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inspeccion tecnica de edificios San Pedro de Mérida

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en San Pedro de Mérida es una evaluación necesaria que se ejecuta en Edificios con el propósito de asegurar la seguridad y el correcto mantenimiento de las construcciones e instalaciones.

En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible, los beneficios, las partes que tienes que evaluar y cómo efectuar una evaluación adecuadamente. ¡Continua leyendo para descubrir todo sobre esta práctica fundamental!

El examen de la propiedad se ejecuta por técnicos que encuentran posibles problemas y establecerán si es necesario realizar mejoras

La evaluación técnica del inmueble tiene como finalidad examinar posibles peligros relacionados a la seguridad de las edificaciones, la presencia de humedad ambiental, el deterioro, aunque no cubre la detección de los síntomas de la aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se pueda pensar, no son exactamente iguales. No obstante voy a precisarte concretamente.

El alcance de la ITE es evaluar la conservación de la edificación. Y la IEE observa la accesibilidad así como el consumo energético.

En los últimos años, la revisión técnica de un bien inmueble se ha modernizado, incluyendo la revisión de la edificación en cuestión, sumado a la accesibilidad para personas con discapacidad, junto con la eficacia energética. De ahí que, en la actualidad se nombra como IEE para contemplar todas estas prácticas imprescindibles.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que valida la situación del Edificio y su cumplimiento con las regulaciones de seguridad en la construcción, habitabilidad urbana, y el entorno de la edificación.

Este documento tiene que presentarse en algunos casos cuando una edificación tiene una edad determinada, y en ciertos lugares o localidades de España es exigido por ley.

En varias poblaciones de España el Certificado ITE debe presentarse aún mientras que se pide la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la construcción.

Ese Certificado ITE contiene datos sobre la Revisión de la Robustez de la Edificación, Dispositivos de Seguridad contra Incendios, Tendido Eléctrico y de Saneamiento

El Certificado desempeña el papel de una evidencia de referencia para la Evaluación futura y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué pasa si un vecino no quiere pasar la ITE?

En la amplia mayoría de las comunidades reiteradamente hay vecinos que no están en consonancia con los asuntos que se deben ejercer, a pesar de que sean obligatorias.

El desconocimiento de lo que se ejecuta en una Inspección Técnica de Edificios y suponer que podría ser un coste considerable podría ser una de las razones por las que un propietario no esté conforme a pasar la ITE.

La responsabilidad de ejecutar la inspección es porque te lo exige el Ayuntamiento por los años de la Construcción y el propietario no debería negarse porque se puede cometer una multa.

De vez en cuando, un vecino no quiere pasar la Inspección Técnica de Edificio puesto a que su Apartamento no reúne los requisitos adecuados. Dadas las circunstancias, el Perito podría desechar la inspección sin inspeccionar el Inmueble o desechar el confeccionar el Reporte Oficial.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La ITE de un Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una ITE puede variar desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en función de las características del Edificio o Piso.

En el caso de que no quiera asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no pretenda asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?

Para averiguar si su edificio ha completado una ITE, debes verificar los resultados registrados que se entregan luego de la inspección. Esta declaración precisará si la edificación ha superado la verificación y si se han detectado irregularidades.

Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública pertinente, que es la responsable de finalizar y conservar las Inspecciones Técnicas. Como hemos mencionado antes que es vinculante hacer la evaluación de edificios y que su ámbito varía de unos sitios a otros.

Por consiguiente:

La Ley IEE en badajoz establece que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser efectuado cada década para los edificios que cuenten más de 50 años de antigüedad.

En Cataluña, la revisión debe realizarse cada diez años para construcciones con una antigüedad de más de cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en badajoz y badajoz, se requiere una supervisión cada diez años para las construcciones que superen los 30 años.

¿Qué se analiza en la ITE?

Se evalúa la accesibilidad del inmueble, para examinar si es de cómodo tránsito para ciudadanos con desplazamiento limitado o impedimento. En la ITE se evalúan la estructura, las instalaciones, el tejado, el exterior y las zonas comunes.

Particularmente, en la ITE se comprueba el estado de las siguientes zonas de la construcción:

  • Instalaciones: se evalúa la condición y comportamiento de las instalaciones del edificio, entre otras cosas la electrificación, el agua, el gas y los dispositivos de calefacción.
  • Arquitectura: se revisa la estabilidad y protección de la estructura de la edificación, incluido los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y los pilares.
  • Zonas comunes: se comprueba el estado de mantenimiento de las zonas comunes del edificio, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
  • Revestimiento y Tejado: se revisa el estado de mantenimiento del exterior y la cubierta, incluso del revestimiento, las juntas y las tuberías de agua de lluvia.
  • La facilidad de Acceso: se revisa la accesibilidad al edificio para usuarios con impedimento o desplazamiento reducido, analizando la presencia de rampas, ascensores, barandillas y otros componentes necesarios.

En caso de que se descubra deficiencias en alguno de esos elementos, se preparan plazos de tiempo para su reparación y se formula un escrito con las ejecuciones decisivas para preservar la seguridad y mantenimiento de la construcción.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Cada uno de los Edificios en en San Pedro de Mérida están requeridos a acatar la correspondiente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se refleja en el mismo registro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no haya problemas.

Hay unos cuantos Edificios que, según la Normativa Municipal, tienen la obligación de pasar esa Evaluación cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, dado que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años hay que pasar la ITE de forma requerida, pero en algunos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden diferir los años de obligatoriedad.

Si necesitas liquidar la vivienda y la misma necesita iniciar la ITE entonces te van a solicitar que muestres el Certificado ITE, ahora bien si posees un pacto entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería derogar la compraventa.

En caso de no llevar a cabo esta Inspección requerida, puede implicar unas multas realmente graves que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar posiblemente hasta 6 mil Euros.