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inspeccion tecnica de edificios Bahabón de Esgueva

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Bahabón de Esgueva es una inspección imprescindible que se efectúa en Edificios con el propósito de garantizar la protección y el correcto mantenimiento de las propiedades e instalaciones.

En este artículo, te explicamos por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible, los beneficios, los componentes que hay que analizar y cómo efectuar una inspección adecuadamente. ¡Continua leyendo para saber todo respecto a este método imprescindible!

La peritación de la construcción se lleva a cabo por profesionales del ramo que detectan posibles problemas y establecerán si es necesario realizar correcciones

La evaluación técnica del inmueble tiene como propósito inspeccionar riesgos potenciales relacionados a la seguridad de las edificaciones, la humedad en las construcciones, la erosión, pero no cubre la detección del diagnóstico de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se pueda pensar, no son sinónimos. Sin embargo quiero explicarte particularmente.

La ITE evalúa la condición del bien inmueble. Y la IEE revisa la accesibilidad para personas con discapacidad y el uso de la energía.

Desde hace unos cuantos años, la verificación de una construcción se ha modernizado, contemplando la inspección de la propia construcción, además de la accesibilidad, así como el uso eficiente de la energía. En consecuencia, actualmente se le denomina con el nombre de IEE para englobar todos estas inspecciones imprescindibles.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe que garantiza el estado del inmueble y su cumplimiento con los estándares de seguridad estructural, habitabilidad urbana, y su entorno urbano.

Este documento es necesario presentarse en ciertas circunstancias cuando un inmueble tiene un número de años desde su construcción, y en algunas comunidades o zonas de España es de carácter obligatorio.

En varias poblaciones de España el Certificado ITE es necesario presentarlo aún cuando se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la construcción.

El Certificado ITE contiene características de el Estudio de la Estabilidad del Edificio, Sistemas de Prevención de Incendios, Tendido Eléctrico y de Saneamiento

Este Certificado actúa como un Registro de consulta para la próxima Revisión y mantenimiento de un Edificio.

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¿Qué sucede si un vecino no quiere pasar la ITE?

En todos los edificios hay quienes no están de acuerdo con aceptar los asuntos impuestos, a pesar de que sean establecidos de manera obligatoria.

La ignorancia de lo que se lleva a cabo en una ITE e idear que podría ser un costo considerable podría ser una de los argumentos por las que un vecino no esté de acuerdo a ejecutar la ITE.

El requerimiento de pasar la inspección es porque te lo solicita el Ayuntamiento por la Antigüedad del Edificio y el vecino no debería oponerse porque se puede incurrir en una multa.

Otras veces, un vecino no quiere aprobar la Inspección Técnica de Edificio ya que su Vivienda no está con los requisitos adecuados. A este respecto, el Técnico podría rehusar la inspección sin entrar al Inmueble o oponerse a confeccionar el Informe.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no se desee costear la Inspección Técnica de Edificios, requerido por el Gobierno Municipal, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que se han negado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no desee asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Gobierno Municipal, los propietarios que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para enterarse si un edificio ha completado la Inspección Técnica de Edificio, debes inspeccionar los resultados confirmados que se entregan a continuación de la inspección. Esta documentación especificará si la edificación ha superado la verificación y si se han descubierto irregularidades.

Si no posee acceso al informe, puede consultar con el organismo público competente, ya que es la responsable de la ejecución y anotación de las Inspecciones Técnicas de Edificios. Tal como dijimos antes, es obligado la puesta en práctica de la Inspección y que difiere de unas zonas a otras.

En concreto:

En burgos, la Ley de Evaluación de Edificios (IEE) define que debe efectuarse el Informe de Evaluación de Edificios cada diez años para edificios con más de cincuenta años de existencia.

En Catalunya, la revisión debe realizarse cada década para construcciones con una antigüedad de más de 45 años. Al mismo tiempo que en burgos y burgos, se obliga a un examen cada década para aquellos edificios que superen los 30 años.

¿Qué se examina en la ITE?

Durante la ITE se comprueban varios componentes de la construcción, entre ellos la estructura, las instalaciones, el exterior, la cubierta y las zonas comunes. Asimismo se revisa la facilidad de acceso de la construcción, en consecuencia, si es fácilmente transitable para ciudadanos con incapacidad o movilidad reducida.

En la Inspección Técnica de Edificio se revisa el estado de los componentes siguientes de la edificación:

  • El Acceso: se revisa la accesibilidad al edificio para ciudadanos con discapacidad o movimiento limitado, evaluando la existencia de pasarelas, ascensores, pasamanos y otros componentes obligatorios.
  • Fachada y Cubierta: se verifica la situación de preservación del exterior y la cubierta, adicionalmente de la envoltura, las juntas y las tuberías de agua pluvial.
  • Instalaciones: se comprueba la situación y funcionamiento de las instalaciones del edificio, al igual que la electricidad, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
  • Arquitectura: se evalúa la estabilización y seguridad de la estructura del edificio, incluyendo los componentes de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.
  • Espacios Comunes: se verifica la condición de mantenimiento de los espacios comunes de la construcción, como la entrada, el vestíbulo, las escaleras, los rellanos y los elevadores.

Si se identifican defectos en determinados de estos elementos, se establecen los tiempos de reparación y se elabora un escrito con las ejecuciones fundamentales para proteger la protección y mantenimiento inmueble.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Cada uno de los Edificios en en Bahabón de Esgueva están requeridos a cumplir con la pertinente Revisión Técnica antes de los 45 años de antiguedad, la cual se halla incorporada en el mismo catastro

Además, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no se detectan problemas.

Existen unos cuantos edificios que, según la Normativa Municipal deben pasar la Evaluación cada lapso de tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, ya que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Comarca la que mantiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma inevitable, pero en determinados Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.

Si necesitas traspasar la vivienda y la misma le hace falta pasar la ITE entonces te van a obligar que aportes el Certificado ITE, pero si existe un pacto entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería cancelar la compraventa.

En caso de no realizar esta Inspección obligatoria, puede entrañar unas sanciones realmente graves que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar probablemente hasta los 6000 euros.