¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Chelva es una inspección imprescindible que se efectúa en Edificios con el objetivo de asegurar la protección y el adecuado cuidado de las propiedades e instalaciones.
En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica es fundamental, los beneficios, los elementos que hay que examinar y cómo efectuar una evaluación debidamente. ¡Sigue leyendo para saber todo sobre esta práctica imprescindible!
La peritación de la construcción se realiza por expertos que descubren eventuales imperfecciones y evaluarán si es necesario realizar arreglo
La supervisión de la propiedad busca inspeccionar riesgos asociados a la seguridad de la edificación, la humedad en las construcciones, el deterioro, sin embargo no contempla la identificación del diagnóstico de aluminosis.
¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?
La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no tienen la misma función. No obstante quiero explicarte concretamente.
El alcance de la ITE es evaluar la situación de la propiedad. Y la IEE evalúa la accesibilidad para personas con discapacidad así como la eficiencia en el uso de la energía.
En los últimos años, la evaluación de un edificio se ha vuelto más completa, abarcando la evaluación de la edificación en cuestión, junto con la accesibilidad, así como el ahorro energético. Por consiguiente, actualmente se refiere con el nombre de IEE para englobar todas estas tareas requeridas.
¿En qué Consiste el Certificado ITE?
El Certificado ITE es un Informe Técnico que verifica el estado de la propiedad y su cumplimiento de acuerdo con las disposiciones sobre seguridad estructural, condiciones de habitabilidad, y el medio ambiente urbano.
Este Certificado tiene que entregarse en ciertas circunstancias cuando un edificio posee una edad determinada, y en determinadas provincias o lugares de España es exigido por ley.
En diversas poblaciones de nuestro País el Certificado ITE es necesario presentarlo además cuando se tramita la Licencia de Obra mayor o mientras que se solicitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación del edificio.
Este Certificado ITE muestra detalles como el Estudio de la Consistencia de la Estructura, Sistemas de Prevención de Incendios, Tendido Eléctrico y Sanitaria
Este Certificado funciona como una evidencia de referencia para la Inspección siguiente y conservación de la Estructura.
¿Qué pasa si un vecino no quiere hacer la ITE?
En la mayoría de las comunidades constantemente hay vecinos que no están de acuerdo con las cuestiones que se tienen que deben, aún cuando sean obligadas.
La ignorancia de lo que se hace en una ITE y suponer que podría ser un precio importante podría ser una de las razones por las que un propietario no esté conforme a realizar la ITE.
El Gobierno Municipal reclama a pasar la Inspección Técnica debido a la Antigüedad del inmueble, por esta razón el vecino no debería negarse ya que puede ser sancionado si lo hace.
En algunos casos, un vecino no desea autorizar la Inspección Técnica porque su Domicilio no reúne las características adecuadas. En este caso, el Técnico podría refutar el examen sin inspeccionar el Inmueble o desestimar el confeccionar el Documento Escrito.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La ITE de un Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.
La Tasa de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en función de las características de la Edificación o Piso.
En el caso de que no intente asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, los propietarios que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción cuantificada en 600 euros.
¿Quién paga la ITE de un edificio?
La Inspección Técnica de un Edificio la abona el Dueño del Inmueble o la Comunidad de Propietarios, en el caso de que se trate de Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.
El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Naturaleza de la Edificación o Residencia.
En el escenario de que no desee asumir el Precio de la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Gobierno Municipal, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.
¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?
Para enterarse si un edificio ha realizado una Inspección Técnica, tienes que examinar los resultados documentados que se ofrecen después de la evaluación. Esta documentación definirá si el edificio ha superado la inspección y si se han hallado irregularidades.
Si no dispone del documento informativo, puede ir a la entidad pública responsable, que es la responsable de desempeñar y almacenar las ITE. Ya hemos mencionado que es obligado ejecutar la revisión técnica de edificios y que su ámbito de aplicación varía de unas ciudades a otras.
Por ejemplo:
La Norma IEE en Asturias precisa que la ITE debe ser practicado cada decenio para las construcciones que posean más de 50 años de edad.
En Cataluña, la revisión debe realizarse cada diez años para edificaciones con una edad superior a cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en valencia y valencia, se requiere una evaluación cada diez años para las construcciones que superen los 30 años.
¿Qué se inspecciona en la ITE?
Se comprueba el acceso del inmueble, para evaluar si es de fácil tránsito para ciudadanos con movilidad reducida o impedimento. En la Inspección Técnica se evalúan la arquitectura, las instalaciones, el tejado, la fachada y los espacios comunes.
Entre otras cosas, en la Inspección Técnica se revisa la situación de las posteriores zonas del edificio:
- Instalaciones: se evalúa el estado y funcionamiento del equipamiento de la construcción, además de la electricidad, el agua, el gas y los dispositivos de calefacción.
- Arquitectura: se verifica la estabilización y protección de la estructura de la construcción, incluyendo los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y los pilares.
- Zonas comunes: se comprueba la condición de mantenimiento de los espacios comunes de la edificación, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los elevadores.
- Revestimiento y Cubierta: se comprueba el estado de mantenimiento de la fachada y el tejado, también de la envoltura, las repisas y las tuberías de agua pluvial.
- La facilidad de Acceso: se verifica la accesibilidad al edificio para personas con incapacidad o desplazamiento reducido, verificando la presencia de pasarelas, elevadores, pasamanos y otros componentes obligatorios.
Si se detectan carencias en determinados de estos puntos, se preparan las fechas de regularización y se elabora una memoria con las ejecuciones convenientes para proteger la protección y manutención inmueble.
¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?
Los Edificios en en Chelva están requeridos a completar la pertinente Revisión Técnica antes de los 45 años de antigüedad, la cual se halla incorporada en el propio registro
Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no haya problemas.
Hay unos cuantos edificios que, según la Normativa Municipal deben someterse a esa Evaluación cada cierta temporada, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar como Plurifamiliar.
El Deber es para Edificios de más de 50 años, puesto que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Comarca la que dispone de la última palabra.
¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?
Cuando una vivienda tiene más de 50 años debe pasar la ITE de forma obligatoria, pero en diversos Ayuntamientos hay algunas normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.
Si necesitas liquidar una vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a pedir que entregues el Certificado ITE, no obstante si existe un pacto entre comprador y vendedor con condiciones justificadas no se debería revocar la compraventa.
En el supuesto de no proceder a la Inspección obligatoria, puede entrañar unas penalizaciones bastante sustanciales que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar incluso entre 5000 y 6000 Euros.