pública encargada, que es la que se encarga de finalizar y conservar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Tal como dijimos antes que es obligado efectuar la inspección de edificios y que su cobertura varía de unas localidades a otras.

En concreto:

En leon, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) establece que debe ejecutarse el Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.

En Cataluña tiene que ejecutarse cada decenio para edificaciones de más de cuarenta y cinco años. En leon cada decenio, para edificaciones superior a 30 años, lo mismo que en leon.

¿Qué se analiza en la ITE?

Se analiza la facilidad de acceso del edificio, para revisar si es de cómodo tránsito para personas con movilidad reducida o imposibilidad. En la ITE se comprueban la arquitectura, la infraestructura, el tejado, la fachada y los espacios comunes.

En la Inspección Técnica de Edificio se evalúa la condición de los componentes siguientes del edificio:

  • Infraestructuras: se revisa el estado y desempeño del equipamiento del edificio, conjuntamente con la electricidad, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
  • Estructura: se evalúa la estabilización y seguridad de la arquitectura del edificio, incluido los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y los pilares.
  • Zonas comunes: se comprueba la situación de conservación de los espacios comunes de la edificación, como la entrada, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
  • Revestimiento y Tejado: se verifica la condición de preservación de la fachada y la cubierta, adicionalmente del revestimiento, las repisas y las bajantes de agua pluvial.
  • La facilidad de Acceso: se evalúa la accesibilidad a la edificación para personas con minusvalía o movilidad reducida, verificando la existencia de pasarelas, elevadores, pasamanos y otros elementos necesarios.

En caso de que se identifique deficiencias en cualquiera de estos puntos, se determinan plazos de tiempo para su regularización y se formula un informe con las intervenciones obligatorias para preservar la seguridad y mantenimiento del edificio.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Todos Edificios en en Prioro se encuentran obligados a cumplir con la correspondiente Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se halla incorporada en el propio catastro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.

Hay algunos edificios que, según la Normativa Municipal tienen la obligación de someterse a la Inspección cada lapso de tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, en vista de que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Comarca la que posee la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años debe pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en determinados Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de requerimiento.

Si necesitas vender una vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a obligar que presentes el Certificado ITE, no obstante si posees un consentimiento entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería invalidar la compraventa.

En el caso de no llevar a cabo esta Inspección imperativa, puede suponer unas sanciones realmente elevadas que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente hasta los 6000 euros.