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inspeccion tecnica de edificios Belmez

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Belmez es una prueba fundamental que se efectúa en Edificios con la finalidad de asegurar la integridad y el adecuado cuidado de las edificaciones e instalaciones.

¡Conoce todo sobre esta práctica vital leyendo este post! Te mostramos las ventajas, las partes medibles y cómo hacer una Inspección correctamente, para que comprendas por qué la ITE es imprescindible.

La auditoría del edificio se efectúa por técnicos calificados que observan posibles debilidades y juzgarán si es necesario realizar soluciones

La revisión técnica del inmueble busca revisar riesgos asociados a la seguridad de la edificación, la humedad en el inmueble, la degradación, pero no contempla la identificación de la presencia de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, no obstante, no son la misma cosa. Sin embargo quiero aclararte concretamente.

La misión de la ITE es evaluar el estado de conservación del inmueble en cuestión. Y la IEE revisa la adaptabilidad y la eficiencia energética.

Recientemente, la verificación de una construcción se ha perfeccionado, incluyendo la revisión de la estructura del edificio, así como la accesibilidad para personas con discapacidad, incluyendo la eficacia energética. En consecuencia, actualmente se llama con el nombre de IEE para abarcar todos estas prácticas obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Documento que atestigua la condición de la construcción y su cumplimiento con los estándares de seguridad, habitabilidad de las estancias, y el ámbito urbano.

Este documento tiene que ser presentado en determinadas situaciones cuando un edificio cuenta con un número de años desde su construcción, y en algunas provincias o lugares de España es exigido por ley.

En diversas localidades de nuestro País dicho Certificado ITE debe presentarse aún cuando se tramita una Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.

Ese Certificado ITE muestra información acerca de la Evaluación de la Consistencia de la Estructura, Medios de Protección contra Incendios, Instalación Eléctrica y de Saneamiento

El Certificado desempeña el papel de una prueba de orientación para la Evaluación futura y mantenimiento de un Edificio.

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¿Qué sucede si un vecino no quiere pasar la ITE?

En todas las comunidades constantemente hay personas que no están conformes con las cosas que se deben ejercer, pese a que sean obligadas.

El desconocimiento de lo que se lleva a cabo en una ITE e idear que podría ser un precio importante podría ser una de los argumentos por las que un propietario se niegue a pasar la ITE.

El requisito de ejecutar la Inspección Técnica de Edificio es dado que te lo obliga el Gobierno Municipal por los años de la Construcción y el vecino no debería negarse puesto que se puede incurrir en una sanción.

Muchas veces un propietario no desea pasar la Inspección Técnica del Edificio porque su Apartamento no está en las circunstancias perfectas. El Técnico, a este respecto, podría firmar sin pasar a esa Residencia o negarse a la materialización del Documento Escrito.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no se desee tributar la ITE, exigido por el Ayuntamiento, se podría perpetrar una sanción de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las particularidades de la Edificación o Residencia.

En el caso de que no pretenda asumir el Precio de la ITE, exigida por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?

Para saber si su edificio ha realizado la ITE, debes inspeccionar el expediente que se facilita después de que la inspección. En dicho expediente se especificará si la edificación ha superado la revisión y si se han encontrado deficiencias.

Si no tiene acceso al expediente, puede hablar con el organismo público competente, dado que es la responsable de la ejecución y consignación de las ITE. Tal como dijimos antes, es apremiante la puesta en práctica de la inspección técnica de edificios y que difiere de unos lugares a otros.

En concreto:

En cordoba, la Legislación de Evaluación de Edificios (IEE) precisa que debe realizarse el Informe de Evaluación de Edificios cada década para construcciones con más de cincuenta años de existencia.

En Cataluña debe realizarse cada diez años para edificaciones superior a 45 años. En la Comunidad de cordoba cada década, para edificaciones superior a treinta años, así como en cordoba.

¿Qué se analiza en la ITE?

Se verifica la facilidad de acceso del edificio, para analizar si es de cómodo tránsito para ciudadanos con movilidad reducida o imposibilidad. En la Inspección Técnica se revisan la estructura, la infraestructura, la cubierta, la fachada y las zonas comunes.

En la ITE se evalúa el estado de los componentes siguientes del edificio:

  • Estructura: se evalúa la estabilidad y seguridad de la arquitectura de la edificación, incluyendo los componentes de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las vigas y los pilares.
  • Espacios Comunes: se analiza el estado de preservación de los espacios comunes del edificio, como la entrada, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
  • Revestimiento y Cubierta: se revisa la condición de mantenimiento de la fachada y la cubierta, asimismo de la envoltura, las juntas y las cañerías de agua de lluvia.
  • El Acceso: se revisa la facilidad de acceso al edificio para ciudadanos con incapacidad o movimiento limitado, evaluando la existencia de pasarelas, elevadores, barandillas y otros elementos imprescindibles.
  • Infraestructuras: se analiza la condición y funcionamiento de las instalaciones de la construcción, al igual que la corriente eléctrica, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.

Si se localizan defectos en alguno de estos puntos, se establecen los plazos de corrección y se emite un informe con las ejecuciones indispensables para preservar la seguridad y manutención inmueble.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Cada uno de los Inmuebles en en Belmez se encuentran requeridos a cumplir con la adecuada Revisión Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se refleja en el propio catastro

Por otro lado, si es una vivienda que tiene más de 45 años, deberían volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no haya problemas.

Hay varios Edificios que, según las Leyes Municipales, deberían realizar esa Evaluación cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, dado que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que mantiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Cuando una vivienda tiene más de 50 años tiene que pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en algunos Ayuntamientos hay determinadas normativas que pueden alterar los años de obligatoriedad.

Si deseas vender una vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a obligar que aportes el Certificado ITE, sin embargo si posees un consentimiento entre comprador y vendedor con circunstancias justificadas no se debería invalidar la compraventa.

En el supuesto de no ejecutar esta Inspección requerida, puede suponer unas sanciones realmente importantes que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar probablemente hasta 6 mil Euros.