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inspeccion tecnica de edificios Espirdo

Artículo Actualizado a: septiembre 2024

¿Qué es la Inspección Técnica del Edificio o ITE?

La ITE o Inspección Técnica de Edificios en Espirdo es una supervisión primordial que se realiza en Edificios con el propósito de velar por la integridad y el adecuado cuidado de las construcciones e instalaciones.

En este artículo, te describimos por qué la Inspección Técnica es fundamental, los beneficios, los componentes que hay que valorar y cómo ejecutar una inspección correctamente. ¡Continua leyendo para conocer todo respecto a esta práctica imprescindible!

La inspección del inmueble se lleva a cabo por expertos que descubren potenciales defectos y juzgarán la necesidad de arreglos

El análisis de la propiedad tiene como propósito inspeccionar posibles peligros asociados con la seguridad de la edificación, la humedad del ambiente, la corrosión, pero no abarca la identificación de la detección de aluminosis.

¿Qué diferencia hay entre una ITE y IEE?

La ITE es la Inspección Técnica de Edificios y la IEE es el Informe de Evaluación de Edificios, aunque parezca, no son exactamente iguales. No obstante voy a aclararte particularmente.

El propósito principal de la ITE es evaluar el estado general de la propiedad. Y la IEE observa la accesibilidad para personas con discapacidad y la energía consumida.

En los últimos años, la evaluación de un edificio se ha perfeccionado, contemplando la evaluación de la estructura del edificio, sumado a la accesibilidad, junto con el aprovechamiento energético. De este modo, en la actualidad se le denomina bajo el nombre de IEE para contemplar todas estas verificaciones obligatorias.

¿Qué es un Certificado ITE?

El Certificado ITE es un Informe Técnico que comprueba la situación del Edificio y su cumplimiento de acuerdo con las regulaciones de seguridad, condiciones de habitabilidad, y el ambiente urbano.

Este Certificado tiene que entregarse en determinadas situaciones cuando un inmueble cuenta con una edad determinada, y en ciertas regiones o localidades de España es de carácter obligatorio.

En diversas localidades de España dicho Certificado ITE se exige su presentación incluso cuando se tramita una Licencia de Obra mayor o mientras que se tramitan Ayudas o Subvenciones para la Renovación de la estructura.

Un Certificado ITE muestra detalles como el Estudio de la Resistencia de la Construcción, Equipos de Prevención de Incendios, Red Eléctrica y Sanitaria

El Certificado actúa como Escrito de referencia para la próxima Revisión y conservación de la Construcción.

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¿Qué sucede si un vecino no quiere pasar la ITE?

En todas las comunidades regularmente hay personas que no están en consonancia con las cuestiones que se tienen que ejercer, pese a que sean obligatorias.

El desconocimiento total de cómo se realiza una Inspección Técnica de Edificio y sugerir que el precio será excesivamente alto, podría ser un motivo para que un vecino no esté conforme a aprobar una ITE.

El requerimiento de pasar la ITE es debido a que te lo exige el Gobierno Municipal por los años de la Construcción y el vecino no debería resistirse dado que se puede cometer una sanción.

Otras veces, un propietario no quiere permitir la Evaluación Técnica de la Edificación puesto a que su Vivienda no está con los requisitos adecuados. En tal caso, el Técnico podría desestimar la inspección sin acudir al Inmueble o declinar el materializar el Documento Escrito.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Propietario del Edificio o la Comunidad de Propietarios, en la medida en que sea Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Precio de una Revisión Técnica de Construcción puede diferir desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según las características de la Edificación o Residencia.

En el supuesto de que no se desee liquidar la Inspección Técnica de Edificios, exigido por el Ayuntamiento, se podría incurrir en una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos propietarios que la han rechazado.

¿Quién paga la ITE de un edificio?

Esta ITE de un Edificio la abona el Dueño del Edificio o la Asociación de Vecinos, en el supuesto de que se trate de Vivienda Unipersonal o Plurifamiliar respectivamente.

El Coste de una Revisión Técnica de Construcción puede variar desde los 100 euros hasta los 1000 euros o más según la Condición de la Edificación o Residencia.

