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inspeccion tecnica de edificios Collado de Contreras

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la ITE o la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Collado de Contreras es una auditoría necesaria que se ejecuta en Edificios con el objetivo de proteger la seguridad y la debida conservación de las construcciones e instalaciones.

¡Conoce todo referente a esta práctica imprescindible leyendo este artículo! Te mostramos las ventajas, los elementos medibles y cómo realizar una Evaluación debidamente, para que entiendas por qué la Inspección Técnica es imprescindible.

La revisión de la construcción se efectúa por técnicos que observan potenciales irregularidades y determinarán si es necesario realizar acondicionamientos

El análisis de la propiedad tiene como propósito analizar riesgos asociados a la seguridad de los edificios, la humedad existente, la corrosión, sin embargo no abarca la identificación de los síntomas de la aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no es lo mismo. No obstante voy a aclararte concretamente.

El propósito de la ITE es evaluar la condición del edificio. Y la IEE considera la accesibilidad para personas con discapacidad y la eficiencia energética.

En los últimos tiempos, la revisión técnica de un bien inmueble se ha optimizado, contemplando la revisión del edificio en sí mismo, junto con la accesibilidad para personas con discapacidad, además de el uso eficiente de la energía. Así que, en la actualidad se refiere bajo el nombre de IEE para abarcar todas estas inspecciones necesarias.

¿En qué Consiste el Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que acredita la situación de la estructura y su cumplimiento siguiendo los estándares de seguridad en la construcción, habitabilidad, y su entorno urbano.

Este Certificado debe ser presentado en algunos casos cuando una edificación cuenta con una edad determinada, y en determinadas o localidades de España es exigido por ley.

En varias localidades de España el Certificado ITE debe presentarse aún mientras que se tramita una Licencia de Obra mayor o mientras que se piden Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.

Ese Certificado ITE presenta características de la Revisión de la Estructura del Edificio, Sistemas de Extinción de Incendios, Sistema Eléctrico y Sanitaria

Este Certificado desempeña el papel de un Expediente de consulta para la Inspección siguiente y mantenimiento de un Edificio.

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¿Qué pasa si un propietario no quiere hacer la ITE?

En todas las comunidades hay quienes se niegan a aceptar los asuntos impuestos, por más que sean establecidos de manera obligada.

El desconocimiento total de cómo funciona una ITE y suponer que el desembolso será elevado, podría ser un motivo para que un vecino no esté de acuerdo a aprobar una inspección técnica de edificios.

La responsabilidad de hacer la Inspección Técnica de Edificio es dado que te lo exige el Gobierno Municipal por los años del inmueble y el vecino no debería negarse puesto que se puede perpetrar una penalización.

Otras veces un vecino no desea ejercer la Inspección Técnica del Edificio porque su Casa no está en las circunstancias correctas. El Técnico, en este caso, podría formalizar el proceso sin entrar a esa Residencia o oponerse a la materialización del Documento Escrito.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La Inspección Técnica de un Edificio la paga el Titular del Inmueble o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

La Tasa de una ITE puede diferir desde los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en función de la naturaleza de la Construcción o Vivienda.

En el supuesto de que no intente asumir el Importe de la Inspección Técnica de Edificios, exigida por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan negado podrían ser objeto de una sanción valorada en 600 euros.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

La ITE de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Costo de una Inspección Técnica de Edificios puede diferir a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más dependiendo de la naturaleza de la Edificación o Vivienda.

En el caso de que no se pretenda pagar la Inspección Técnica de Edificios, imprescindible por el Ayuntamiento, se podría cometer una penalización de 600 Euros por vivienda a aquellos propietarios que la han rechazado.

¿Cómo puedo averiguar si un edificio ha pasado la ITE?

Para descubrir si un edificio ha culminado una ITE, debes revisar el expediente que se presenta con posterioridad a la auditoría. En dicho expediente se precisará si la edificación ha pasado la inspección y si se han descubierto deficiencias.

Si no cuenta con el material informativo, puede acudir a la entidad pública responsable, que es la que se encarga de completar y archivar las ITE. Ya hemos mencionado que es apremiante hacer la inspección de edificios y que su alcance varía de unas ciudades a otras.

De este modo:

La Norma IEE en avila determina que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) tiene que ser ejecutado cada diez años para las edificaciones que tengan más de 50 años de edad.

En Catalunya, la inspección tiene que efectuarse cada decenio para construcciones con una edad de más de cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en avila y avila, se requiere una evaluación cada década para las construcciones que superen los 30 años.

¿Qué se inspecciona en la ITE?

Durante la Inspección Técnica se verifican varios elementos de la edificación, tal como la estructura, las instalaciones, la fachada, la cubierta y los espacios comunes. Adicionalmente se revisa el acceso de la edificación, en concreto, si es fácilmente transitable para personas con minusvalidez o desplazamiento limitado.

En la ITE se verifica la condición de las zonas siguientes de la edificación:

  • Fachada y Cubierta: se revisa la condición de conservación de la fachada y el tejado, también del envolvente, las repisas y las tuberías de agua pluvial.
  • Instalaciones: se analiza la condición y comportamiento del equipamiento del edificio, al igual que la corriente eléctrica, el agua, el gas y los sistemas de climatización.
  • Estructura: se revisa la estabilización y protección de la arquitectura del edificio, inclusive los elementos de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y las columnas.
  • La facilidad de Acceso: se revisa la accesibilidad al edificio para usuarios con imposibilidad o movimiento limitado, comprobando la existencia de pasarelas, elevadores, pasamanos y otros elementos obligatorios.
  • Zonas comunes: se verifica la condición de conservación de los espacios comunes del edificio, como el portal, el hall, las escaleras, los rellanos y los elevadores.

En el supuesto de que se descubra defectos en alguno de esos componentes, se elaboran plazos para su corrección y se aporta un informe con las operaciones fundamentales para asegurar la seguridad y conservación de la construcción.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Cada uno de los Inmuebles en en Collado de Contreras se encuentran obligados a cumplir con la correspondiente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se halla incorporada en el mismo registro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, habría que volver a pasar la ITE cada 10 años y comprobar exhaustivamente de que no se detectan problemas.

Hay algunos edificios que, según las Leyes Municipales deberían someterse a la Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Exigencia es para Edificios de más de 50 años, en vista de que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Gobierno Local de la Localidad la que detenta la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

Cuando una vivienda tiene más de 50 años necesita pasar la ITE de forma requerida, pero en algunos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden diferir los años de requerimiento.

Si aspiras a traspasar una vivienda y la misma tiene que pasar la ITE entonces te van a pedir que remitas el Certificado ITE, sin embargo si existe un acuerdo entre comprador y vendedor con supuestos justificados no se debería revocar la compraventa.

En el supuesto de no efectuar la Inspección requerida, puede suponer unas penalizaciones muy considerables que van a depender del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar posiblemente entre 5 y 6 mil Euros.