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inspeccion tecnica de edificios Villar de Canes

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Villar de Canes es una comprobación pertinente que se ejecuta en Edificios con el objetivo de velar por la integridad y el adecuado cuidado de las edificaciones e instalaciones.

¡Descubre todo referente a esta práctica fundamental leyendo este artículo! Te mostramos las ventajas, los componentes evaluables y cómo realizar una Inspección convenientemente, para que comprendas por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible.

El análisis de la edificación se ejecuta por inspectores capacitados que descubren posibles debilidades y decidirán la conveniencia de realizar reparaciones

La evaluación técnica del inmueble tiene como propósito examinar riesgos potenciales vinculados a la seguridad de la edificación, la humedad presente, la degradación, sin embargo no incluye la detección de la patología de la aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no son la misma cosa. Pero quiero aclararte particularmente.

La misión de la ITE es evaluar la condición de la propiedad. Y la IEE inspecciona la adaptabilidad así como la eficiencia energética.

Desde hace algunos años, la revisión técnica de un bien inmueble se ha vuelto más completa, englobando la evaluación del edificio en sí mismo, junto con la accesibilidad, así como el rendimiento energético. De ahí que, actualmente se llama bajo el nombre de IEE para incluir todos estas mismas prácticas requeridas.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que verifica la situación de la edificación y su cumplimiento de acuerdo con las normas de seguridad estructural, condiciones de habitabilidad, y las condiciones urbanas.

Este documento tiene que presentarse en algunas ocasiones cuando una edificación cuenta con una antigüedad específica, y en algunas provincias o lugares de España es de carácter obligatorio.

En varias poblaciones de España dicho Certificado ITE se exige su presentación incluso cuando se pide una Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la construcción.

Ese Certificado ITE contiene características de la Comprobación de el estado de Conservación de la Estructura, Medios de Protección contra Incendios, Dispositivos Eléctricos y Sanitaria

Este Certificado funciona como un Registro de orientación para la futura Inspección y mantenimiento del Edificio.

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¿Qué pasa si un propietario no quiere pasar la ITE?

En la amplia mayoría de las Comunidades hay quienes se niegan a aceptar los asuntos impuestos, por más que sean establecidos de manera ineludible.

El entendimiento limitado de cómo se realiza una Inspección Técnica de Edificio y sospechar que el precio será excesivamente alto, podría ser un motivo para que un vecino no esté conforme a dar el visto bueno a una ITE.

El Ayuntamiento obliga a pasar la inspección debido a los años del inmueble, por consiguiente el propietario no debería oponerse ya que puede ser multado en caso afirmativo.

En ocasiones, un propietario se niega a autorizar la Inspección Técnica de Edificio porque su Vivienda no está con las características adecuadas. En cuyo caso, el Perito podría oponerse a la inspección sin inspeccionar el Inmueble o rehusar a confeccionar el Informe.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la paga el Titular del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no intente asumir el Precio de la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no se intente costear la Inspección Técnica de Edificios, exigido por el Ayuntamiento, se podría cometer una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que se han negado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para conocer si su edificio ha culminado una ITE, debes examinar los resultados documentados que se ofrecen con posterioridad a la inspección. Esta información definirá si la construcción ha pasado la evaluación y si se han observado irregularidades.

Si no dispone de acceso al expediente, puede consultar con el organismo público pertinente, ya que es la responsable de la puesta en práctica y registro de las Inspecciones Técnicas. Como acabamos de decir, es obligatorio la materialización de la ITE y que oscila de unos lugares a otros.

Por consiguiente:

La Reglamentación IEE en castellon determina que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser practicado cada decenio para las edificaciones que tengan más de 50 años de antigüedad.

En Catalunya debe ejecutarse cada decenio para construcciones de más de 45 años. En castellon cada diez años, para construcciones superior a treinta años, al igual que en castellon.

¿Qué se examina en la ITE?

Se analiza la facilidad de acceso del edificio, para revisar si es de fácil tránsito para ciudadanos con movilidad reducida o imposibilidad. En la ITE se revisan la estructura, la infraestructura, el tejado, el exterior y los espacios comunes.

En la ITE se comprueba la situación de los elementos siguientes de la construcción:

  • La facilidad de Acceso: se revisa el acceso al edificio para ciudadanos con incapacidad o desplazamiento limitado, comprobando la disponibilidad de pasarelas, ascensores, pasamanos y otros componentes requeridos.
  • Fachada y Tejado: se comprueba el estado de preservación de la fachada y la cubierta, también de la envoltura, las repisas y las tuberías de agua de lluvia.
  • Infraestructuras: se revisa la condición y funcionamiento de las instalaciones del edificio, al igual que la energía eléctrica, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.
  • Estructura: se revisa la estabilización y protección de la estructura del edificio, incluido los elementos de carga, los cimientos, los elementos estructurales, las vigas y las columnas.
  • Zonas comunes: se verifica la situación de preservación de los espacios comunes del edificio, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los pasillos y los elevadores.

En el caso de que se descubra desperfectos en cualquiera de esos elementos, se preparan plazos de tiempo para su subsanación y se suministra un escrito con las actuaciones requeridas para proporcionar la protección y mantenimiento de la construcción.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Villar de Canes se encuentran requeridos a pasar la correspondiente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se refleja en el propio catastro

Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.

Hay varios edificios que, según las Leyes Municipales deben someterse a la Inspección cada cierta temporada, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Vivienda Plurifamiliar.

La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, en tanto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Si una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma obligatoria, pero en diversos Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden variar los años de requerimiento.

Si pretendes liquidar la vivienda y la misma tiene que iniciar la ITE entonces te van a pedir que muestres el Certificado ITE, ahora bien si existe un acuerdo entre comprador y vendedor con acontecimientos justificados no se debería anular la compraventa.

En el supuesto de no realizar la Inspección imperativa, puede suponer unas multas muy considerables que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar inclusive entre 5000 y 6000 Euros.