¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Villarmentero de Esgueva es un examen indispensable que se lleva a cabo en Edificios con el propósito de proteger la protección y el mantenimiento adecuado de las propiedades e instalaciones.
En este post, te describimos por qué la ITE es imprescindible, los beneficios, las partes que hay que analizar y cómo realizar una evaluación adecuadamente. ¡Continua leyendo para saber todo referente a esta práctica esencial!
El análisis de la edificación se lleva a cabo por técnicos que descubren eventuales imperfecciones y determinarán la necesidad de ajustes
La supervisión de la propiedad persigue inspeccionar riesgos asociados con la seguridad de la estructura, la humedad existente, la descomposición, sin embargo no contempla la identificación de problemas de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque pueda parecer, no son la misma cosa. Sin embargo voy a explicarte particularmente.
El cometido de la ITE es evaluar el estado de conservación de la propiedad. Y la IEE inspecciona la accesibilidad así como la eficiencia energética.
En los últimos años, la inspección técnica de un edificio se ha perfeccionado, englobando la evaluación del edificio en sí mismo, sumado a la adaptabilidad, incluyendo la optimización energética. Por consiguiente, actualmente se identifica como IEE para englobar todas estas verificaciones necesarias.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Documento que atestigua el estado de la edificación y su cumplimiento con los criterios de seguridad, habitabilidad de las estancias, y el entorno de la edificación.
Este informe es obligatorio entregarse en ciertas circunstancias cuando un edificio cuenta con una antigüedad específica, y en ciertas regiones o lugares de España es imperativo.
En algunas ciudades de nuestro País dicho Certificado ITE debe presentarse aún mientras que se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se piden Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la estructura.
El Certificado ITE posee información acerca de la Revisión de la Consistencia de la Estructura, Sistemas de Control de Incendios, Dispositivos Eléctricos y Sanitaria
Este Certificado actúa como una prueba de consulta para la próxima Supervisión y conservación de la Estructura.
¿Qué sucede si un propietario no quiere pasar la ITE?
En la mayoría de las comunidades con frecuencia hay vecinos que no están de acuerdo con los asuntos que se deben iniciar, aún cuando sean obligatorias.
La ignorancia de lo que se ejecuta en una ITE y suponer que podría ser un gasto elevado podría ser una de los argumentos por las que un vecino no esté conforme a realizar la ITE.
El Gobierno Municipal demanda a pasar la Inspección Técnica de Edificio por los años de la Construcción, por consiguiente el propietario no debería negarse ya que puede ser multado si lo hace.
Algunas veces, un vecino no quiere permitir la Inspección Técnica porque su Domicilio no está con los requisitos adecuados. Por consiguiente, el Perito podría desechar la inspección sin entrar al Inmueble o declinar el confeccionar el Documento Escrito.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
Esta Inspección Técnica del Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Costo de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la condición del Edificio o Piso.
En el escenario de que no pretenda asumir la Tasa de la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.
¿Quién costea la ITE de un Edificio?
Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Costo de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más teniendo en cuenta la condición de la Edificación o Vivienda.
En el escenario de que no pretenda asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, requerida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una multa cuantificada en 600 euros.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Para descubrir si su edificio ha ejecutado la Inspección Técnica de Edificio, tienes que inspeccionar el expediente el cual se facilita posteriormente a la auditoría. En dicha documentación se apuntará si la construcción ha superado la evaluación y si se han hallado desperfectos.
Si no dispone del material informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la responsable de finalizar y archivar las ITE. Ya hemos mencionado que es apremiante ejecutar la evaluación de edificios y que su cobertura varía de unos lugares a otros.
De este modo:
En valladolid, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe efectuarse el Examen de Evaluación de Edificios cada diez años para edificios con más de cincuenta años de antigüedad.
En Catalunya tiene que efectuarse cada diez años para edificaciones de más de cuarenta y cinco años. En valladolid cada década, para edificios superior a treinta años, al igual que en valladolid.
¿Qué se mira en la ITE?
Durante la Inspección Técnica se verifican numerosos componentes del edificio, como la arquitectura, la infraestructura, el exterior, la cubierta y los espacios comunes. Además se verifica la facilidad de acceso de la construcción, en definitiva, si es correctamente transitable para personas con discapacidad o movimiento limitado.
Fundamentalmente, en la Inspección Técnica se revisa el estado de las posteriores zonas de la construcción:
- Instalaciones: se comprueba la condición y funcionamiento de las instalaciones de la construcción, así como la energía, el agua, el gas y los mecanismos de calefacción.
- Estructura: se comprueba la estabilidad y protección de la estructura del edificio, incluido los componentes de carga, los cimientos, los forjados, las viguetas y las columnas.
- Revestimiento y Tejado: se revisa el estado de mantenimiento del exterior y el tejado, además de la envoltura, las repisas y las cañerías de agua de lluvia.
- Espacios Comunes: se revisa el estado de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como la entrada, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
- La facilidad de Acceso: se revisa la facilidad de acceso a la edificación para personas con incapacidad o desplazamiento reducido, analizando la presencia de rampas, ascensores, barandillas y otros componentes requeridos.
Si se encuentran carencias en determinados de estos puntos, se precisan las fechas de subsanación y se suministra un documento con las ejecuciones convenientes para facilitar la protección y conservación inmueble.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Los Edificios en en Villarmentero de Esgueva se encuentran requeridos a acatar la adecuada Revisión Técnica antes de los 45 años de antigüedad, la cual está reflejada en el mismo catastro
Además, si es una vivienda con más de 45 años, sería recomendable volver a pasar una Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.
Hay algunos Edificios que, según la Normativa Municipal, tienen la obligación de realizar esa Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.
La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?
Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años debe pasar la ITE de forma inevitable, pero en ciertos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden variar los años de requerimiento.
Si quieres liquidar la vivienda y la misma debe pasar la ITE entonces te van a reclamar que remitas el Certificado ITE, en cambio si posees un acuerdo entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería anular la compraventa.
En caso de no efectuar esta Inspección imperativa, puede entrañar unas penalizaciones muy importantes que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar particularmente hasta los 6000 euros.