En el escenario de que no se quiera reembolsar la Inspección Técnica de Edificios, indispensable por el Ayuntamiento, se podría cometer una penalización de 600 Euros por Inmueble a aquellos vecinos que la han rechazado.

¿Cómo puedo saber si un edificio ha pasado la ITE?

Para averiguar si su edificio ha pasado la Inspección Técnica de Edificio, debes comprobar los resultados establecidos que se proveen con posterioridad a la inspección. Esta declaración precisará si la construcción ha pasado la revisión y si se han detectado irregularidades.

Si no tiene acceso al expediente, puede acudir con la administración pública pertinente, dado que es la responsable de la materialización y anotación de las ITE. Como hemos dicho anteriormente, es obligado la puesta en práctica de la ITE y que varía de unos lugares a otros.

En concreto:

La Reglamentación IEE en segovia establece que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) debe ser desempeñado cada diez años para las edificaciones que cuenten más de 50 años de antigüedad.

En Cataluña, la inspección debe llevarse a cabo cada diez años para edificaciones con una antigüedad de más de 45 años. Al mismo tiempo que en segovia y segovia, se obliga a una supervisión cada decenio para las construcciones que superen los 30 años.

¿Qué se mira en la ITE?

Se verifica la facilidad de acceso del edificio, para analizar si es de cómodo tránsito para personas con desplazamiento limitado o impedimento. En la Inspección Técnica de Edificio se evalúan la estructura, la infraestructura, la cubierta, la fachada y las zonas comunes.

En concreto, en la Inspección Técnica de Edificio se verifica la condición de las siguientes zonas del edificio:

  • Infraestructuras: se revisa el estado y desempeño de las instalaciones del edificio, entre otras cosas la electricidad, el agua, el gas y los dispositivos de climatización.
  • Estructura: se comprueba la estabilización y protección de la arquitectura de la construcción, incluido los componentes de carga, las cimentaciones, los elementos estructurales, las viguetas y los pilares.
  • Fachada y Tejado: se evalúa la condición de mantenimiento de la fachada y la cubierta, adicionalmente del envolvente, las juntas y las bajantes de agua pluvial.
  • Zonas comunes: se evalúa la situación de conservación de las zonas comunes del edificio, como el portal, el hall, las escaleras, los pasillos y los ascensores.
  • La facilidad de Acceso: se comprueba la facilidad de acceso a la edificación para ciudadanos con minusvalía o desplazamiento reducido, analizando la existencia de pasarelas, elevadores, pasamanos y otros elementos obligatorios.

Si se localizan defectos en determinados de estos componentes, se determinan los plazos de reparación y se formula un documento con las actuaciones fundamentales para proporcionar la protección y conservación inmueble.

¿Qué edificios están obligados a pasar la ITE?

Todos Inmuebles en en Espirdo están obligados a acatar la pertinente Inspección Técnica inmediatamente antes de los 45 años de antigüedad, la cual se halla incorporada en el mismo catastro

Por otro lado, si es una vivienda con más de 45 años, deberían volver a pasar la Inspección Técnica de Edificios cada 10 años y comprobar con detalle de que no existan problemas.

Existen varios Edificios que, según la Normativa Municipal, deberían realizar esa Inspección cada cierto tiempo, tanto si se trata de una Vivienda Unifamiliar así como Plurifamiliar.

La Obligación es para Edificios de más de 50 años, en vista de que la Normativa Estatal así lo exige, pero es el Ayuntamiento de la Localidad la que tiene la última palabra.

¿Qué ocurre si un Edificio no posee la ITE?

En el caso de que una vivienda tiene por encima de 50 años tiene que pasar la ITE de forma inevitable, pero en diversos Ayuntamientos hay varias normativas que pueden variar los años de obligatoriedad.

Si deseas liquidar la vivienda y la misma debe iniciar la ITE entonces te van a solicitar que muestres el Certificado ITE, ahora bien si posees un consentimiento entre comprador y vendedor con causas justificadas no se debería derogar la compraventa.

En el supuesto de no ejecutar esta Inspección requerida, puede involucrar unas sanciones muy importantes que van a supeditarse del Ayuntamiento en cuestión, pero podrían llegar particularmente entre 5 y 6 mil Euros.