¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Silleda es una prueba fundamental que se lleva a cabo en Edificios con la finalidad de velar por la protección y el adecuado cuidado de las edificaciones e instalaciones.
En este post, te mostramos por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible, las ventajas, los elementos que hay que evaluar y cómo ejecutar una inspección debidamente. ¡Permanece leyendo para saber todo sobre esta práctica esencial!
La inspección del inmueble se realiza por peritos expertos que identifican posibles problemas y juzgarán la necesidad de ajustes
La comprobación del Edificio tiene como finalidad examinar peligros vinculados con la seguridad de la estructura, la humedad en la edificación, la degradación, sin embargo no cubre la detección de la patología de la aluminosis.
¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, no obstante, no son la misma cosa. Sin embargo déjame precisarte particularmente.
El propósito principal de la ITE es evaluar el estado de conservación de la propiedad. Y la IEE verifica la accesibilidad así como la eficiencia energética.
En los últimos años, la revisión técnica de un bien inmueble se ha mejorado, abarcando la inspección de la propia construcción, además de la accesibilidad, además de la eficiencia energética. Por eso, actualmente se llama bajo el nombre de IEE para englobar todas estas actividades imprescindibles.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Documento que acredita la condición del Edificio y su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones sobre seguridad, habitabilidad de las estancias, y las condiciones urbanas.
Este informe tiene que mostrarse en algunos casos cuando un edificio posee cierto tiempo de antigüedad, y en ciertos lugares o localidades de España es exigido por ley.
En diversas poblaciones de España dicho Certificado ITE se exige su presentación incluso mientras que se pide una Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación del edificio.
Un Certificado ITE posee especificaciones de la Revisión de la Integridad Estructural, Dispositivos Antiincendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento
Este Certificado desempeña el papel de un Expediente de referencia para la próxima Revisión y mantenimiento de un Edificio.
¿Qué sucede si un propietario no quiere hacer la ITE?
En todas las comunidades habitualmente hay vecinos que no están conformes con los asuntos que se deben deben, aunque sean obligadas.
El desconocimiento de lo que se efectúa en una Inspección Técnica de Edificios y suponer que podría ser un precio sustancial podría ser una de las razones por las que un propietario se niegue a pasar la ITE.
La obligación de proceder a la inspección es debido a que te lo exige el Ayuntamiento por los años de la Construcción y el vecino no debería oponerse puesto que se puede cometer una sanción.
De vez en cuando un propietario no desea pasar la Inspección Técnica puesto que su Apartamento no está en las condiciones apropiadas. El Técnico, dadas las circunstancias, podría suscribir sin entrar a ese Domicilio o oponerse a la realización del Documento Escrito.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
La ITE de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una ITE puede variar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más teniendo en cuenta la naturaleza del Edificio o Vivienda.
En el escenario de que no desee asumir la Tasa de la ITE, imprescindible por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no desee asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, requerida por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para conocer si su edificio ha pasado la Inspección Técnica, debes evaluar los resultados registrados que se entregan con posterioridad a la inspección. Esta información apuntará si la construcción ha pasado la inspección y si se han identificado irregularidades.
Si no dispone del documento informativo, puede ir a la entidad pública pertinente, que es la responsable de completar y conservar las Inspecciones Técnicas. Como hemos mencionado antes que es vinculante hacer la evaluación de edificios y que su ámbito de aplicación varía de región a región.
Por ejemplo:
La Ley IEE en pontevedra determina que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser efectuado cada decenio para las construcciones que acumulen más de 50 años de edad.
En Cataluña tiene que realizarse cada diez años para edificaciones superior a 45 años. En pontevedra cada decenio, para edificaciones superior a 30 años, tal como en pontevedra.
¿Qué se comprueba en la ITE?
Durante la Inspección Técnica se comprueban distintos aspectos de la construcción, en particular la arquitectura, la infraestructura, la fachada, la cubierta y los espacios comunes. También se verifica la facilidad de acceso de la construcción, concretamente, si es cómodamente transitable para ciudadanos con incapacidad o movilidad reducida.
Particularmente, en la ITE se analiza la condición de las siguientes partes del edificio:
- Estructura: se verifica la estabilización y protección de la arquitectura de la construcción, incluyendo los elementos de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y los pilares.
- La facilidad de Acceso: se comprueba la facilidad de acceso a la edificación para personas con incapacidad o movilidad reducida, examinando la presencia de rampas, ascensores, pasamanos y otros elementos imprescindibles.
- Zonas comunes: se verifica el estado de conservación de las zonas comunes de la edificación, como el portal, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
- Fachada y Tejado: se verifica el estado de mantenimiento de la fachada y el tejado, además del envolvente, las repisas y las tuberías de agua pluvial.
- Infraestructuras: se analiza la situación y comportamiento de las instalaciones del edificio, conjuntamente con la electricidad, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
En el caso de que se identifique defectos en alguno de esos puntos, se determinan plazos para su subsanación y se emite un informe con las intervenciones convenientes para facilitar la seguridad y manutención de la construcción.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Cada uno de los Inmuebles en en Silleda se encuentran requeridos a acatar la pertinente ITE inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual está reflejada en el propio registro
Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, sería recomendable volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar a fondo de que no aparezcan problemas.
Existen varios Edificios que, según las Leyes Municipales, tienen la obligación de realizar esa Inspección cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
El Deber es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Municipal de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años hay que pasar la ITE de forma inevitable, pero en diversos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de requerimiento.
Si deseas traspasar la vivienda y la misma debe pasar la ITE entonces te van a instar que presentes el Certificado ITE, sin embargo si existe un trato entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería revocar la compraventa.
En el supuesto de no proceder a esta Inspección imperativa, puede suponer unas sanciones realmente graves que van a estar sujetas del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso hasta 6 mil Euros.