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inspeccion tecnica de edificios Abades

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Abades es una revisión obligatoria que se ejecuta en Edificios con la finalidad de garantizar la integridad y el correcto mantenimiento de las construcciones e instalaciones.

En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica es esencial, las ventajas, las partes que hay que valorar y cómo realizar una inspección correctamente. ¡Permanece leyendo para descubrir todo respecto a este método fundamental!

La inspección del inmueble se realiza por profesionales del ramo que descubren potenciales defectos y determinarán si es necesario realizar correcciones

La supervisión de la propiedad tiene como propósito examinar amenazas relacionados a la seguridad de la estructura, la humedad en el edificio, la degradación, no obstante no contempla la identificación de la existencia de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no son exactamente iguales. Sin embargo quiero explicarte concretamente.

El cometido de la ITE es evaluar el estado general de la estructura. Y la IEE evalúa la accesibilidad para personas con discapacidad y la eficiencia energética.

Desde hace unos cuantos años, la supervisión técnica de un inmueble se ha actualizado, incluyendo la inspección de la estructura del edificio, sumado a la adaptabilidad, así como la optimización energética. De este modo, ahora se llama con el nombre de IEE para abarcar todas estas mismas prácticas requeridas.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que atestigua la situación de la estructura y su cumplimiento de acuerdo con las directrices de seguridad estructural, habitabilidad urbana, y el medio ambiente urbano.

Este informe es obligatorio presentarse en ciertas circunstancias cuando una edificación cuenta con una edad determinada, y en ciertas regiones o lugares de España es de carácter obligatorio.

En diversas localidades de España el Certificado ITE debe presentarse aún cuando se tramita una Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la construcción.

Un Certificado ITE contiene información acerca de el Estudio de la Estructura del Edificio, Dispositivos Antiincendios, Tendido Eléctrico y de Saneamiento

El Certificado desempeña el papel de Escrito de orientación para la Inspección siguiente y mantenimiento de un Edificio.

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¿Qué ocurre si un propietario no quiere pasar la ITE?

En todas las comunidades hay quienes no están de acuerdo con aceptar los requerimientos impuestos, pese a que sean establecidos de manera obligatoria.

El desconocimiento de lo que se ejecuta en una Inspección Técnica de Edificios y pensar que podría ser un costo elevado podría ser una de los argumentos por las que un vecino se niegue a realizar la Inspección Técnica de Edificios.

El requisito de ejecutar la inspección es dado que te lo impone el Gobierno Municipal por los años del Edificio y el propietario no debería oponerse ya que se puede incurrir en una multa.

Muchas veces, un propietario no quiere aprobar la Evaluación Técnica de la Edificación dado que su Domicilio no reúne las características adecuadas. A este respecto, el Técnico podría rehusar el examen sin pasar al Inmueble o rehusar a materializar el Reporte Oficial.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no quiera asumir el Importe de la ITE, obligatoria por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una multa valorada en 600 euros.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica del Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no desee asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, exigida por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para averiguar si el edificio ha ejecutado una ITE, debes analizar los resultados documentados que se otorgan a continuación de la inspección. Esta información informará si la edificación ha superado la verificación y si se han detectado irregularidades.

Si no cuenta con el documento informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la que se encarga de desempeñar y conservar las Inspecciones Técnicas de Edificios. Ya hemos mencionado que es apremiante ejecutar la evaluación de edificios y que su ámbito varía de unos lugares a otros.

En concreto:

En segovia, la Normativa de Evaluación de Edificios (IEE) establece que debe efectuarse el Examen de Evaluación de Edificios cada década para construcciones con más de cincuenta años de existencia.

En Catalunya, la revisión tiene que llevarse a cabo cada decenio para edificaciones con una edad de más de 45 años. Mientras que en segovia y segovia, se obliga a un examen cada decenio para las construcciones que superen los 30 años.

¿Qué se analiza en la ITE?

A lo largo de la Inspección Técnica se verifican varios elementos de la construcción, tal como la arquitectura, las instalaciones, el exterior, el tejado y las zonas comunes. Adicionalmente se verifica la facilidad de acceso de la edificación, en concreto, si es correctamente transitable para personas con minusvalidez o movimiento limitado.

En la ITE se verifica la condición de las zonas siguientes de la construcción:

  • Arquitectura: se revisa la estabilidad y seguridad de la estructura del edificio, incluido los elementos de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las viguetas y los pilares.
  • El Acceso: se revisa la facilidad de acceso al edificio para ciudadanos con discapacidad o movimiento limitado, verificando la presencia de rampas, ascensores, barandillas y otros elementos necesarios.
  • Espacios Comunes: se evalúa el estado de conservación de las zonas comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los elevadores.
  • Revestimiento y Cubierta: se analiza la condición de preservación de la fachada y la cubierta, adicionalmente del revestimiento, las repisas y las cañerías de agua pluvial.
  • Infraestructuras: se analiza la condición y comportamiento del equipamiento de la construcción, además de la energía, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.

En el supuesto de que se identifique defectos en alguno de estos elementos, se precisan plazos para su regularización y se suministra un escrito con las actuaciones necesarias para facilitar la seguridad y mantenimiento de la construcción.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Los Edificios en en Abades se encuentran obligados a cumplir con la correspondiente ITE inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se encuentra detallada en el mismo registro

Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no haya problemas.

Existen algunos Edificios que, según la Normativa Municipal, tienen la obligación de realizar esa Inspección cada lapso de tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Comarca la que posee la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Si una vivienda tiene más de 50 años hay que pasar la ITE de forma obligatoria, pero en determinados Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.

Si necesitas liquidar la vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a obligar que proporciones el Certificado ITE, en cambio si hay un consentimiento entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería cancelar la compraventa.

En el caso de no efectuar la Inspección obligatoria, puede implicar unas multas bastante elevadas que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar inclusive entre 5000 y 6000 Euros.