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inspeccion tecnica de edificios San Esteban de Nogales

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en San Esteban de Nogales es un control indispensable que se realiza en Edificios con la meta de garantizar la protección y la debida conservación de las edificaciones e instalaciones.

¡Conoce todo sobre esta práctica imprescindible leyendo este artículo! Te especificamos los beneficios, los componentes medibles y cómo hacer una Evaluación debidamente, para que comprendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es fundamental.

La inspección del inmueble se lleva a cabo por inspectores autorizados que descubren posibles anomalías y decidirán la conveniencia de realizar mejoras

La peritación del edificio tiene como objetivo analizar riesgos relacionados con la seguridad de la edificación, la presencia de humedad ambiental, la descomposición, no obstante no cubre la detección del diagnóstico de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, a pesar de que, no son la misma cosa. No obstante voy a explicarte concretamente.

El objetivo de la ITE es evaluar la conservación de la vivienda. Y la IEE considera la adaptabilidad y el uso de la energía.

Desde hace unos cuantos años, la verificación de una construcción se ha vuelto más completa, incorporando la revisión de la propiedad en sí misma, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, así como la eficacia energética. Por tanto, en la actualidad se le denomina como IEE para incluir todas estas mismas prácticas requeridas.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Escrito Oficial que atestigua la condición del Edificio y su cumplimiento con las normas de seguridad estructural, habitabilidad de la vivienda, y su entorno urbano.

Este informe debe ser presentado en determinadas situaciones cuando una edificación tiene cierto tiempo de antigüedad, y en ciertas regiones o zonas de España es exigido por ley.

En varias poblaciones de España el Certificado ITE debe presentarse además mientras que se solicita la Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.

Ese Certificado ITE muestra características de la Revisión de la Consistencia de la Estructura, Sistemas de Seguridad contra Incendios, Red Eléctrica y de Saneamiento

Este Certificado actúa como un Registro de consulta para la Evaluación futura y conservación de la Estructura.

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¿Qué sucede si un propietario no quiere pasar la ITE?

En todas las comunidades regularmente hay vecinos que no están conformes con los asuntos que se tienen que efectuar, a pesar de que sean obligatorias.

La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una Inspección Técnica de Edificios y suponer que podría ser un gasto considerable podría ser una de los argumentos por las que un propietario no esté conforme a pasar la ITE.

El requerimiento de proceder a la inspección es dado que te lo solicita el Gobierno Municipal por los años del Edificio y el vecino no debería negarse porque se puede entrañar una sanción.

A menudo, un propietario no desea aprobar la Inspección Técnica de Edificio puesto a que su Vivienda no reúne los requisitos adecuados. En esta situación, el Perito podría desestimar el examen sin entrar al Inmueble o desestimar el confeccionar el Reporte Oficial.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una ITE puede variar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más con arreglo a la naturaleza de la Edificación o Piso.

En el supuesto de que no se quiera pagar la Inspección Técnica de Edificios, exigido por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una ITE puede variar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más según la naturaleza del Edificio o Piso.

En el caso de que no pretenda asumir la Tasa de la ITE, indispensable por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para descubrir si el edificio ha ejecutado la Inspección Técnica, tienes que examinar el expediente que se proporciona con posterioridad a la supervisión. En dicha documentación se apuntará si la construcción ha pasado la evaluación y si se han localizado desperfectos.

Si no tiene acceso al expediente, puede hablar con la administración estatal competente, puesto que es la responsable de la ejecución y registro de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Tal como dijimos antes, es obligatorio la implementación de la ITE y que varía de unos sitios a otros.

En concreto:

La Regulación IEE en leon establece que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser desempeñado cada decenio para los edificios que cuenten más de 50 años de antigüedad.

En Cataluña debe efectuarse cada decenio para edificios de más de 45 años. En la Comunidad de leon cada decenio, para edificaciones superior a treinta años, lo mismo que en leon.

¿Qué se comprueba en la ITE?

Se comprueba la accesibilidad del inmueble, para verificar si es de fácil tránsito para ciudadanos con desplazamiento reducido o minusvalidez. En la Inspección Técnica se comprueban la estructura, la infraestructura, la cubierta, el exterior y los espacios comunes.

En la ITE se revisa el estado de los elementos siguientes de la construcción:

  • Arquitectura: se revisa la estabilidad y protección de la arquitectura del edificio, incluyendo los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.
  • Espacios Comunes: se comprueba la situación de conservación de las zonas comunes de la construcción, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
  • Fachada y Tejado: se verifica la situación de preservación del exterior y el tejado, incluso de la envoltura, las juntas y las tuberías de agua de lluvia.
  • El Acceso: se verifica la accesibilidad a la edificación para personas con discapacidad o desplazamiento reducido, comprobando la presencia de rampas, ascensores, barandillas y otros componentes necesarios.
  • Instalaciones: se evalúa la condición y desempeño del equipamiento de la construcción, así como la electricidad, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.

En el caso de que se identifique defectos en cualquiera de esos elementos, se precisan fechas para su subsanación y se aporta un informe con las operaciones decisivas para facilitar la seguridad y mantenimiento de la construcción.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en San Esteban de Nogales se encuentran requeridos a pasar la adecuada Revisión Técnica antes de los 45 años de edad, la cual está reflejada en el propio catastro

Además, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar a fondo de que no se detectan problemas.

Hay varios Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían pasar esa Inspección cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, pues la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Ciudad la que cuenta con la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Cuando una vivienda tiene más de 50 años necesita pasar la ITE de forma obligatoria, pero en determinados Ayuntamientos hay distintas normativas que pueden aumentar los años de requerimiento.

Si pretendes traspasar una vivienda y la misma necesita iniciar la ITE entonces te van a solicitar que entregues el Certificado ITE, ahora bien si hay un consentimiento entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería derogar la compraventa.

En el caso de no realizar esta Inspección obligatoria, puede involucrar unas sanciones realmente graves que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5 y 6 mil Euros.