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inspeccion tecnica de edificios El Burgo de Ebro

Artículo Actualizado a: junio 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en El Burgo de Ebro es una revisión obligatoria que se efectúa en Edificios con la finalidad de garantizar la seguridad y la debida conservación de las edificaciones e instalaciones.

En este artículo, te mostramos por qué la Inspección Técnica de Edificios es imprescindible, los beneficios, las partes que hay que comprobar y cómo efectuar una inspección adecuadamente. ¡Sigue leyendo para descubrir todo sobre este método imprescindible!

El examen de la propiedad se lleva a cabo por peritos expertos que descubren posibles problemas y evaluarán la oportunidad de efectuar soluciones

La valoración del edificio tiene como propósito analizar riesgos potenciales ligados con la seguridad de la construcción, la humedad en la edificación, la descomposición, no obstante no abarca la identificación de la manifestación de aluminosis.

¿Cuál es la diferencia entre IEE y ITE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque se parezcan, no son sinónimos. No obstante voy a explicarte específicamente.

El propósito de la ITE es evaluar el estado general del edificio. Y la IEE verifica la adaptabilidad así como la eficacia energética.

Recientemente, la evaluación de un edificio se ha perfeccionado, contemplando la revisión de la estructura del edificio, junto con la accesibilidad para personas con discapacidad, incluyendo el uso eficiente de la energía. De este modo, ahora se refiere bajo el nombre de IEE para englobar todos estas prácticas imprescindibles.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que comprueba la calidad del Edificio y su cumplimiento con las disposiciones sobre seguridad en la construcción, habitabilidad de la vivienda, y el medio ambiente urbano.

Este documento es obligatorio entregarse en ciertas circunstancias cuando un inmueble tiene un cierto tiempo desde su construcción, y en ciertas regiones o zonas de España es exigido por ley.

En algunas ciudades de nuestro País dicho Certificado ITE se exige su presentación aún cuando se tramita la Licencia de Obra mayor o cuando se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Rehabilitación de la construcción.

Este Certificado ITE tiene descripción minuciosa de la Inspección de la Estabilidad del Edificio, Dispositivos Antiincendios, Infraestructura Eléctrica y Sanitaria

El Certificado cumple con la finalidad de Escrito de referencia para la próxima Revisión y conservación de la Construcción.

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¿Qué ocurre si un propietario no quiere pasar la ITE?

En todos los edificios hay quienes se niegan a aceptar los asuntos impuestos, aún cuando sean establecidos de manera obligatoria.

El desconocimiento de lo que se hace en una ITE e idear que podría ser un costo elevado podría ser una de los argumentos por las que un vecino se niegue a pasar la Inspección Técnica de Edificios.

El Ayuntamiento insta a pasar la ITE por los años del inmueble, en consecuencia el vecino no debería resistirse ya que puede ser multado en caso afirmativo.

Muchas veces, un vecino no quiere aprobar la Inspección puesto a que su Vivienda no reúne los requisitos adecuados. En tal caso, el Perito podría refutar la inspección sin entrar al Inmueble o negarse a materializar el Informe.

¿Quién costea la ITE de un Edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en la medida en que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una ITE puede oscilar a partir de los 100 Euros hasta los 1000 Euros o más en base a la naturaleza de la Construcción o Vivienda.

En el supuesto de que no desee asumir la Tasa de la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, los vecinos que la hayan rechazado podrían ser objeto de una penalización valorada en 600 euros.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta Inspección Técnica de un Edificio la paga el Propietario del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el caso de que sea Vivienda Unifamiliar o Plurifamiliar respectivamente.

El Importe de una Revisión Técnica de Construcción puede oscilar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no se intente tributar la ITE, exigido por el Gobierno Municipal, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha hecho la ITE?

Para saber si su edificio ha culminado una ITE, debes revisar los resultados establecidos que se proveen luego de la inspección. Esta información indicará si la construcción ha pasado la evaluación y si se han hallado irregularidades.

Si no posee acceso al informe, puede consultar con el organismo público pertinente, puesto que es la encargada de la implantación y anotación de las ITE. Como hemos mencionado antes, es obligatorio la ejecución de la inspección técnica de edificios y que varía de unos lugares a otros.

En concreto:

En Asturias, la Ley de Evaluación de Edificios (IEE) determina que debe realizarse el Examen de Evaluación de Edificios cada diez años para construcciones con más de cincuenta años de existencia.

En Catalunya, la revisión debe ejecutarse cada diez años para construcciones con una antigüedad superior a cuarenta y cinco años. Al mismo tiempo que en zaragoza y zaragoza, se requiere una evaluación cada decenio para las construcciones que superen los 30 años.

¿Qué se inspecciona en la ITE?

Se evalúa el acceso del edificio, para evaluar si es de fácil tránsito para personas con desplazamiento reducido o impedimento. En la ITE se analizan la arquitectura, la infraestructura, el tejado, la fachada y los espacios comunes.

Concretamente, en la Inspección Técnica de Edificio se verifica el estado de las siguientes partes de la edificación:

  • Revestimiento y Tejado: se comprueba la condición de conservación de la fachada y el tejado, incluso del revestimiento, las repisas y las tuberías de agua de lluvia.
  • Instalaciones: se analiza la condición y comportamiento del equipamiento de la construcción, conjuntamente con la electrificación, el agua, el gas y los sistemas de calefacción.
  • Arquitectura: se verifica la estabilización y seguridad de la arquitectura de la edificación, incluido los componentes de carga, las cimentaciones, los forjados, las vigas y los pilares.
  • El Acceso: se comprueba la facilidad de acceso a la edificación para ciudadanos con minusvalidez o movilidad reducida, evaluando la existencia de rampas, ascensores, barandillas y otros elementos obligatorios.
  • Espacios Comunes: se comprueba el estado de mantenimiento de los espacios comunes de la edificación, como la entrada, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.

Si se localizan carencias en determinados de estos puntos, se establecen los plazos de reparación y se elabora un escrito con las intervenciones imprescindibles para preservar la seguridad y mantenimiento inmueble.

¿Qué Edificios tienen Obligación de pasar la ITE?

Cada uno de los Edificios en en El Burgo de Ebro están requeridos a acatar la adecuada Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antiguedad, la cual se halla incorporada en el propio registro

Además, si es una vivienda con más de 45 años, deberían volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar de forma minuciosa de que no aparezcan problemas.

Existen algunos edificios que, según las Leyes Municipales tienen la obligación de someterse a la Inspección cada cierto tiempo, ya sea si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Vivienda Plurifamiliar.

La Responsabilidad es para Edificios de más de 50 años, por cuanto la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Ciudad la que tiene la última palabra.

¿Qué pasa si un Edificio no tiene ITE?

Si una vivienda tiene por encima de 50 años obligan a pasar la ITE de forma requerida, pero en determinados Ayuntamientos hay ciertas normativas que pueden alterar los años de obligatoriedad.

Si necesitas liquidar la vivienda y la misma le hace falta iniciar la ITE entonces te van a obligar que proporciones el Certificado ITE, sin embargo si posees un acuerdo entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería derogar la compraventa.

En caso de no efectuar esta Inspección obligatoria, puede entrañar unas multas bastante graves que van a estar sujetas del Gobierno Municipal en cuestión, pero podrían llegar inclusive entre 5 y 6 mil Euros.