¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Celada del Camino es una inspección imprescindible que se efectúa en Edificios con el propósito de proteger la integridad y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.
En este post, te explicamos por qué la Inspección Técnica de Edificios es primordial, los beneficios, los elementos que hay que comprobar y cómo ejecutar una evaluación convenientemente. ¡Permanece leyendo para descubrir todo respecto a esta práctica imprescindible!
El análisis de la edificación se lleva a cabo por técnicos que descubren posibles debilidades y evaluarán la necesidad de correcciones
La inspección del edificio persigue evaluar amenazas asociados a la seguridad de la estructura, la humedad en la estructura, la descomposición, aunque no incluye la detección de la presencia de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una IEE y ITE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se parezcan, no son sinónimos. Pero déjame explicarte concretamente.
El alcance de la ITE es evaluar el mantenimiento de la construcción. Y la IEE analiza la accesibilidad y la eficacia energética.
En los últimos tiempos, la supervisión técnica de un inmueble se ha perfeccionado, contemplando la inspección de la estructura del edificio, sumado a la accesibilidad, incluyendo la gestión energética. De este modo, actualmente se conoce con el nombre de IEE para englobar todas estas procesos imprescindibles.
¿Qué es un Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que acredita la calidad de la estructura y su cumplimiento según las leyes de seguridad, habitabilidad urbana, y el ámbito urbano.
Este Certificado debe mostrarse en algunas ocasiones cuando un edificio posee un número de años desde su construcción, y en ciertas regiones o lugares de España es obligatorio.
En varias poblaciones de nuestro País dicho Certificado ITE debe presentarse incluso cuando se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Restauración de la construcción.
Este Certificado ITE posee datos sobre la Revisión de la Robustez de la Edificación, Sistemas de Extinción de Incendios, Sistema Eléctrico y Sanitaria
El Certificado funciona como una evidencia de consulta para la Evaluación futura y mantenimiento del Edificio.
¿Cuánto se demora en hacer una ITE?
El lapso de tiempo de una ITE puede fluctuar en función de distintos elementos, como la dimensión de la edificación, su edad y su complicación. Normalmente, el el período que se ocupa en completar una Inspección Técnica de Edificios (ITE) suele oscilar entre 2 y 4 horas, no obstante en algunas situaciones puede aumentarse a más duración.
El proceso de la ITE incluye una evaluación exhaustiva de la situación de mantenimiento y protección del edificio, por ese motivo se necesita un tiempo pertinente para poder someterse a todas las verificaciones indispensables.
En contadas ocasiones, puede ser requerido realizar testeos complementarios, como comprobación de materiales o mediciones de humedad, para poder realizar una inspección más específica de la condición del inmueble. Eso puede extender el tiempo de la evaluación.
El Técnico competente elabora el Informe tras la evaluación, se presenta en la Administración Municipal al ser firmado, lo que hace que el trámite tarde más o menos 3 semanas.
¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?
Todos Inmuebles en en Celada del Camino se encuentran requeridos a acatar la adecuada Revisión Técnica antes de los 45 años de edad, la cual se halla incorporada en el mismo registro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no haya problemas.
Hay algunos Edificios que, según las Leyes Municipales, deberían someterse a esa Inspección cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.
La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, debido a que la Normativa Estatal así lo exige, pero es la Administración Local de la Localidad la que tiene la última palabra.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el supuesto de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.
En el caso de que no se intente pagar la Inspección Técnica de Edificios, obligatoria por el Gobierno Municipal, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.
¿Qué ocurre si un propietario no quiere hacer la ITE?
En todas las comunidades regularmente hay vecinos que no están conformes con las cosas que se tienen que deben, a pesar de que sean obligadas.
El entendimiento limitado de cómo funciona una ITE y creer que el desembolso será elevado, podría ser una razón para que un vecino se niegue a aprobar una inspección técnica de edificios.
La obligación de ejecutar la ITE es debido a que te lo demanda el Ayuntamiento por la Antigüedad de la Construcción y el vecino no debería renunciar dado que se puede entrañar una sanción.
Incluso puede que, un propietario no desea aprobar la Evaluación Técnica de la Edificación debido a que su Domicilio no está con las características adecuadas. Por consiguiente, el Técnico podría rehusar el examen sin acudir al Inmueble o declinar el confeccionar el Informe.
¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha hecho la ITE?
Para conocer si su edificio ha efectuado la Inspección Técnica de Edificio, debes examinar el expediente que se presenta con posterioridad a la auditoría. En dicho informe se informará si la construcción ha superado la revisión y si se han identificado deficiencias.
Si no dispone del documento informativo, puede acudir a la entidad pública pertinente, que es la que se encarga de completar y archivar las Inspecciones Técnicas. Ya hemos mencionado que es obligatorio hacer la revisión técnica de edificios y que su alcance varía de unos sitios a otros.
Por ejemplo:
La Regulación IEE en burgos establece que el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) tiene que ser efectuado cada década para los edificios que posean más de 50 años de antigüedad.
En Cataluña tiene que ejecutarse cada diez años para construcciones de más de cuarenta y cinco años. En la Comunidad de burgos cada decenio, para construcciones superior a treinta años, así como en burgos.
¿Qué se examina en la ITE?
Se evalúa la facilidad de acceso del inmueble, para verificar si es de fácil tránsito para ciudadanos con desplazamiento reducido o impedimento. En la ITE se revisan la arquitectura, las instalaciones, el tejado, la fachada y las zonas comunes.
En la Inspección Técnica se evalúa la condición de los componentes siguientes de la construcción:
- Estructura: se analiza la estabilidad y seguridad de la estructura de la edificación, incluyendo los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y las columnas.
- Instalaciones: se comprueba la condición y desempeño del equipamiento de la construcción, entre otras cosas la corriente eléctrica, el agua, el gas y los mecanismos de acondicionamiento del aire.
- Revestimiento y Cubierta: se analiza el estado de mantenimiento del exterior y el tejado, además de la envoltura, las repisas y las cañerías de agua de lluvia.
- Zonas comunes: se evalúa la condición de conservación de las zonas comunes de la construcción, como el portal, el hall, las escaleras, los rellanos y los ascensores.
- El Acceso: se evalúa el acceso a la construcción para usuarios con minusvalía o desplazamiento limitado, analizando la presencia de rampas, elevadores, pasamanos y otros elementos requeridos.
Si se descubren deficiencias en determinados de estos componentes, se preparan los tiempos de corrección y se emite un informe con las intervenciones necesarias para preservar la seguridad y conservación inmueble.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Si una vivienda tiene por encima de 50 años necesita pasar la ITE de forma irrenunciable, pero en ciertos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.
Si pretendes liquidar una vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a exigir que presentes el Certificado ITE, no obstante si existe un consenso entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería cancelar la compraventa.
En caso de no efectuar esta Inspección requerida, puede constituir unas penalizaciones muy considerables que van a depender del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar inclusive hasta 6 mil Euros.