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inspeccion tecnica de edificios Cálig

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Cálig es una inspección imprescindible que se lleva a cabo en Edificios con la meta de asegurar la protección y el mantenimiento adecuado de las edificaciones e instalaciones.

En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible, las ventajas, los componentes que hay que comprobar y cómo efectuar una inspección debidamente. ¡Sigue leyendo para descubrir todo referente a este método imprescindible!

La supervisión de la edificación se ejecuta por personal competente que encuentran posibles fallos y concluirán la necesidad de acondicionamientos

La peritación del edificio tiene como objetivo inspeccionar peligros vinculados a la seguridad de la estructura, la presencia de humedad ambiental, la erosión, aunque no incluye la detección del diagnóstico de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque pueda parecer, no son exactamente iguales. No obstante voy a aclararte específicamente.

El fin de la ITE es evaluar el estado de conservación del inmueble en cuestión. Y la IEE considera la adaptabilidad y el ahorro energético.

En los últimos años, la revisión de una edificación se ha optimizado, incluyendo la revisión del edificio en sí mismo, junto con la adaptabilidad, incluyendo la gestión energética. De este modo, ahora se llama con el nombre de IEE para englobar todos estas mismas evaluaciones requeridas.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Documento que confirma la calidad de la edificación y su cumplimiento según la normativa sobre seguridad estructural, habitabilidad, y las condiciones urbanas.

Este Certificado tiene que entregarse en determinadas situaciones cuando un edificio posee cierto tiempo de antigüedad, y en determinadas o localidades de España es requisito indispensable.

En diversas localidades de nuestro País dicho Certificado ITE es necesario presentarlo aún mientras que se pide la Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Restauración del edificio.

Este Certificado ITE contiene información acerca de la Evaluación de la Integridad Estructural, Dispositivos de Seguridad contra Incendios, Dispositivos Eléctricos y de Saneamiento

El Certificado cumple con la finalidad de una prueba de orientación para la Evaluación futura y conservación de la Construcción.

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¿Qué pasa si un vecino no quiere hacer la ITE?

En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes no están de acuerdo con aceptar los requerimientos impuestos, por más que sean establecidos de manera obligatoria.

El desconocimiento total de cómo funciona una ITE y creer que el costo será excesivamente alto, podría ser un motivo para que un vecino no esté conforme a aprobar una ITE.

El Ayuntamiento solicita a pasar la ITE por los años del Edificio, en consecuencia el vecino no debería negarse ya que puede ser penalizado en caso afirmativo.

En ocasiones, un vecino no desea pasar la Inspección ya que su Casa no reúne los requisitos adecuados. En tal caso, el Perito podría desechar la inspección sin pasar al Inmueble o oponerse a confeccionar el Informe.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Costo de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más teniendo en cuenta la naturaleza de la Edificación o Piso.

En el caso de que no pretenda asumir la Tasa de la ITE, exigida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización cuantificada en 600 euros.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica del Edificio la paga el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no se quiera abonar la Inspección Técnica de Edificios, exigido por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos vecinos que la han rechazado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para saber si un edificio ha ejecutado la ITE, debes revisar los resultados fundamentados que se entregan seguidamente a la inspección. Esta documentación definirá si la edificación ha superado la evaluación y si se han localizado irregularidades.

Si no posee acceso al informe, puede acudir con la administración estatal pertinente, ya que es la encargada de la puesta en práctica y registro de las ITE. Como hemos dicho anteriormente, es requerido la consecución de la ITE y que varía de unas zonas a otras.

En concreto:

En castellon, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) precisa que debe efectuarse el Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de existencia.

En Catalunya tiene que efectuarse cada diez años para edificaciones de más de 45 años. En castellon cada decenio, para edificios de más de treinta años, al igual que en castellon.

¿Qué se examina en la ITE?

Durante la Inspección Técnica de Edificio se verifican varios componentes de la construcción, entre ellos la estructura, las instalaciones, el exterior, la cubierta y las zonas comunes. Adicionalmente se verifica la facilidad de acceso del edificio, por consiguiente, si es cómodamente transitable para personas con minusvalía o desplazamiento limitado.

En la Inspección Técnica se revisa el estado de las zonas siguientes de la construcción:

  • Estructura: se analiza la estabilidad y protección de la estructura de la edificación, incluido los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las viguetas y las columnas.
  • Instalaciones: se verifica la condición y desempeño del equipamiento del edificio, así como la corriente eléctrica, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
  • Fachada y Tejado: se revisa el estado de preservación del exterior y el tejado, también del revestimiento, las juntas y las cañerías de agua pluvial.
  • Zonas comunes: se analiza la condición de mantenimiento de los espacios comunes de la edificación, como la entrada, el hall, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
  • El Acceso: se verifica la facilidad de acceso a la edificación para ciudadanos con incapacidad o movimiento limitado, examinando la disponibilidad de pasarelas, ascensores, pasamanos y otros elementos indispensables.

En el caso de que se identifique deficiencias en alguno de esos aspectos, se determinan plazos para su reparación y se formula un informe con las operaciones obligatorias para facilitar la protección y mantenimiento de la construcción.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Cálig se encuentran obligados a acatar la adecuada Inspección Técnica antes de los 45 años de edad, la cual se encuentra detallada en el propio catastro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.

Hay varios edificios que, según las Leyes Municipales deberían realizar esa Inspección cada lapso de tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.

El Deber es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Cuando una vivienda tiene por encima de 50 años debe pasar la ITE de forma obligatoria, pero en algunos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden modificar los años de obligatoriedad.

Si quieres liquidar una vivienda y la misma le hace falta pasar la ITE entonces te van a requerir que proporciones el Certificado ITE, no obstante si posees un trato entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería cancelar la compraventa.

En el caso de no llevar a cabo esta Inspección imperativa, puede entrañar unas penalizaciones muy sustanciales que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5000 y 6000 Euros.